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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2002 (14/09/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 36

Pág. 229994 NORMAS LEGALES Lima, sábado 14 de setiembre de 2002 fatura del SAT; lo opinado por la Comisión de Economía, Planificación y Presupuesto en su Dictamen Nº 112-2002- MML-CEPP y de acuerdo a lo normado por el Edicto Nº 020, Reglamento Interior del Concejo y Ordenanza Nº 211, Procedimiento de Ratificación de Ordenanzas de Carácter Tributario de las Municipalidades Distritales de la provincia de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la Ordenanza Nº 213 de 23 de febrero de 1999, establece que a partir de su vigencia las Municipalida- des Distritales integrantes de la Municipalidad Metropo- litana de Lima fijarán a las Ordenanzas y Edictos que aprueben el número cardinal que les corresponda en forma correlativa continua, según el orden en que se promulguen; Que, la misma Ordenanza establece que los Acuerdos de Concejo, Decretos y Resoluciones Municipales, lleva- rán la numeración correlativa anual que les corresponda; Que, en tal virtud, las Ordenanzas Municipales deben llevar numeración correlativa continua sin referencia de año, a lo que en algunos casos no se está dando cumplimiento, situación que es necesario corregir; ACORDÓ: Artículo Primero.- RATIFICAR la Ordenanza Nº 018- 2001/MDSA, de fecha 3 de diciembre de 2001, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 31 de diciembre del mismo año y su modificatoria, la Ordenanza Nº 006- 2002-MDSA, de fecha 23 de mayo del año en curso publi- cada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 2 de junio último, que regulan los Arbitrios de Limpieza Pública, Par- ques y Jardines y Serenazgo, correspondientes al ejerci- cio 2002 en su jurisdicción. Artículo Segundo.- Recordar y recomendar a la Muni- cipalidad Distrital de SANTA ANITA, que las Ordenanzas que apruebe deben llevar el número cardinal que les co- rresponda en forma correlativa continua sin referencia de año, conforme establece la Ordenanza Metropolitana Nº 213. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GERMÁN APARICIO LEMBCKE Teniente Alcalde de Lima Encargado de la Alcaldía 16497 Autorizan viaje de representantes del Instituto Catastral e Informático de Lima - ICIL a Bolivia para participar en el V Seminario sobre Catastro Inmobi- liario INSTITUTO CATASTRAL E INFORMÁTICO DE LIMA RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 005-2002-DE-ICIL/MML EL ENCARGADO DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA, CONSIDERANDO: Que, mediante documento la Coordinadora General de la Agencia Española de Cooperación Internacional en el Perú certifica que, el Gerente de Catastro Integral (e) del Instituto Catastral e Informático de Lima - ICIL, Sr. Godo- fredo Chuquichanca San Miguel y el Técnico Catastral, Ing. Nilton Paredes López, han sido seleccionados con beca de alojamiento, manutención y material de trabajo, para participar en el V Seminario sobre Catastro Inmobiliario, a llevarse a cabo en Santa Cruz de la Sierra - Bolivia, del 16 al 20 de setiembre de 2002; Que, por ser de interés institucional la capacitación en materia catastral así como el reforzamiento de los lazos interinstitucionales con las entidades vinculadas con la materia, se considera conveniente la participación del Sr. Chuquichanca y el Ing. Paredes en el seminario, otorgán- doseles licencia con goce de haber por el período de dura- ción del seminario, así como dentro de las restricciones presupuestales, el 50% del costo total de los pasajes Lima- Santa Cruz de la Sierra - Lima, y el pago de las Tarifas Aeroportuarias; De conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo de Con- cejo Nº 025, la Ley Nº 27619 y la Ordenanza Nº 335; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del Sr. Godofredo Chu- quichanca San Miguel, Gerente de Catastro Integral (e) y del Ing. Nilton Paredes López, Técnico Catastral, del Insti- tuto Catastral e Informático de Lima - ICIL, a la ciudad de Santa Cruz de la Sierra - Bolivia, del 16 al 20 de setiembre de 2002, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Otorgar con cargo al presupuesto del Ins- tituto Catastral e Informático de Lima, una asignación de US$ 449.00 (Cuatrocientos cuarenta y nueve y 00/100 dó- lares de los Estados Unidos de América), para cubrir los conceptos señalados en la parte considerativa, de acuer- do con el siguiente detalle: 1 Pasaje Lima - Santa Cruz de la Sierra - Lima, 50% :US$ 199.50 1 Pasaje Lima - Santa Cruz de la Sierra - Lima, 50% :US$ 199.50 2 Tarifas Corpac (US$ 25.00 cada una) :US$ 50.00 Artículo 3º.- Los señores deberán presentar dentro de los 15 (quince) días posteriores a su retorno, un informe detallado de las acciones realizadas durante el viaje auto- rizado, conjuntamente con la rendición de cuentas, de con- formidad con la Ley Nº 27619 y la Ordenanza Nº 335. Regístrese, comuníquese y publíquese. Lima, 10 de setiembre de 2002 CHRISTIAN E. BULEJE PUN Director Ejecutivo (e) 16506 MUNICIPALIDAD DE COMAS Prorrogan amnistía tributaria, otorgan beneficio de condonación de pago de arbitrios de limpieza pública, parques y jardines y modifican beneficios de escalas de multas ORDENANZA Nº 062-C/MC Comas, 4 de setiembre de 2002 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE COMAS EN SESIÓN ORDINARIA DE LA FECHA; VISTO: El Dictamen de la Comisión de Administración, Planificación, Economía y Finanzas, respecto a AMNIS- TÍA TRIBUTARIA para el pago del Impuesto Predial y el Arbitrio de Limpieza Pública, así como de las Sanciones Administrativas; CONSIDERANDO: Que, los objetivos y fines de la Ordenanza Nº 58-C/MC es disponer la Condonación de Intereses Moratorios y San- ciones respecto a tributos y derechos que se administra; Que, mediante Informe Nº 336-2002-OAT/MC la Ofici- na de Administración Tributaria, se presenta Propuesta de Prórroga de la Ordenanza Nº 058-C/MC así como la am- pliación de los Beneficios Otorgados, dando las máximas facilidades a los Contribuyentes para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y deudas por sanciones admi- nistrativas a excepción de las multas por arrojar basura en la vía pública, así como las resultantes por infracciones de transportes, la que tendrá vigencia hasta el 30 de setiem- bre del 2002; Que, de conformidad con el Artículo 10º incisos 3 y 4 de la Ley Nº 23853 "Orgánica de Municipalidades", y el Artículo 41º del Código Tributario, los Gobiernos Locales