Norma Legal Oficial del día 30 de noviembre del año 2002 (30/11/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

MORDAZA, sabado 30 de noviembre de 2002

NORMAS LEGALES

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CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Distribuyen carga procesal de diversos juzgados del Modulo Basico de Justicia del Distrito de San MORDAZA de Lurigancho
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 374-2002-P-CSJLI/PJ MORDAZA, 28 de noviembre del 2002. VISTA: La Resolucion Administrativa Nº 167-2002-CE-PJ de fecha 8 de noviembre del ano en curso, publicada el 23 de noviembre de 2002; y CONSIDERANDO: Que, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, con la potestad conferida por la Ley Organica del Poder Judicial, ha decidido el cambio de denominacion y delimitacion de la competencia territorial de determinados Juzgados que se encontraban ubicados en el Modulo Basico de Justicia de San MORDAZA de Lurigancho, reubicandolos fuera de este y asignandoles una competencia territorial distinta; Que, mediante la Resolucion Administrativa de Vista, se dispuso en el articulo MORDAZA, la conversion y reubicacion del MORDAZA y Tercer Juzgado Especializado en lo Penal del Modulo Basico de Justicia de San MORDAZA de Lurigancho, en MORDAZA y Tercer Juzgados Mixtos del mismo distrito, los que se ubicaran fuera del referido Modulo Basico de Justicia, para constituir MORDAZA instancia del MORDAZA y MORDAZA Juzgados de Paz Letrados del distrito de San MORDAZA de Lurigancho, asignandose a dichos Juzgados Mixtos y MORDAZA y MORDAZA Juzgados de Paz Letrados una competencia territorial que tiene como limites la avenida el Sol del Distrito de San MORDAZA de Lurigancho, el Rio MORDAZA y los limites con los distritos del MORDAZA, Lurigancho, Independencia, y El Rimac; Que, mediante Resolucion Administrativa Nº 140-2001CE-PJ de fecha 28 de setiembre de 2001, se establecio en el articulo primero, la conformacion del Modulo Basico de Justicia del distrito de San MORDAZA de Lurigancho, fijandose asimismo, en el articulo tercero, la competencia territorial de los organos jurisdiccionales que funcionaran en el Modulo Basico de Justicia de San MORDAZA de Lurigancho, y en el articulo MORDAZA de la misma, la competencia territorial del MORDAZA y MORDAZA Juzgados de Paz Letrados que abarcara la seccion de dicho distrito no comprendida en los articulos anteriores de la mencionada resolucion; Que, de conformidad con lo dispuesto por los articulos 47º y 55º de la Ley Organica del Poder Judicial, debe entenderse que la competencia por razon de territorio se circunscribira a los limites establecidos en las Resoluciones Administrativas Nº 140-2001-CE-PJ. y Nº 167-2002-CEPJ; Que, habiendo quedado conformado el Modulo Basico de Justicia de San MORDAZA de Lurigancho, por un Juzgado Especializado en lo Penal, un Juzgado Mixto y tres Juzgados de Paz Letrado (1º, 2º y 3º) y, habiendose convertido y reubicado dos Juzgados Mixtos (2º y 3º) fuera del Modulo referido, con una competencia territorial distinta a la de los Juzgados que pertenecen a este; y a fin de facilitar el acceso de la poblacion de los lugares mas alejados, resulta conveniente proceder al reordenamiento de la carga procesal en funcion de dicha competencia territorial, dentro del MORDAZA normativo administrativo detallado en los considerandos precedentes; Que, estando a lo expuesto precedentemente, resulta necesario que esta Presidencia adopte las medidas pertinentes a fin de dar cumplimiento a la Resolu-

cion Administrativa de Vista y no perjudicar el derecho de los litigantes; Que, por las razones expuestas, y en uso de las facultades conferidas en los incisos 3) y 9) del Articulo 90º de la Ley Organica del Poder Judicial y en las Resoluciones Administrativas glosadas en los considerandos precedentes; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DISPONER que la carga procesal de los ex MORDAZA y Tercer Juzgados Especializados Penales, actualmente convertidos en MORDAZA y Tercer Juzgados Mixtos del distrito de San MORDAZA de Lurigancho, relativa a los procesos judiciales en materia penal que corresponden a la competencia territorial del Modulo Basico de Justicia de dicho distrito, establecida en la Resolucion Administrativa Nº 140-2001-CE-PJ, sera asumida por el Primer Juzgado Penal del Modulo Basico de Justicia acotado a partir del 1º de diciembre del ano en curso; Articulo Segundo.- DISPONER que la carga procesal del ex Juzgado Civil del Modulo Basico de Justicia del distrito de San MORDAZA de Lurigancho, relativa a los procesos judiciales en materia civil que corresponden a la competencia territorial del Modulo Basico de Justicia de San MORDAZA de Lurigancho, establecida en la Resolucion Administrativa Nº 140-2001-CE-PJ, sera asumida por el Primer Juzgado Mixto del Modulo Basico de Justicia del Distrito de San MORDAZA de Lurigancho, a partir del 1º de diciembre del presente ano; Articulo Cuarto.- DISPONER que la carga procesal del Primer, MORDAZA y Tercer Juzgados de Paz Letrados del Modulo Basico de Justicia del distrito de San MORDAZA de Lurigancho, relativa a los procesos judiciales que corresponden a la competencia territorial del MORDAZA y MORDAZA Juzgados de Paz Letrados ubicados fuera del mencionado Modulo Basico de Justicia, establecida en la Resolucion Administrativa Nº 167-2002-CE-PJ, sera asumida por estos ultimos, a partir del 1º de diciembre del ano en curso, de acuerdo al siguiente orden: a) La carga procesal del Primer Juzgado de Paz Letrado del distrito de San MORDAZA de Lurigancho, sera asumida por el MORDAZA Juzgado de Paz Letrado del mencionado distrito; b) La carga procesal del MORDAZA Juzgado de Paz Letrado del distrito de San MORDAZA de Lurigancho, sera asumida por el MORDAZA Juzgado de Paz Letrado del mencionado distrito; c) La carga procesal del Tercer Juzgado de Paz Letrado del distrito de San MORDAZA de Lurigancho, sera asumida por el MORDAZA y MORDAZA Juzgado de Paz Letrado del mencionado distrito, de manera proporcional y equitativa; Articulo Quinto.- DISPONER que los organos jurisdiccionales aludidos en la presente Resolucion Administrativa realicen previamente un inventario fisico de los expedientes que seran materia de traslado y concluido este, se efectue su remision a los organos jurisdiccionales correspondientes, quedando bajo responsabilidad del personal jurisdiccional y administrativo de dichos Juzgados; Articulo Setimo.- DISPONER que la Administracion Distrital de esta Corte Superior, adopte de las acciones administrativas necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto por la presente Resolucion Administrativa e implementacion de los mencionados Juzgados; Articulo Octavo.- PONER la presente Resolucion en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Corte Suprema de la Republica, Oficina de Control de la Magistratura, Gerencia General, Oficina Distrital de Control de la Magistratura, Administracion Distrital, Fiscalia de la Nacion, Ministerio de Justicia y de los Magistrados, para los fines pertinentes. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA R. MORDAZA MORDAZA Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA 21112

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