TEXTO PAGINA: 52
Lima, lunes 23 de noviembre de 19% 21.143 Requisitos para el Control de Calidad del Fabricante (a) Cada solicitante deberá presentara consideración de la DGTA, para su aprobación, la documentación que describa los procedimientos de inspección y ensayos necesarios para asegurar que cada artículo producido está en conformidad con el Diseño Tipo aprobado, y que está en condiciones de operar con seguridad, incluyendo como sea aplicable: (1) (2) (3) (4) (5) (6)Una declaración indicando la delegación de autoridad y la asignación de responsabilidades del área de Control de Calidad, conjuntamente con un organigrama indicando las relaciones funcionales deControldeCalidadconlaGerenciayaot~ssectoresdelaempresa,asícomolalíneadeautoridad y responsabilidad interna de dicha área de Control de Calidad. Una descripción de los procedimiento de inspección y recepción de materia prima, artículos comprados, componentes y conjuntos producidos por fabricantes subsidiarios (proveedores), incluidos los métodos usados para asegurar una calidad aceptable de partes y conjuntos que no pueden ser completamente inspeccionados por conformidad y calidad cuando se lo entrega al fabricante principal. Una descripción de los métodos usados para la inspección de producción de partes individua- les y conjuntos completos, incluida la identificación de cualquier proceso especial de fabricación utilizado, los medios de control empleados en estos procesos, los procedimientos de ensayo final para el producto terminado y en caso de aeronaves, un ejemplar de la lista de chequeo de los procedimientos para Pruebas de Producción del fabricante y la respectiva lista de verificación. Una descripción del Sistema de Revisión de Materiales, incluidos los procedimientos adoptados por el mismo, para registrar las decisiones y disposiciones para destinar las partes rechazadas. Una descripción del Sistema de Información a los Inspectores de la empresa sobre cambios y modificaciones en planos, especificaciones y procedimientos de Control de Calidad en vigencia. Una descripción y plano mostrando la ubicación y tipo de las estaciones de inspección. (b) Cada fabricante principal deberá poner a disposición de la DGTA, la información relativa a cualquier delegación de autoridad otorgada a los fabricantes proveedores para ejecutar inspecciones mayores de partes o conjuntos por los cuales el fabricante principal es responsable. 21.147 Cambios al Sistema de Control de Calidad Después de emitido el Certificado de Producción, cada cambio al Sistema de Control de Calidad estará sujeto a verificación por la DGTA. El poseedor del Certificado antedicho deberá, inmediatamente, notificar al Director General de Transporte Aéreo por escrito, sobre cualquier cambio que pueda afectar la inspección, la conformidad o la aeronavega- bilidad del Producto considerado. 21.149 Productos Múltiples La DGTA puede autorizar la fabricación de más de un Producto con Certificado Tipo bajo un solo Certificado de Producción, siempre que los Productos tengan características similares de producción. 21.151 Registro de Limitación de Producción Un Registro de Limitación de Producción es emitido por la DGTA como parte del Certificado de Producción. Dicho Registro lista cada Producto con Certificado Tipo que el solicitante esté autorizado a fabricar en un todo de acuerdo a los terminos del Certificado de Producción. 21.153 Enmienda a los Certificados de Producción El poseedor de un Certificado de Producción que desee enmendarlo para agregar un Certificado Tipo o un Modelo, o ambos, deberá solicitarlo por escrito en la forma y manera indicada por la DGTA. El solicitante deberá cumplir los requisitos aplicables establecidos en las Secciones 21.139, 21.143 y 21.147 de esta Regulación. 21.155 Transferencia El Certificado de Producción es intransferible. 21.157 Inspecciones y pruebas El poseedor de un Certificado de Producción deberá permitir a la DGTA llevar a cabo cualquier inspección y ensayo necesario a fin de determinar su conformidad con las regulaciones aplicables de esta Subparte.