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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE MARZO DEL AÑO 1999 (05/03/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 50

Pág. 170582 NORMAS LEGALES Lima, viernes 5 de marzo de 1999 FORMATO 6036: SOLICITUD DE ACOGIMIENTO AL RÉGIMEN DE FACILIDADES DE PAGO INSTRUCCIONES IMPORTANTE REQUISITOS PARA SOLICITAR APLAZAMIENTO Y/O FRACCIONAMIENTO Las entidades empleadoras deberán presentar la solicitud de acogimiento al Régimen de Facilidades de Pago debidamente suscrita por el deudor y/o representante legal y cumplir con lo siguiente: 1.Al momento de presentar la solicitud: a)Haber presentado las Declaraciones Juradas de Trabajadores que correspondan a la deuda por la que solicita aplazamiento y/o fraccionamiento. b)Haber presentado las Declaraciones Juradas de Trabajadores que correspondan a las aportaciones regulares, cuyo vencimiento se hubiera producido en los seis meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud. c)Haber pagado las multas por omisión en la presentación o presentación fuera del plazo legal establecido, de las declaraciones para la determinación de las obligaciones señaladas en los literales a) y b) o incluir las mismas en la solicitud que se presenta. d)Adjuntar copia del escrito de desistimiento presentado, en caso que la deuda por la que solicita aplazamiento y/o fraccionamiento sea materia de apelación, recurso de revisión o demanda contencioso administrativa en trámite. Tratándose de reclamaciones en trámite, el deudor deberá desistirse de su recurso hasta la fecha de presentación de su solicitud, no siendo necesaria adjuntar copia del escrito de desistimiento presentado. e)Documentación sustentatoria que deberá adjuntar en caso se encuentre obligado a ofrecer garantías. 2.Haber formalizado las garantías ofrecidas. 3.Cumplir con el pago de las costas procesales y gastos administrativos incurridos durante el procedimiento de cobranza coactiva, en caso que la deuda consignada en la solicitud de aplazamiento y/o fraccionamiento se encontrara en dicho estado de cobranza, en el plazo de seis (6) meses contados a partir de la aprobación de la solicitud presentada. OBLIGACIONES DE LAS ENTIDADES EMPLEADORAS UNA VEZ OTORGADO EL APLAZAMIENTO Y/O FRACCIONAMIENTO SOLICITADO El deudor, aprobado el aplazamiento y/o fraccionamiento, deberá cumplir con lo siguiente: a)Pagar la deuda tributaria aplazada al vencimiento del plazo concedido. b)Pagar el íntegro del monto de las cuotas en los plazos establecidos, sin perjuicio que pueda realizar pagos anticipados a la fecha del vencimiento señalado para cada cuota. c)Presentar las declaraciones y efectuar el pago de sus aportaciones mensuales cuyo vencimiento se produzca a partir de la mencionada aprobación. d)Pagar las costas procesales y gastos administrativos en el plazo establecido. e)Mantener vigentes las garantías otorgadas en favor de ESSALUD, otorgarlas o renovarlas en los casos y plazos previstos en el presente Reglamento. El incumplimiento de las condiciones antes señaladas, conllevará la pérdida del aplazamiento y/o fraccionamiento otorgado y será tomado en cuenta para la evaluación de futuras solicitudes de aplazamiento y/o fraccionamiento. INSTRUCCIONES PARA EL LLENADO DEL FORMATO Y SU PRESENTACION a)Cuando los deudores soliciten facilidades de pago por montos superiores a los indicados anteriormente. b)Cuando al deudor, representante legal o responsable solidario del deudor, se le haya abierto instrucción por delito tributario, ya sea que el procedimiento se encuentre en trámite o exista sentencia condenatoria por dicho delito, con anterioridad a la presenta- ción de su solicitud. En este supuesto el deudor deberá garantizar el íntegro de la deuda materia de aplazamiento y/o fraccionamiento. c)En caso que el deudor hubiere perdido una facilidad de pago anterior, ESSALUD podrá exigir el ofrecimiento de garantías por el íntegro de la deuda materia de aplazamiento y/ o fraccionamiento. CARTA FIANZA ( Casilla 108) Deberá ser correctamente emitida por una entidad bancaria o financiera en favor de ESSALUD, a solicitud del deudor o de un tercero. Será irrevocable, solidaria, incondicional y de ejecución inmediata a solo requerimiento del ESSALUD. Deberá contener un monto igual al de la deuda a garantizar, o parte de ésta, cuando concu- rra con otra u otras garantías, incrementado en los siguientes montos: a) 15% en caso de aplazamiento o de fraccionamiento con aplazamiento. b) 5% tratándose sólo de fraccionamiento. HIPOTECA (Casilla 109) El valor del bien o bienes dados en garantía, de propiedad del deudor o de terceros, deberá exceder en 50% al monto de la deuda a garantizar, o parte de ésta, cuando concurra con otra u otras garantías. Si el bien o bienes estuvieran garantizando otra deuda con terceros o con ESSALUD, su valor deberá ser superior en 50% a la totalidad de la deuda que garantiza y el ESSALUD debe tener a su favor los rangos precedentes. PRENDA CON ENTREGA JURIDICA (Casilla 110) No podrá recaer sobre títulos valores , bienes perecederos ni bienes sobre los que se hubiera constituido prenda en favor de terceros . El valor del bien o de los bienes ofrecidos en garantía, de propiedad del deudor o de terceros, deberá exceder en 50% el monto de la deuda a garantizar, o parte de ésta, cuando concurra con otra u otras garantías. RUBRO IV DOCUMENTACION A ADJUNTAR Casilla 111: Consignar el número total de folios que corresponda a la documentación que adjunta a la solicitud (incluye requisitos y anexos). Para cada caso se deberá tener en cuenta lo siguiente: a)Si la garantía ofrecida es HIPOTECA: 1.Copia literal de dominio, certificado de gravamen, así como aquella información necesa- ria para la debida identificación de (los) bien(es) a hipotecar . 2.Tasación arancelaria o comercial, efectuada por el Cuerpo Técnico de Tasaciones del Perú o por el Consejo Nacional de Tasaciones. 3.Fotocopia simple de (los) poder(es) correspondiente(s) a la(s) persona(s) autorizada(s) a hipotecar el bien (o bienes). b)Si la garantía ofrecida es PRENDA CON ENTREGA JURIDICA: 1.Información del registro en el que está inscrito el bien mueble, de ser el caso, o docu- mentación que acredite la propiedad del (los) bien(es). 2.Tasación comercial, efectuada por el Cuerpo Técnico de Tasaciones del Perú o por el Consejo Nacional de Tasaciones. 3.Declaración del lugar donde se encuentre el bien refrendado por el profesional tasador. 5.Fotocopia simple de (los) poder(es) correspondiente(s) a la(s) persona(s) autorizada(s) a otorgar el bien en prenda. c)Adjuntar también los documentos descritos en la parte superior, en el rubro: Requisi- tos.I.GENERALES 1.El presente formato se utilizará para solicitar el aplazamiento y/o fraccionamiento de la deuda según lo dispuesto en el Acuerdo Nº 16-4-ESSALUD-99 y su Reglamento. 2.La presentación de este formato deberá efectuarse en original (para ESSALUD) y copia (para el solicitante). 3.La información se deberá consignar a máquina o manuscrito con letra tipo imprenta. 4.Se presentará en Lima y Callao en la Subgerencia de Fraccionamiento y en las Agencias de Huacho y Cañete; y en Provincias en la Subgerencia de Recaudación y Oficinas Sucursales de las Gerencias Departamentales, adjuntando los anexos 6037 y 6038 debi- damente llenado(s) y la documentación a que se refiere el RUBRO IV, de ser el caso. II ESPECIFICAS Casilla 02: consigne el número correspondiente a la cuenta corriente de la entidad empleadora. No deje espacios en blanco . RUBRO I . DEUDA POR LA QUE SE SOLICITA FRACCIONAMIENTO. Casilla 100: Trasladar el monto consignado en la casilla 201 del último anexo (Formato 6037) utilizado. Casilla 101: Trasladar el monto consignado en la casilla 203 del último anexo (Formato 6038) utilizado. Casilla 102: Monto de la deuda actualizada a aplazar y/o fraccionar. Consignar la suma de las casillas 100 y 101 de este formato. RUBRO II . PLAZO SOLICITADO A. DEUDA DEL RÉGIMEN DE SALUD: D.L. Nº 22482 Y LEY Nº 26790. Anotar el plazo solicitado para las deudas del régimen de salud, consignada en la casilla 100. Casilla 103: Consignar el número de meses por el que solicita aplazamiento. El plazo máxi- mo es de seis (6) meses. Casilla 104: Consignar el número de meses por el que solicita fraccionamiento. Plazo máxi- mo de sesenta (60) meses. En el caso de aplazamiento con fraccionamiento, hasta seis (6) meses de aplazamiento y cincuenta y cuatro (54) meses de fraccionamiento. B. MULTAS POR INFRACCIONES FORMALES. Anotar el plazo solicitado para las deudas provenientes de multas por infracciones formales, consignada en la casilla 101. Casilla 105: Consignar el número de meses por el que solicita aplazamiento. Plazo máximo es de seis (6) meses. Casilla 106: Consignar el número de meses por el que solicita fraccionamiento. Plazo máxi- mo de sesenta (60) meses. En el caso de aplazamiento con fraccionamiento, hasta seis (6) meses de aplazamiento y cincuenta y cuatro (54) meses de fraccionamiento. RUBRO III . GARANTIA OFRECIDA Marcar con un aspa, en la casilla correspondiente, de acuerdo a las garantías que ofrece u otorga por la deuda materia de aplazamiento y/o fraccionamiento consignada en las casillas 100 y 101. Para cada caso se deberá tener en cuenta lo siguiente: SIN GARANTIA (Casilla 107) Los deudores están exceptuados del otorgamiento y ofrecimiento de garantías, en los si- guientes casos: a)Cuando el plazo de fraccionamiento solicitado sea menor o igual a doce (12) meses y la deuda materia de fraccionamiento sea menor o igual a 50 UIT. b)Cuando el plazo de fraccionamiento solicitado sea mayor a doce (12) meses y hasta treinta y seis (36) meses y la deuda materia de fraccionamiento sea menor o igual a 20 UIT. c)En casos de aplazamiento o aplazamiento con fraccionamiento cuando la deuda sea menor o igual a 10 UIT. CON GARANTIA Los deudores deberán presentar garantías en los siguientes casos: