Norma Legal Oficial del día 01 de noviembre del año 2003 (01/11/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

MORDAZA, sabado 1 de noviembre de 2003

NORMAS LEGALES

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de las obras e instalaciones de la Estacion Repetidora Cerro MORDAZA de Pativilca; Que, de acuerdo con los articulos 1035° y 1036° del Codigo Civil, concordados con el articulo 111° del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas, y los articulos 216° y siguientes de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 009-93-EM, la servidumbre electrica es un derecho que se constituye en beneficio de la concesion definitiva, solo puede transmitirse con MORDAZA y subsiste mientras MORDAZA se encuentre vigente; Que, en virtud de la transferencia citada, la titular adquirio todos los derechos y obligaciones inherentes a la concesion definitiva, entre los cuales estan las servidumbres de sistema de telecomunicaciones y de MORDAZA para custodia, conservacion y reparacion de las obras e instalaciones de la Estacion Repetidora Cerro MORDAZA de Pativilca cuya transferencia a su favor ha solicitado formalizar mediante la correspondiente Resolucion Ministerial, de acuerdo con el articulo 111° de la Ley de Concesiones Electricas, por lo que resulta procedente la transferencia solicitada; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la titular ha cumplido con los requisitos exigidos en la normatividad legal vigente, ha emitido el Informe N° 238-2003-EM/DGE; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Tener a Red de Energia del Peru S.A. como titular de las servidumbres de sistema de telecomunicaciones y de MORDAZA para custodia, conservacion y reparacion de las obras e instalaciones de la Estacion Repetidora Cerro MORDAZA de Pativilca, que fueron impuestas mediante la Resolucion Ministerial N° 601-99-EM/VME de fecha 15 de octubre de 1999. Articulo 2º.- Red de Energia del Peru S.A., ejercera los derechos y obligaciones inherentes a las servidumbres de sistema de telecomunicaciones y de MORDAZA para custodia, conservacion y reparacion de las obras e instalaciones, de acuerdo con lo dispuesto por la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y la Resolucion Ministerial N° 601-99-EM/VME. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. FLURY Ministro de Energia y Minas 17291

Supremo Nº 004-99-EM, que establecia que la primera fijacion de estos Factores tendria una vigencia de ocho (8) anos; Que, de acuerdo con lo dispuesto en la Resolucion Ministerial Nº 162-2001-EM/SG, se ha cumplido con efectuar la prepublicacion del proyecto del presente dispositivo en la Pagina Web del Ministerio de Energia y Minas; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Fijanse los Factores de Distribucion Horaria del Precio de Potencia a que se refiere el numeral I) del inciso a) del Articulo 113º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, comprendidos en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Los Factores fijados con la presente Resolucion, entraran en vigencia el 1 de MORDAZA de 2004. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. FLURY Ministro de Energia y Minas ANEXO
FACTORES DE DISTRIBUCION HORARIA DEL PRECIO DE POTENCIA PERIODO 1 DE MORDAZA DE 2004 - 30 DE MORDAZA DE 2008
HORAS DEL DIA AVENIDA PERIODO ESTIAJE DIAS NO DIAS DIAS NO DIAS LABORABLES LABORABLES LABORABLES LABORABLES

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24

2,93 x 10 -04 5,83 x 10 -05 2,53 x 10 -05 1,35 x 10 1,79 x 10
-05 -05

1,39 x 10 -04 3,14 x 10 -05 1,58 x 10 -05 1,20 x 10 2,24 x 10
-05 -05

7, 76 x 10 -02 2,40 x 10 -02 1,16 x 10 -02 7,64 x 10 9,81 x 10
-03 -03

3,81 x 10 -02 1,30 x 10 -02 9,04 x 10 -03 7,27 x 10 -03 1,32 x 10 -02 5,07 x 10 -02 3,02 x 10 -01 1,10 x 10 -01 2,64 x 10 -01 3,86 x 10 -01 5,06 x 10 -01 5,89 x 10 -01 3,48 x 10 -01 2,96 x 10 -01 3,46 x 10 -01 3,41 x 10 -01 4,00 x 10 -01 4,00 x 10 -02 1,00 x 10 00 8,81 x 10 -01 4,88 x 10 -01 1,21 x 10 -01 6,40 x 10 -03 2,59 x 10 -01

2,06 x 10 -05 7,88 x 10 -06 5,06 x 10 -05 3,47 x 10 -04 9,28 x 10 1,85 x 10 2,29 x 10
-04 -03 -03

7,17 x 10 -05 3,53 x 10 -04 1,11 x 10 -03 7,02 x 10 -03 1,57 x 10 2,63 x 10 3,52 x 10
-02 -02 -02

1,30 x 10 -02 8,90 x 10 -03 8,68 x 10 -03 4,10 x 10 -02 7,05 x 10 1,05 x 10 9,63 x 10
-02 -01 -02

Fijan Factores de Distribucion Horaria del Precio de Potencia a que se refiere el Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 588-2003-MEM/DM MORDAZA, 31 de octubre de 2003 CONSIDERANDO: Que, el articulo 113º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, establece que el Ministerio fijara los Factores de Distribucion Horaria del Precio de Potencia; Que, como resultado del estudio elaborado por el Ministerio, se han obtenido los Factores de Distribucion Horaria del Precio de Potencia para ser utilizados en la determinacion de los Ingresos Adicionales por Potencia Generada en el Sistema Electrico Interconectado Nacional (SEIN), de cada unidad o central generadora conforme a lo dispuesto en el numeral I) del inciso a) del citado Articulo 113º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 015-2003-EM, publicado el 7 de MORDAZA de 2003, se dispuso que la primera fijacion de los Factores de Distribucion Horaria del Precio de Potencia se efectuara con una anticipacion no menor de seis (06) meses a su entrada en vigencia, dejandose sin efecto la MORDAZA Disposicion Transitoria del Decreto

1,32 x 10 -03 5,67 x 10 -04 2,74 x 10 -04 1,44 x 10 -04 1,19 x 10 8,74 x 10 5,36 x 10
-04 -06 -02

2,32 x 10 -02 1,64 x 10 -02 2, 00 x 10 -02 2,05 x 10 -02 2,07 x 10 1,51 x 10 3,22 x 10
-02 -03 -01

6,92 x 10 -02 2,72 x 10 -02 1,33 x 10 -02 9,07 x 10 -03 8,05 x 10 1,00 x 10 1,96 x 10
-03 -03 -01

1,70 x 10 -01 1,01 x 10 -01 1,72 x 10 -02 8,94 x 10 -04 1,14 x 10
-03

5,55 x 10 -01 2,81 x 10 -01 5,57 x 10 -02 1,81 x 10 -03 1,80 x 10
-03

2,15 x 10 -01 1,20 x 10 -01 2,72 x 10 -02 2,61 x 10 -03 1,59 x 10
-01

20124

MIMDES
Designan Asesora de la Secretaria General del ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 664-2003-MIMDES MORDAZA, 30 de octubre de 2003

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