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Pág. 170590 NORMAS LEGALES Lima, viernes 5 de marzo de 1999 INDECI Aceptan donaciones efectuadas por la Municipalidad Provincial de Maynas y la Intendencia de Aduana de Tacna a favor del Sistema Nacional de Defensa Civil RESOLUCION JEFATURAL Nº 055-99-INDECI Lima, 12 de febrero de 1999 Visto el Oficio Nº 30-99-DR/QRDC del 20 de enero de 1999, por el cual la Quinta Región de Defensa Civil - Iquitos da cuenta de la recepción de una donación. CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil, como Organo Central del Sistema Nacional de Defensa Civil, está encargado del planeamiento, coordinación y control de las actividades de Defensa Civil a nivel nacional; Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil constituye una entidad perceptora de donaciones; Que, la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MAY- NAS; ha donado a la Quinta Región de Defensa Civil - Iquitos, ciento cuarenta (140) carpas chicas de campaña, valorizadas en CATORCE MIL Y 00/100 NUEVOS SO- LES (S/. 14,000.00), según se detalla en nota de entrada a Almacén Nº 173 del 29.DIC.98 y acta de entrega del 29.DIC.98; De conformidad a lo dispuesto en los Decretos Leyes Nºs. 21942 y 19338 modificado por los Decretos Legislati- vos Nºs. 442 y 735 respectivamente; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la donación efectuada por la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MAYNAS; según se detalla en el Acta de Entrega - Recepción adjunta a la presente, valorizada en CATORCE MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 14,000.00). Artículo Segundo.- Agradecer a la MUNICIPALI- DAD PROVINCIAL DE MAYNAS por el valioso aporte efectuado a favor del Sistema Nacional de Defensa Civil. Artículo Tercero.- Transcribir la presente Resolu- ción Jefatural a la Contraloría General de la República, a la Municipalidad Provincial de Maynas y al Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y archívese. SEGUNDO ARNAO LAOS Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil 2928 RESOLUCION JEFATURAL Nº 056-99-INDECI Lima, 15 de febrero de 1999 Visto el Oficio Nº 047-DELEG.TRDC-TACNA del 11 de febrero de 1999, por el cual la Subregión de Defensa Civil - Tacna da cuenta de la recepción de una donación; y, CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil, como Organo Central del Sistema Nacional de Defensa Civil, está encargado del planeamiento, coordinación y control de las actividades de Defensa Civil a nivel nacional; Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil constituye una entidad perceptora de donaciones;Que, LA INTENDENCIA DE ADUANA DE TACNA; ha donado a la Subregión de Defensa Civil - Tacna, zapatillas de diferente talla, casacas de diferentes tallas y marca, medias panty, polos M/muzo, pijamas para adul- tos, buzos pantalón y casaca, camisas para adulto y con- juntos para bebés de diferentes tallas, valorizadas en CINCO MIL NOVENTITRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 5,093.00), según se detalla en nota de entrada a Almacén Nº 12 del 21.DIC.98 y Resolución de Intendencia Nº 827 de 29.DIC.98; De conformidad a lo dispuesto en los Decretos Leyes Nºs. 21942 y 19338 modificado por los Decretos Legisla- tivos Nºs. 442 y 735 respectivamente; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la donación efectuada por LA INTENDENCIA DE ADUANA DE TACNA; se- gún se detalla en la nota de entrada a almacén adjunta a la presente, valorizada en CINCO MIL NOVENTITRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 5,093.00). Artículo Segundo.- Agradecer a LA INTENDEN- CIA DE ADUANA DE TACNA por el valioso aporte efectuado a favor del Sistema Nacional de Defensa Civil. Artículo Tercero.- Transcribir la presente Resolu- ción Jefatural a la Contraloría General de la República, a LA INTENDENCIA DE ADUANA DE TACNA y al Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y archívese. SEGUNDO ARNAO LAOS Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil 2929 SUPERINTENDENCIA DE ENTIDADES PRESTADORAS DE SALUD Aprueban el Reglamento del Centro de Conciliación de la SEPS RESOLUCION Nº 006-99-SEPS Lima, 5 de febrero de 1999 EL SUPERINTENDENTE DE LAS ENTIDADES PRESTADORAS DE SALUD; CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento de lo establecido por el Artículo 91º del Decreto Supremo Nº 009-97-SA, Reglamento de la Ley Nº 26790, así como en el inciso f), Artículo 5º del Decreto Supremo Nº 006-97-SA, resulta necesaria la apro- bación del Reglamento del Centro de Conciliación de la SEPS; Que, el Consejo Directivo de la Superintendencia de Entidades Prestadoras de Salud, aprobó el Reglamento del Centro de Conciliación de la SEPS mediante Acuerdo Nº 22-20-98 del 15 de diciembre de 1998; En uso de las facultades conferidas por el inciso c) del Artículo 11º del Decreto Supremo Nº 005-98-SA; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Aprobar el Reglamento del Centro de Conciliación de la Superintendencia de Entidades Prestadoras de Salud, que consta de siete títulos, treinta y nueve artículos y una disposición transitoria, cuyo texto forma parte de la presente resolución.