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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2003 (01/11/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 18

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G34/G32/G35/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 1 de noviembre de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 729-2002-MI- MDES de fecha 27 de diciembre de 2002, se designó al señor Rodolfo Farfán Núñez en el cargo de Asesor de la Secretaría General del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, resultando necesario dar por concluida la designación mencionada; Que, en consecuencia se hace necesario designar al nuevo Asesor de la Secretaría General del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley Nº 27793, Decretos Supremos Nº 008-2002-MIMDES y Nº 013-2002-MIMDES; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Dar por concluida, la designación del se- ñor RODOLFO FARFÁN NÚÑEZ, en el cargo de Asesor de la Secretaría General del Ministerio de la Mujer y Desa- rrollo Social, dándosele las gracias por los servicios pres- tados. Artículo 2º.- Designar, a la señorita MARJORIE GA- BRIELA DEL CARMEN DELGADO ROSPIGLIOSI, en el cargo de Asesora de la Secretaría General del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANA ELENA TOWNSEND Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 20104 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G69/G76/G61/G20/G61/G70/G72/G6F/G62/G61/G64/G61/G20/G70/G6F/G72/G20/G52/G2E/G4D/G2E /G4E/GBA/G20/G33/G37/G39/G2D/G32/G30/G30/G33/G2D/G4D/G49/G4D/G44/G45/G53/G20/G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G63/G72/G69/G74/G65/G72/G69/G6F/G73/G62/GE1/G73/G69/G63/G6F/G73/G20/G70/G6F/G72/G20/G74/G72/G61/G6E/G73/G66/G65/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G79/G20/G67/G65/G73/G74/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G70/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G73/G20/G73/G6F/G63/G69/G61/G6C/G65/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 666-2003-MIMDES Lima, 30 de octubre de 2003 CONSIDERANDO:Vistos el Pedido Nº 96-03MMD/CD de fecha 23 de se- tiembre de 2003, de la Congresista de la República Martha Lupe Moyano Delgado; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Nº 379-2003-MIMDES de fecha 20 de junio de 2003, se aprobó la Directiva "Criterios Básicos para la Transferencia Efectiva y Gestión de los Programas Sociales del MIMDES, que serán transferidos a las Municipalidades"; Que la citada Directiva fue modificada mediante Resolu- ción Ministerial Nº 535-2003-MIMDES de fecha 12 de se- tiembre de 2003; Que la modificación efectuada no consideró la incorpo- ración en la Base Legal de la Directiva a la Ley Nº 27731 - Ley que regula la participación de los Clubes de Madres y Comedores Populares Augestionarios en los Programas de Apoyo Alimentario, y su Reglamento aprobado por De- creto Supremo Nº 006-2003-MIMDES; Que, en consecuencia resulta necesario efectuar unas nuevas modificaciones a la Directiva en mención; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, Decreto Supremo Nº 036- 2003-PCM y Ley Nº 27793 - Ley de Organización y Fun- ciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Incorporar en la Base Legal de la Directi- va aprobada por Resolución Ministerial Nº 379-2003-MI- MDES, la Ley Nº 27731 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2003-MIMDES, la misma queregula la participación de los Clubes de Madres y Come- dores Populares Autogestionarios en los Programas de Apoyo Alimentario. Artículo 2º.- Modificar el último párrafo del punto 4 de la Directiva señalada en el artículo anterior, que fuera in- corporado por el Artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 535-2003-MIMDES, referente al PROCESO DE TRANS- FERENCIA, por lo siguiente: "El Acta de Entrega y Recepción de los proyectos y programas deberá consignar el compromiso de los Alcal- des Provinciales a que en un plazo no mayor de treinta (30) días calendario instalen el Comité de Gestión, de acuer- do a la Ley Nº 25307, Ley Nº 27731 y sus respectivos Re- glamentos" Regístrese, comuníquese y publíquese.ANA ELENA TOWNSEND Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 20105 PRODUCE /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G69/G6D/G70/G72/G6F/G63/G65/G64/G65/G6E/G74/G65/G73/G20/G73/G6F/G6C/G69/G63/G69/G74/G75/G64/G65/G73/G20/G64/G65 /G61/G6D/G70/G6C/G69/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G65/G72/G6D/G69/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G70/G65/G73/G63/G61/G20/G70/G61/G72/G61 /G6F/G70/G65/G72/G61/G72/G20/G65/G6D/G62/G61/G72/G63/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G70/G65/G73/G71/G75/G65/G72/G61/G73/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61 /G65/G78/G74/G72/G61/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G72/G65/G63/G75/G72/G73/G6F/G20/G62/G61/G63/G61/G6C/G61/G6F/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G2D/G66/G75/G6E/G64/G69/G64/G61/G64 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 078-2003-PRODUCE/DNA Lima, 21 de octubre del 2003 Visto el escrito de registro Nº CE-00490002 de fecha 21 de enero del 2003, presentado por el señor SAMUEL EFRAIN COLQUE CASANI, en representación de la em- presa ALIMENTOS HIDROBIOLÓGICOS DEL PERÚ S.A.C.; CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Directoral Nº 134-99-PE/DNE del 11 de junio de 1999, se otorgó permiso de pesca al GRUPO SINDICATO PESQUERO DEL PERÚ S.A., para operar, entre otras, la embarcación pesquera de bandera nacional denominada PIONERO II, con matrícula Nº CO- 17300-PM, de 65.29 m3 de capacidad de bodega, utilizan- do el sistema de refrigeración y hielo y como aparejo de pesca espinel o palangre para la extracción de los recur- sos perico, tiburón, mero, congrio y pez espada con desti- no al consumo humano directo, fuera de las cinco (5) mi- llas de la costa; declarándose improcedente la solicitud de ampliación de autorización de incremento de flota para la extracción del recurso bacalao de profundidad y solicitud de permiso de pesca para los recursos bacalao de profun- didad, merluza y atún; Que asimismo mediante Resolución Directoral Nº 137- 99-PE/DNE del 17 de junio de 1999, se autorizó a la em- presa GRUPO SINDICATO PESQUERO DEL PERÚ S.A. a operar, entre otras, la embarcación pesquera citada en el considerando precedente, para la extracción del recurso bacalao de profundidad ( Dissostichus eleginoides ) con destino al consumo humano directo, fuera de las cinco (5) millas de la costa, al amparo de lo dispuesto en el Régi- men Provisional establecido por Resolución Ministerial Nº 154-99-PE, modificada por Resolución Ministerial Nº 184- 99-PE y su ampliación dispuesta por Resoluciones Minis- teriales Nºs. 129-2000-PE y 224-2000-PE, cuya vigencia culminó el 30 de setiembre de 2000; Que mediante Resolución Ministerial Nº 236-2001-PE del 4 de julio del 2001, se aprobó el Reglamento de Orde- namiento de la Pesquería del Bacalao de Profundidad, es- tableciéndose en la Primera Disposición Transitoria y Com- plementaria modificada por la Resolución Ministerial Nº 226- 2002-PRODUCE del 13 de diciembre del 2002, que las embarcaciones pesqueras que obtuvieron la autorización para extraer bacalao de profundidad al amparo de lo dis-