Norma Legal Oficial del día 30 de noviembre del año 2002 (30/11/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

MORDAZA, sabado 30 de noviembre de 2002

NORMAS LEGALES
VISTOS:

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Que, mediante Oficio Nº 503-2002-CVR-SE, la Comision de la Verdad y Reconciliacion, ha propuesto la designacion de la Antropologa Forense MORDAZA Reveco como Perito para el trabajo de morgue en el caso de la exhumacion de las fosas de Lucanamarca y a la Antropologa Forense MORDAZA Salado Puerto, en calidad de monitora internacional; asi como la conformacion de tres equipos de trabajo en los que intervengan personal del Instituto de Medicina Legal del Ministerio Publico y los propuestos por la referida Comision; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 64º del Decreto Legislativo Nº 052 - Ley Organica del Ministerio Publico; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Conformar tres equipos de trabajo integrados por profesionales del Instituto de Medicina Legal y de la Comision de la Verdad y Reconciliacion, para la realizacion de los examenes de restos hallados durante la exhumacion efectuada en el distrito de Lucanamarca, provincia de Huancasancos, departamento de MORDAZA, que a continuacion se indican: PERITOS DEL INSTITUTO DE MEDICINA LEGAL - Dra. MORDAZA A. Maguina MORDAZA, Medico Legista. Perito. Coordinadora responsable de los peritajes. - Dr. MORDAZA MORDAZA Quispe. Medico Legista. Perito. PERITO ANTROPOLOGA FORENSE, PROPUESTA POR LA COMISION DE LA VERDAD Y RECONCILIACION - Sra. MORDAZA Reveco. ANTROPOLOGOS ASISTENTES DEL INSTITUTO DE MEDICINA LEGAL - Sr. Almintor MORDAZA MORDAZA - Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ANTROPOLOGA FORENSE, PROPUESTA POR LA COMISION DE LA VERDAD Y RECONCILIACION - Sra. MORDAZA Salado Puerto. (Monitora). ODONTOLOGOS DEL INSTITUTO DE MEDICINA LEGAL - Dra. MORDAZA A. MORDAZA Conde. IML - Dr. MORDAZA MORDAZA Portugal. IML ODONTOLOGO DE LA DIRECCION DE CRIMINALISTICA DE LA POLICIA NACIONAL DEL PERU - Cmdte. PNP MORDAZA Granda Machuca. Articulo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolucion a la Comision de la Verdad y Reconciliacion, a la Jefatura Nacional del Instituto de Medicina Legal, a la Direccion de Criminalistica de la Policia Nacional del Peru y a los profesionales designados en la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion 21162

La Carta Nº 102-2002-CAC/PRES en la que se comunica el acuerdo adoptado en la Sesion Nº 177 de fecha 27 de febrero de 2002, sobre la procedencia de la culminacion del MORDAZA liquidatorio de la Mutual de Vivienda MORDAZA en Liquidacion (en adelante Mutual Cusco-L); asi como el Informe de Visita de Inspeccion DESF "F" Nº 183-2002 de fecha 11 de noviembre de 2002; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion SBS Nº 1318-92 de fecha 18 de noviembre de 1992, se declaro en disolucion a la Mutual de Vivienda MORDAZA, para iniciar el correspondiente MORDAZA de liquidacion; Que, al inicio del MORDAZA liquidatorio el Balance General de Mutual Cusco-L registraba activos por un monto que ascendia a S/. 1 292 mil (un millon doscientos noventa y dos mil Nuevos Soles) y pasivos por un total de S/. 4 002 mil (cuatro millones dos mil Nuevos Soles) y en consecuencia un patrimonio negativo de S/. 2 710 mil (dos millones setecientos diez mil Nuevos Soles); Que, el saldo de los depositos de ahorros no reclamados por sus titulares asciende a S/. 59 000,60 (cincuenta y nueve mil y 60/100 Nuevos Soles), monto que ha sido consignado en el Banco de la Nacion, mediante el Deposito Judicial Nº 98016102941 de fecha 13 de MORDAZA de 1998; Que, en el Balance General al 31 de octubre del 2001, publicado el 8 de febrero del 2002, en el diario El Comercio del MORDAZA, figura un saldo de S/. 4 177 495,04 (cuatro millones ciento setenta y siete mil cuatrocientos noventa y cinco y 04/100 Nuevos Soles) que corresponde a intereses no pagados al Ministerio de Economia y Finanzas, derivados de la aplicacion del Decreto Ley Nº 25624 y del Decreto Supremo Nº 020-93-EF del 6 de febrero de 1993; el mismo que no podra ser atendido por agotamiento del activo; Que, en Sesion Nº 159 del 22 de agosto del 2001, la Comision Administradora de Carteras autorizo a la Mutual Cusco-L cancelar la acreencia que tenia con la Mutual MORDAZA en Liquidacion por S/. 13 652,77 (trece mil seiscientos cincuenta y dos y 77/100 Nuevos Soles) y con los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA hasta por la suma de S/. 7 200,00 (siete mil doscientos y 00/100 Nuevos Soles) y MORDAZA Echave MORDAZA hasta por la suma de S/. 10 000,00 (diez mil y 00/100 Nuevos Soles), con la dacion en pago del inmueble de su propiedad ubicado en el Lote Nº 7 Mz. N esquina 2 de MORDAZA Nº 398 y MORDAZA MORDAZA, Tambopata, departamento de MORDAZA de MORDAZA, cuyo valor en los Registros Contables ascendia a S/. 78 850,88 (setenta y ocho mil ochocientos cincuenta y 88/100 Nuevos Soles); Que, la Comision Administradora de Cartera en Sesion Nº 177 de fecha 27 de febrero del 2002, se ha pronunciado sobre la procedencia de la culminacion del MORDAZA liquidatorio de la Mutual Cusco-L, emitiendo opinion favorable al respecto, en cumplimiento con lo dispuesto por el literal g) de la Clausula Tercera del Convenio de Delegacion de Facultades, aprobado por Resolucion SBS Nº 1086-98 del 22 de octubre de 1998; Que, mediante Informe de Visita de Inspeccion DESF "F" Nº 183-2002, de fecha 11 de noviembre de 2002, se ha comprobado que a la fecha, Mutual Cusco-L no cuenta con activos, ni contingencias, y en lo que respecta a las acreencias pendientes de pago ascendentes a S/. 4 177 495,04 (cuatro millones ciento setenta y siete mil cuatrocientos noventa y cinco y 04/100 Nuevos Soles) y que se comentan en el considerando cuatro, las mismas no podran ser honradas, habiendo procedido la Mutual Cusco-L, a comunicar por escrito al titular de dicha acreencia, por lo que en aplicacion de lo dispuesto en el Articulo 114º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros Ley Nº 26702 y modificatorias, corresponde a la Superintendencia dar por concluido el MORDAZA liquidatorio de Mutual Cusco-L; Estando a lo opinado por las Superintendencias Adjuntas de Banca y Asesoria Juridica; y, En uso de las facultades que le confiere la citada Ley General; RESUELVE: Articulo Primero.- Dar por concluido el MORDAZA liquidatorio de la Mutual de Vivienda MORDAZA en Liquidacion y en

SBS
Dan por concluido MORDAZA liquidatorio de la Mutual de Vivienda MORDAZA en Liquidacion
RESOLUCION SBS Nº 1220-2002 MORDAZA, 28 de noviembre de 2002 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS

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