Norma Legal Oficial del día 14 de septiembre del año 2002 (14/09/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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RESOLUCION Nº 383-2002-JNE
MORDAZA, 9 de setiembre de 2002 VISTA:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 14 de setiembre de 2002

En audiencia publica de fecha 9 de setiembre del ano 2002, la apelacion de la Resolucion Nº 341-2002-JEE-SR/ JNE de fecha 26 de agosto del presente ano, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de San MORDAZA, interpuesta por MORDAZA MORDAZA Ninasivincha MORDAZA, personero legal del Partido Peru Posible acreditado ante el MORDAZA Electoral Especial de San Roman; CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Nº 366-2002-JEE-SR/JNE el MORDAZA Electoral Especial de San MORDAZA declaro improcedente la inscripcion de la lista de candidatos presentada por el Partido Politico Nacional Peru Posible para el Concejo Distrital de Umachiri, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, por no adjuntarse con la solicitud presentada el 19 de agosto del ano 2002 el documento de identidad del candidato a regidor ubicado en el orden numero 5; Que el numeral 2) del articulo 10º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864, establece que la solicitud de lista de candidatos a alcaldes y regidores debe contener los apellidos, nombres y firma de cada candidato tal como figuran en el documento nacional de identidad; cumpliendo la lista presentada con los referidos requisitos en el caso de autos; Que el articulo 31º de la Constitucion Politica del Estado consagra el derecho que tienen los ciudadanos de ser elegidos y de elegir libremente a sus representantes, de acuerdo con las condiciones y procedimientos determinados por ley; Por estas consideraciones, el MORDAZA Nacional de Elecciones administrando justicia en materia electoral; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar fundada la apelacion interpuesta por el Partido Politico Nacional Peru Posible; en consecuencia, revocar la Resolucion Nº 341-2002-JEE-SR/JNE de fecha 26 de agosto del ano 2002 expedida por el MORDAZA Electoral Especial de San MORDAZA, teniendose por admitida la lista de candidatos presentada por la organizacion politica recurrente para el Concejo Distrital de Umachiri. Articulo Segundo.- Poner en conocimiento del MORDAZA Electoral Especial de San MORDAZA y de las partes interesadas el contenido de la presente Resolucion, devolviendose los respectivos autos al MORDAZA de origen para el tramite de inscripcion y de tachas correspondiente. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General

no adjuntarse con la solicitud presentada el 19 de agosto del ano 2002 el documento de identidad del candidato a regidor ubicado en el orden numero 9; Que el numeral 2) del articulo 10º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864, establece que la solicitud de lista de candidatos a alcaldes y regidores debe contener los apellidos, nombres y firma de cada candidato tal como figuran en el documento nacional de identidad; cumpliendo la lista presentada con los referidos requisitos en el caso de autos; Que el articulo 31º de la Constitucion Politica del Estado consagra el derecho que tienen los ciudadanos de ser elegidos y de elegir libremente a sus representantes, de acuerdo con las condiciones y procedimientos determinados por ley; Por estas consideraciones, el MORDAZA Nacional de Elecciones administrando justicia en materia electoral; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar fundada la apelacion interpuesta por el Partido Politico Nacional Primero Peru; en consecuencia, revocar la Resolucion Nº 366-2002-JEE-SR/ JNE de fecha 26 de agosto del ano 2002 expedida por el MORDAZA Electoral Especial de San MORDAZA, teniendose por admitida la lista de candidatos presentada por la organizacion politica recurrente, para el Concejo Provincial de San Roman. Articulo Segundo.- Poner en conocimiento del MORDAZA Electoral Especial de San MORDAZA y de las partes interesadas el contenido de la presente Resolucion, devolviendose los respectivos autos al MORDAZA de origen para el tramite de inscripcion y de tachas correspondiente. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General

RESOLUCION Nº 385-2002-JNE
MORDAZA, 9 de setiembre de 2002 VISTA: En audiencia publica de fecha 9 de setiembre de 2002, la apelacion de la Resolucion Nº 097-2002-LC-JEELS, de fecha 23 de agosto de 2002, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Sur, interpuesta por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, personero legal titular del Partido Politico Accion Popular acreditado ante el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Sur; CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Nº 097-2002-LC-JEELS de fecha 23 de agosto de 2002, el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Sur declaro improcedente la inscripcion de la lista de candidatos a los cargos de MORDAZA y regidores presentada por el Partido Politico Accion Popular para el Concejo Distrital de Lurin, provincia y departamento de MORDAZA, por no haber cumplido con la cuota de genero establecida en la ley; Que se sustenta la apelacion en la supuesta contradiccion de normas matematicas y se cuestiona los diferentes criterios adoptados por el MORDAZA Nacional de Elecciones al aplicar el redondeo en las resoluciones que fija el numero de la cuota de genero; Que las organizaciones politicas y alianzas electorales presentaron ante los Jurados Electorales Especiales las respectivas solicitudes de inscripcion de candidatos a alcaldes y regidores hasta noventa dias naturales MORDAZA de la fecha de las elecciones, esto es, hasta el 19 de agosto del ano 2002, conforme lo dispone el articulo 10º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864; Que las normas electorales son de Derecho Publico y de estricto cumplimiento y en virtud de lo previsto en el numeral 3) del articulo MORDAZA acotado, para su inscripcion la lista de candidatos a regidores debe estar conformada por no menos de un treinta por ciento (30%) de hombres o mujeres; para lo cual, mediante Resolucion Nº 186-2002-

RESOLUCION Nº 384-2002-JNE
MORDAZA, 9 de setiembre de 2002 VISTA: En audiencia publica de fecha 9 de setiembre del ano 2002, la apelacion de la Resolucion Nº 366-2002-JEE-SR/ JNE de fecha 26 de agosto del presente ano, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de San MORDAZA, interpuesta por MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nunez, personero legal del Partido Politico Nacional Primero Peru acreditado ante el MORDAZA Electoral Especial de San Roman; CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Nº 366-2002-JEE-SR/JNE el MORDAZA Electoral Especial de San MORDAZA declaro improcedente la inscripcion de la lista de candidatos presentada por el Partido Politico Nacional Primero Peru para el Concejo Provincial de San MORDAZA, departamento de MORDAZA, por

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