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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE MAYO DEL AÑO 2001 (25/05/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 164

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Pág. 13 SEPARATA ESPECIAL Lima, viernes 25 de mayo de 2001 Como se verá más adelante en el capítulo de diagnósti- co, la falta de liquidez es uno de los principales proble- mas que enfrenta el mercado de valores peruano. 2. ¿Quién acude al mercado de valores para cap- tar recursos? En los últimos años han accedido al mercado de valores una serie de empresas pertenecientes a diversos secto- res de la actividad económica del país, tales como telecomunicaciones, electricidad, industria, comercio y construcción, así como de actividades bancarias y finan- cieras, realizando emisiones de obligaciones que han fluctuado entre U$ 5 millones y US$ 100 millones en cada oportunidad. Las entidades financieras, por ejem- plo, obtienen recursos a través del mercado de valores para luego ofrecerlo a sus clientes en calidad de présta- mo y otros productos similares, lo cual produce un efecto multiplicador en la interacción que se genera entre el sistema bancario y el mercado de valores. Tal es el caso de las operaciones de arrendamiento financie- ro, para las cuales el banco debe adquirir previamente el bien a ser arrendado. Dichas adquisiciones – de maquinaria, vehículos, inmuebles, etc. – son general- mente financiadas a través de la emisión de bonos de arrendamiento financiero, también conocidos como bo- nos BAF. En términos generales, el emisor de títulos (acciones, bonos, etc.) debe reunir tres características para acce- der al mercado de valores. Primero, debe tener el perfil adecuado como para convencer a los inversionistas que le entreguen sus recursos. Esto significa ofrecer al inversionista condiciones atractivas de liquidez, renta- bilidad y riesgo. Para ello, el emisor deberá encontrarse en condiciones de brindar la información que el inver- sionista necesita para la toma de decisiones, de mostrar una historia de resultados positivos y de proyectar un escenario futuro de evolución favorable del negocio que genere un retorno a la inversión. Hay que tomar en cuenta también que la ley impone el cumplimiento de ciertos estándares para satisfacer ese perfil, a través de la exigencia de revelación en forma veraz, suficiente y oportuna de toda aquella información que sea relevante a efectos de tomar sus decisiones de inversión. Entre dicha información se encuentra el Prospecto Informati- vo, cuyo contenido incluye toda la información vincula- da tanto al emisor, a la oferta y al valor; Hechos de Importancia; Estados Financieros trimestrales no au- ditados y anuales auditados; Memoria; listado de em- presas que forman parte de su grupo económico; entre otros. Cabe precisar que esta obligación de apertura de información con el mercado, más que una debilidad del proceso, constituye una fortaleza, dado que le permite al empresario acceder a una nueva fuente de financia- miento con todas las ventajas que este mecanismo trae consigo. Una segunda condición que el emisor tiene que cumplir es que sus necesidades de financiamiento deben ser de la magnitud necesaria que permita diluir los costos de transacción propios del mercado de valores. En el caso de los instrumentos de deuda, además de la tasa de rendimiento ofrecida a los inversionistas, las empresas deben asumir también costos de estructuración, colocación, representante de obligacionistas y clasificación de riesgo; los cua- les en su mayoría son costos fijos, por lo que la magnitud del monto a emitir –y por tanto de las necesidades de financiamiento que tenga la empre- sa– será una variable fundamental en la determina- ción del costo efectivo de la emisión. Esto último quiere decir que sólo podrán acceder al mercado de valores aquellas empresas que estén en condiciones de asumir los costos de transacción sin que la rentabilidad de su oferta pierda atractivo para el inversionista. En la actualidad los costos de transacción en el mercado de valores peruano sólo justifican emisio- nes mayores a US$ 10 millones (para empresas que ofrecen un riesgo conservador), lo cual limita el accesode empresas medianas y pequeñas7. En este sentido, nuestro mercado de valores será eficiente y brindará acceso a una mayor cantidad de emisores en la medida que la legislación contemple mecanismos que contribu- yan a reducir los costos de transacción, como el desarro- llo de vehículos intermedios (fondos de capital de ries- go, titulización de activos, entre otros) y esquemas de garantías, a efectos de hacer viable la incorporación de la pequeña y mediana empresa al mercado de valores. Como tercera característica, el emisor deberá estar en condiciones de responder frente a cualquier inconve- niente o reclamo que pudieran tener los inversionistas que adquieren sus títulos. Se puede desprender de un análisis preliminar que las Pymes8 no han tenido participación activa en los mer- cado de valores, básicamente porque en su gran mayo- ría no satisfacen cabalmente las tres características mencionadas anteriormente. 3. ¿Quién acude al mercado de valores para invertir? En principio, cualquier persona con un excedente de dinero puede invertir en títulos en el mercado de valo- res –acciones e instrumentos de deuda- con el objetivo de obtener una rentabilidad por su inversión. Para ello, debe contar con la información necesaria para realizar una buena inversión. Mientras que un ahorrista que deposita su dinero en un banco solamente requiere información acerca de la tasa de interés, los costos de mantenimiento de esa cuenta y, en algunos casos, de las condiciones para retirar su dinero o cancelar el depósi- to, para invertir satisfactoriamente en el mercado de valores se necesita más información. Esto es así porque el inversionista (ya no el banco) es quien corre con el riesgo de perder su dinero en una mala inversión. De ahí que el perfil del inversionista del mercado de valo- res sea más sofisticado que el de un cuenta-correntista. Esto no quiere decir que el mercado de valores no se encuentre al alcance del público en general; al contra- rio, por su volumen, el ahorro público es una fuente fundamental del mercado de valores para cubrir la oferta de títulos emitidos por las empresas. 7Ver acápite 1.1 capítulo IV 8Para realizar nuestro análisis es necesario definir qué es la pequeña y mediana empresa, en vista de que el tamaño de los montos de emisión se encuentra en relación directa al tamaño de los activos y en relación inversa a la tasa efectiva de financiamiento, que es el elemento esencial para que una empresa tome la decisión de acceder al mercado o alguna fuente de financiamiento alternativa. Al respecto, el Reglamento de la Ley General de la Pequeña y Microempresa (aprobado mediante Decreto Supremo Nº 030-2000-MITINCI, publicado el 27 de setiembre de 2000) establece como características generales que el número total de trabajadores de la Microempresa no deberá exceder de 10 personas, y en el caso de la Pequeña empresa, deberá ser mayor a 10 y no exceder de 40. Asimismo, establece que los diversos sectores y organismos del Estado podrán utilizar las características sectoriales de la pequeña y microempresa (pyme) para definir los parámetros de referencia –ventas, valor de activos fijos, volumen de producción, capacidad instalada u otros. La referida norma no establece pará- metros, tales como el valor de ventas o activos, para la categorización de la Micro y Pequeña empresa. Así, no existe un criterio uniforme que sea aplicado en nuestro país para la categorización de la Pequeña, Mediana y Gran Empresa. Por ejemplo, la Corporación Financiera de Desarrollo (COFIDE) emplea como parámetro para definir a la pequeña empresa, un volumen de ventas anuales inferior a US$ 1,5 millones; mientras que en el sistema financiero, los bancos vienen empleando categoría que en promedio fluctúan entre los siguientes valores: •Microempresa = Ventas anuales menores a US$ 50 000. •Pequeña empresa = Ventas anuales mayores a US$ 50 000 y menores de US$ 1 millón. •Mediana empresa = Ventas anuales mayores a US$ 1 millón y menores a US$ 30 millones. •Gran empresa = Ventas anuales mayores a US$ 30 millones.