Norma Legal Oficial del día 28 de septiembre del año 2001 (28/09/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, viernes 28 de setiembre de 2001

NORMAS LEGALES

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Articulo 3º.- Sustituyase el texto del Articulo 6º inciso b) del Reglamento de Uso del Programa de RFA por el texto siguiente: "La tasa de interes que aplicara el RFA al beneficiario, sobre su participacion en el monto refinanciado, sera una tasa de 8% efectiva anual, en el caso de operaciones en moneda extranjera, y la TAMN vigente al ultimo dia del ultimo mes del trimestre calendario anterior al pago de la cuota, conforme a la publicacion de la Superintendencia de Banca y Seguros, menos ocho puntos porcentuales, en el caso de operaciones en moneda nacional." Articulo 4º.- Incluyase al texto del Articulo 6º inciso c) del Reglamento de Uso del Programa de RFA el parrafo siguiente: "La periodicidad en el pago de las cuotas de refinanciacion del Programa de RFA, sera establecida de comun acuerdo entre la IFI y el beneficiario en los respectivos contratos, teniendo en cuenta la estacionalidad y oportunidad de las cosechas." Articulo 5º.- Sustituyase el texto del inciso d) del Articulo 6º del Reglamento de Uso del Programa de RFA por el siguiente: "d) La recuperacion de la deuda refinanciada se MORDAZA en estricto orden de prelacion; primero se recuperara el monto aportado por las IFIs y posteriormente, se recuperara el monto aportado con los Bonos del Programa de RFA. En ambos casos, el pago de las cuotas se realizara de acuerdo al ciclo productivo del beneficiario. Los intereses a cobrarse seran distribuidos entre las IFIs y el Tesoro Publico en proporcion a su respectiva participacion en la deuda refinanciada y conforme se vayan percibiendo de acuerdo al cronograma de pagos del contrato de refinanciacion." Articulo 6º.- Sustituyase el texto del Articulo 7º del Reglamento de Uso del RFA por el siguiente: "En el caso de prestatarios que mantengan deudas con mas de un IFI, para efectos de la clasificacion del credito que hace referencia el inciso b) del Articulo 4º del presente Reglamento, cada IFI aplicara el porcentaje de acuerdo a la clasificacion que tenga registrada el beneficiario al 30 de junio del 2001, respetandose al efecto el limite de participacion del RFA establecido en el inciso b) del Articulo 3º del Decreto Supremo." Articulo 7º.- Incluyase en el Reglamento de Uso del Programa de RFA los articulos siguientes: "Articulo 13º.- En su condicion de administrador del Programa de RFA, corresponde a COFIDE el 0,5% adicional a las tasas mencionadas en el Articulo 4º de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 14º.- Previo acuerdo entre la IFI y el beneficiario, se podran aplicar las tasas a que se refiere el Articulo 4º de la presente Resolucion Ministerial, a todas aquellas operaciones del Programa de RFA concertadas y en ejecucion con anterioridad a la entrada en vigencia de la Ley Nº 27500, modificandose el contrato correspondiente mediante addendas." Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI G. Ministro de Economia y Finanzas 31785

Visto, el Oficio Nº 596-2001-INC/DN cursado por la Directora Nacional del Instituto Nacional de Cultura; y, CONSIDERANDO Que, con fecha 13 de MORDAZA de 2001, se celebro el Convenio de Prestamo de Piezas Arqueologicas Pertenecientes al Patrimonio Cultural de la Republica del Peru, entre el Instituto Nacional de Cultura, representado por el entonces Director Nacional, senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Carre y el Museo Pointe-a-Calliere, Museo de Arqueologia e Historia de Montreal, representado mediante Poder por el senor MORDAZA Chapdelaine, con el objeto de realizar la exposicion denominada "Misterios de los Mochicas del Peru", a desarrollarse entre el 9 de octubre de 2001 y el 24 de marzo de 2002, en la MORDAZA de Montreal Canada; Que, mediante Expediente Nº 05342-2000/INC y carta de fecha 21 de noviembre de 2000, del Museo Pointe-aCalliere, Museo de Arqueologia e Historia de Montreal, representado por la Directora General, senora MORDAZA Lelievre, solicita, autorizacion para la salida temporal a partir de la fecha y hasta el 31 de marzo de 2002, de ciento cuarenta (140) piezas arqueologicas, setenta y cinco (75) piezas, en custodia del Museo de Arqueologia de la Universidad Nacional de MORDAZA, sesenta y cinco (65) piezas, pertenecientes a la Direccion Departamental de Cultura de La MORDAZA, de las cuales, cincuenta y cinco (55) provienen de las excavaciones arqueologicas del Proyecto Arqueologico Huacas MORDAZA y de la MORDAZA, y diez (10) del Museo de Sitio de Chan Chan, para ser exhibidas en la exposicion denominada "Misterios de los Mochicas del Peru", entre el 9 de octubre de 2001 y el 24 de marzo de 2002, en el mencionado Museo de la MORDAZA de Montreal; Que, mediante carta de fecha 25 de MORDAZA de 2000, la Embajada de Canada en el Peru respalda la importancia de la exhibicion de piezas arqueologicas Moche en el Museo Pointe-a-Calliere, Museo de Arqueologia e Historia de Montreal; Que, asimismo, mediante carta de fecha 10 de setiembre de 2000, del Consulado General del Peru en Montreal-Canada, comunican que auspician la mencionada exhibicion, a llevarse a cabo en el Museo Pointe-aCalliere, Museo de Arqueologia e Historia de Montreal; Que, mediante Informe Nº 351-2001-INC/DRCPMA, la Direccion de Registro y Catalogacion del Patrimonio Cultural Mueble de la Direccion General de Patrimonio Arqueologico del Instituto Nacional de Cultura, opina favorablemente por la salida temporal del MORDAZA, de ciento cuarenta (140) piezas arqueologicas de propiedad del Estado Peruano: setenta y cinco (75) piezas, en custodia del Museo de Arqueologia de la Universidad Nacional de MORDAZA, sesenta y cinco (65) piezas, pertenecientes a la Direccion Departamental de Cultura de La MORDAZA, de las cuales, cincuenta y cinco (55) provienen de las excavaciones arqueologicas del Proyecto Arqueologico Huacas MORDAZA y de la MORDAZA, y diez (10) del Museo de Sitio de Chan Chan, para ser exhibidas en la muestra denominada "Misterios de los Mochicas del Peru", que se desarrollara entre el 9 de octubre de 2001 y el 24 de marzo de 2002, en el Museo Pointe-a-Calliere, Museo de Arqueologia e Historia de Montreal - Canada; Que, los bienes culturales cuya salida temporal se solicita, se encuentran asegurados con una cobertura total en la modalidad "clavo a clavo" para todas y cada una de las piezas arqueologicas materia de la presente Resolucion, ante la empresa "MARTIN ASSURANCE & GESTION DE RISQUES INC." asegurado en "Chubb du Canada", siendo los beneficiarios de los valores asegurables, el Instituto Nacional de Cultura y la Universidad Nacional de MORDAZA, cuyo detalle corre a fojas 73; Que, constituye una de las funciones del Instituto Nacional de Cultura, difundir el Patrimonio Cultural de la Nacion en el MORDAZA como en el extranjero, por lo que esta Institucion recomienda autorizar la salida temporal de los bienes detallados en el Anexo Nº 01, que forma parte de la presente Resolucion; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047 y el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar la salida temporal del MORDAZA, a partir de la fecha y hasta el 31 de marzo de 2002, de ciento cuarenta (140) piezas arqueologicas de propiedad del Estado Peruano: setenta y cinco (75) piezas, en custodia del Museo de Arqueologia de la Universidad Nacional de MORDAZA, sesenta y cinco (65) piezas, pertenecientes a la Direccion

EDUCACION
Autorizan salida temporal del MORDAZA de piezas arqueologicas para su exhibicion en la muestra "Misterios de los Mochicas del Peru", a realizarse en Canada
RESOLUCION SUPREMA Nº 265-2001-ED MORDAZA, 22 de setiembre de 2001

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