Norma Legal Oficial del día 26 de mayo del año 2006 (26/05/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 84

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319550

NORMAS LEGALES
TOTAL DE VOTOS Frente Popular MORDAZA FIA del Peru-FREPAP Partido Renacimiento MORDAZA Frente Independiente Moralizador Partido Aprista Peruano Peru Ahora Avanza MORDAZA - Partido de Integracion Social Votos en MORDAZA Votos nulos Votos impugnados Total de ciudadanos que votaron

El Peruano
Viernes 26 de MORDAZA de 2006

Precisan contenido del acta referida en la Res. Nº 554-2006-JNE
RESOLUCION Nº 935-2006-JNE MORDAZA, 17 de MORDAZA de 2006 VISTA, la Resolucion Nº 554-2006-JNE de fecha 27 de MORDAZA de 2006 y publicada en el Diario Oficial el Peruano el 3 de MORDAZA del presente ano; CONSIDERANDO: Que, los procedimientos administrativos para el computo de actas observadas, que han sido resueltas por los Jurados Electorales Especiales y vistas por el MORDAZA Nacional de Elecciones en casos de apelacion, no pueden obligar a este colegiado a dilatar el MORDAZA para aclarar precisiones que no resultan ser necesarias, por cuanto se encuentran claramente establecidas en las actas que intervienen para la calificacion de las mismas; Que, sin embargo, a fin de evitar se tergiverse la decision de este supremo tribunal resulta necesario precisar el contenido de la resolucion Nº 554-2006-JNE, en el extremo de la cifra contenida en el casillero de votos nulos, con la finalidad de cumplir con el mandato constitucional segun lo establece el articulo 176º de asegurar que las votaciones traduzcan la expresion autentica, libre y espontanea de los ciudadanos, y que el escrutinio sea reflejo exacto y oportuno de la voluntad del elector expresada en las urnas; Que, de conformidad con el Articulo 178º de la Constitucion Politica del Estado, compete al MORDAZA Nacional de Elecciones fiscalizar la legalidad del ejercicio del sufragio y de la realizacion de los procesos electorales, y es en este orden de ideas, que el Pleno del MORDAZA Tribunal Electoral velando por el cumplimiento de todas las disposiciones referidas a materia electoral exhorta a la Oficina Nacional de Procesos Electorales a efectos de que bajo responsabilidad, ordene a sus Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales actuen diligentemente a fin de no dilatar la conclusion de esta etapa electoral; El MORDAZA Nacional de Elecciones en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Unico.- Consignar la cifra de 5 votos en el casillero de votos nulos, votos contenidos tanto en el acta observada como en el acta del MORDAZA Electoral Especial y en el de garantia del MORDAZA Nacional de Elecciones, para entender que la cifra correspondiente a la suma de los votos de las organizaciones politicas, mas los votos MORDAZA, nulos e impugnados es de 192, al igual que el total de ciudadanos que votaron. Y precisar, que el acta referida en la resolucion Nº 554-2006-JNE, es de la siguiente manera:
TOTAL DE VOTOS Organizaciones politicas Partido Socialista Proyecto MORDAZA Restauracion Nacional Alianza por el Futuro Union por el Peru Partido Justicia Nacional Fuerza Democratica Resurgimiento Peruano Alianza para el Progreso Unidad Nacional Partido Reconstruccion Democratica Concertacion Descentralista Movimiento Nueva Izquierda Frente de Centro Con Fuerza Peru Peru Posible Total 03 03 13 18 11 01 99 04 VOTOS PREFERENCIALES 1 2 3 4 01 02 04 04 01 04 01 01 10 03 01 37 01 02 -

24 11 05 192

VOTOS PREFERENCIALES 02 01 07 04 -

Articulo Tercero.- Remitir la presente resolucion a la Oficina Nacional de Procesos Electorales para el computo correspondiente. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA Secretario General (e) 09251

Declaran procedente solicitud de vacancia y designan Regidora del Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA
RESOLUCION Nº 936-2006-JNE Expediente Nº 220-2006 MORDAZA, 17 de MORDAZA de 2006 VISTO, el expediente sobre vacancia del cargo de regidor del Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA, provincia de Grau, departamento de MORDAZA, que ejerce don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por la causal prevista en el inciso 5) del articulo 22º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, remitido por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, solicitando se convoque al regidor suplente; CONSIDERANDO: Que, con fecha el 8 de MORDAZA de 2006 son remitidos los documentos solicitados con Oficio Nº 1584-2006SG/JNE de fecha 27 de marzo de 2006, para dar tramite al pedido de vacancia del regidor del concejo distrital de MORDAZA MORDAZA, Grau-Apurimac, ante el MORDAZA Nacional de Elecciones; Que, la causal de vacancia invocada es la prevista en el inciso 5) del articulo 22º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, referida a cambio de domicilio fuera de la respectiva jurisdiccion municipal, por cuanto ha inasistido a las sesiones convocadas por el Concejo desde junio de 2004 hasta la fecha, de acuerdo a lo senalado en el Informe Nº 09-2005-SMDSR-G- y se corrobora con las continuas citaciones que no han podido ser firmadas por la ausencia senalada; Que, en sesion extraordinaria de fecha 31 de agosto de 2005, cuya MORDAZA de la publicacion del acta de fecha 9 de setiembre de 2005, que obra en el expediente, el Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA declaro la vacancia del cargo de regidor al Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por los motivos expuestos en el anterior considerando; Que, que al no haber interpuesto recurso impugnatorio alguno, conforme lo demuestra la MORDAZA expedida por el MORDAZA del distrito, queda establecida la conclusion de la fecha para poder ejercer el derecho de defensa que es establecido por

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