NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2001 (28/09/2001)
CANTIDAD DE PAGINAS: 56
TEXTO PAGINA: 13
Pág. 210487 NORMAS LEGALES Lima, viernes 28 de setiembre de 2001 Artículo 3º.- Sustitúyase el texto del Artículo 6º inciso b) del Reglamento de Uso del Programa de RFA por el texto siguiente: "La tasa de interés que aplicará el RFA al beneficiario, sobre su participación en el monto refinanciado, será una tasa de 8% efectiva anual, en el caso de operaciones en moneda extranjera, y la TAMN vigente al último día del último mes del trimestre calendario anterior al pago de la cuota, conforme a la publicación de la Superintendencia de Banca y Seguros, menos ocho puntos porcentuales, en el caso de operaciones en moneda nacional." Artículo 4º.- Inclúyase al texto del Artículo 6º inciso c) del Reglamento de Uso del Programa de RFA el párrafo siguiente: "La periodicidad en el pago de las cuotas de refinan- ciación del Programa de RFA, será establecida de común acuerdo entre la IFI y el beneficiario en los respectivos contratos, teniendo en cuenta la estacionalidad y oportu- nidad de las cosechas." Artículo 5º.- Sustitúyase el texto del inciso d) del Artículo 6º del Reglamento de Uso del Programa de RFA por el siguiente: "d) La recuperación de la deuda refinanciada se hará en estricto orden de prelación; primero se recuperará el monto aportado por las IFIs y posteriormente, se recuperará el monto aportado con los Bonos del Programa de RFA. En ambos casos, el pago de las cuotas se realizará de acuerdo al ciclo productivo del beneficiario. Los intereses a cobrarse serán distribuidos entre las IFIs y el Tesoro Público en proporción a su respectiva participación en la deuda refinan- ciada y conforme se vayan percibiendo de acuerdo al crono- grama de pagos del contrato de refinanciación." Artículo 6º.- Sustitúyase el texto del Artículo 7º del Reglamento de Uso del RFA por el siguiente: "En el caso de prestatarios que mantengan deudas con más de un IFI, para efectos de la clasificación del crédito que hace referencia el inciso b) del Artículo 4º del presente Reglamento, cada IFI aplicará el porcentaje de acuerdo a la clasificación que tenga registrada el benefi- ciario al 30 de junio del 2001, respetándose al efecto el límite de participación del RFA establecido en el inciso b) del Artículo 3º del Decreto Supremo." Artículo 7º.- Inclúyase en el Reglamento de Uso del Programa de RFA los artículos siguientes: "Artículo 13º.- En su condición de administrador del Programa de RFA, corresponde a COFIDE el 0,5% adicio- nal a las tasas mencionadas en el Artículo 4º de la presente Resolución Ministerial. Artículo 14º.- Previo acuerdo entre la IFI y el benefi- ciario, se podrán aplicar las tasas a que se refiere el Artículo 4º de la presente Resolución Ministerial, a todas aquellas operaciones del Programa de RFA concertadas y en ejecución con anterioridad a la entrada en vigencia de la Ley Nº 27500, modificándose el contrato correspon- diente mediante addendas." Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI G. Ministro de Economía y Finanzas 31785 EDUCACIÓN Autorizan salida temporal del país de piezas arqueológicas para su exhibi- ción en la muestra "Misterios de los Mochicas del Perú", a realizarse en Canadá RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 265-2001-ED Lima, 22 de setiembre de 2001Visto, el Oficio Nº 596-2001-INC/DN cursado por la Directora Nacional del Instituto Nacional de Cultura; y, CONSIDERANDO Que, con fecha 13 de julio de 2001, se celebró el Convenio de Préstamo de Piezas Arqueológicas Pertene- cientes al Patrimonio Cultural de la República del Perú, entre el Instituto Nacional de Cultura, representado por el entonces Director Nacional, señor Jesús Enrique Gonzá- lez Carré y el Museo Pointe-à-Callière, Museo de Arqueo- logía e Historia de Montreal, representado mediante Po- der por el señor Claude Chapdelaine, con el objeto de realizar la exposición denominada “Misterios de los Mo- chicas del Perú”, a desarrollarse entre el 9 de octubre de 2001 y el 24 de marzo de 2002, en la ciudad de Montreal - Canadá; Que, mediante Expediente Nº 05342-2000/INC y carta de fecha 21 de noviembre de 2000, del Museo Pointe-à- Callière, Museo de Arqueología e Historia de Montreal, representado por la Directora General, señora Francine Lelièvre, solicita, autorización para la salida temporal a partir de la fecha y hasta el 31 de marzo de 2002, de ciento cuarenta (140) piezas arqueológicas, setenta y cinco (75) piezas, en custodia del Museo de Arqueología de la Univer- sidad Nacional de Trujillo, sesenta y cinco (65) piezas, pertenecientes a la Dirección Departamental de Cultura de La Libertad, de las cuales, cincuenta y cinco (55) provienen de las excavaciones arqueológicas del Proyecto Arqueológico Huacas del Sol y de la Luna, y diez (10) del Museo de Sitio de Chan Chan, para ser exhibidas en la exposición denominada “Misterios de los Mochicas del Perú”, entre el 9 de octubre de 2001 y el 24 de marzo de 2002, en el mencionado Museo de la ciudad de Montreal; Que, mediante carta de fecha 25 de julio de 2000, la Embajada de Canadá en el Perú respalda la importancia de la exhibición de piezas arqueológicas Moche en el Museo Pointe-à-Callière, Museo de Arqueología e Histo- ria de Montreal; Que, asimismo, mediante carta de fecha 10 de se- tiembre de 2000, del Consulado General del Perú en Montreal-Canadá, comunican que auspician la mencio- nada exhibición, a llevarse a cabo en el Museo Pointe-à- Callière, Museo de Arqueología e Historia de Montreal; Que, mediante Informe Nº 351-2001-INC/DRCPMA, la Dirección de Registro y Catalogación del Patrimonio Cul- tural Mueble de la Dirección General de Patrimonio Ar- queológico del Instituto Nacional de Cultura, opina favo- rablemente por la salida temporal del país, de ciento cuarenta (140) piezas arqueológicas de propiedad del Estado Peruano: setenta y cinco (75) piezas, en custodia del Museo de Arqueología de la Universidad Nacional de Trujillo, sesenta y cinco (65) piezas, pertenecientes a la Dirección Departamental de Cultura de La Libertad, de las cuales, cincuenta y cinco (55) provienen de las excava- ciones arqueológicas del Proyecto Arqueológico Huacas del Sol y de la Luna, y diez (10) del Museo de Sitio de Chan Chan, para ser exhibidas en la muestra denominada “Misterios de los Mochicas del Perú”, que se desarrollará entre el 9 de octubre de 2001 y el 24 de marzo de 2002, en el Museo Pointe-à-Callière, Museo de Arqueología e His- toria de Montreal - Canadá; Que, los bienes culturales cuya salida temporal se solicita, se encuentran asegurados con una cobertura total en la modalidad "clavo a clavo" para todas y cada una de las piezas arqueológicas materia de la presente Resolu- ción, ante la empresa “MARTIN ASSURANCE & GES- TION DE RISQUES INC.” asegurado en “Chubb du Cana- da”, siendo los beneficiarios de los valores asegurables, el Instituto Nacional de Cultura y la Universidad Nacional de Trujillo, cuyo detalle corre a fojas 73; Que, constituye una de las funciones del Instituto Nacional de Cultura, difundir el Patrimonio Cultural de la Nación en el país como en el extranjero, por lo que esta Institución recomienda autorizar la salida temporal de los bienes detallados en el Anexo Nº 01, que forma parte de la presente Resolución; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047 y el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la salida temporal del país, a partir de la fecha y hasta el 31 de marzo de 2002, de ciento cuarenta (140) piezas arqueológicas de propiedad del Estado Peruano: setenta y cinco (75) piezas, en custodia del Museo de Arqueología de la Universidad Nacional de Trujillo, sesenta y cinco (65) piezas, pertenecientes a la Dirección