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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE OCTUBRE DEL AÑO 2003 (31/10/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 51

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G34/G31/G39/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 31 de octubre de 2003 Anexo Nº 1A Requisitos de fotografía para inscripción de Poli-cías y Militares en actividad Tamaño pasaporte (35 x 43 mm.) sin marco, de superfi- cie lisa no porosa a color, en fondo blanco, actual, de frentea la altura del medio tórax, sin prendas en la cabeza salvoprendas de naturaleza religiosa, sin lentes oscuros, ni uni-formes, sin sombras ni manchas, no artística ni retocada. Anexo Nº 2A Documentos para sustentar el estado civil necesa-rios para la inscripción de Policías y Militares enactividad a. Para el casado: Declaración Jurada indicando la con- dición de la misma. b. Para el divorciado: copia certificada del Acta de Ma- trimonio expedida por el Registro del Estado Civil o del tí-tulo de Naturalización con la anotación marginal de la diso-lución del vínculo matrimonial. c. Para el viudo: copia certificada del Acta de Matrimo- nio o del título de Naturalización, y copia rectificada delActa de Defunción del cónyuge, expedida por el Registrodel Estado Civil. Las personas casadas antes del 4 de octubre de 1930, podrán acreditar el estado civil con el Acta de MatrimonioReligioso certificado por el notario eclesiástico. 20036 S B S /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G6C/G20/G42/G61/G6E/G63/G6F/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C /G50/G65/G72/GFA/G20/G61/G62/G72/G69/G72/G20/G75/G6E/G61/G20/G6F/G66/G69/G63/G69/G6E/G61/G20/G74/G65/G6D/G70/G6F/G72/G61/G6C/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C /G43/G61/G6D/G70/G6F/G20/G46/G65/G72/G69/G61/G6C/G20/G43/G65/G72/G72/G6F/G20/G4A/G75/G6C/G69/G2C/G20/G70/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G20/G79 /G64/G65/G70/G61/G72/G74/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G41/G72/G65/G71/G75/G69/G70/G61 RESOLUCIÓN SBS Nº 1480-2003 Lima, 22 de octubre del 2003 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCAVISTA: La solicitud presentada por el Banco Internacional del Perú - Interbank- para que se le autorice la apertura de una Oficina Tem-poral entre los días 24 y 25 de octubre de 2003 en las instalacio-nes del Campo Ferial Cerro Juli S/N, distrito José Luis Busta-mante y Rivero, provincia y departamento de Arequipa; CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta el pedido; Estando a lo informado por el Departamento de Eva- luación del Sistema Financiero "D", mediante Informe Nº072-2003-DEFS"D"; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 26702 -Ley General del Sistema Financiero y delSistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia deBanca y Seguros-, con la Circular Nº 1996-97 y con laResolución SBS Nº 003-98; RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar al Banco Internacional del Perú -Interbank- la apertura de una Oficina Temporal, entrelos días 24 y 25 de octubre de 2003, en las instalacionesdel Campo Ferial Cerro Juli S/N, distrito de José Luis Bus-tamante y Rivero, provincia y departamento de Arequipa. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS FELIPE ARIZMENDI ECHECOPAR Superintendente Adjunto de Banca 19908/G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G6C/G20/G42/G61/G6E/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G72/GE9/G64/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA /G6C/G61/G20/G61/G70/G65/G72/G74/G75/G72/G61/G20/G64/G65/G20/G6F/G66/G69/G63/G69/G6E/G61/G73/G20/G65/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G65/G6E/G20/G6C/G6F/G73/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G53/G61/G6E/G20/G4D/G69/G67/G75/G65/G6C/G20/G79/G20/G4D/G69/G72/G61/G66/G6C/G6F/G72/G65/G73/G2C/G70/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61 RESOLUCIÓN SBS Nº 1492-2003 Lima, 24 de octubre de 2003 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCAVISTA:La solicitud presentada por el Banco de Crédito del Perú, para que se le autorice la aperura de una Oficina Especial,con carácter temporal, en el "Colegio Claretiano", ubicadoen la Av. Parque de las Leyendas Nº 555, distrito de SanMiguel, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO:Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la do- cumentación pertinente que justifica la apertura solicitada; Estando a lo informado por el Departamento de Eva- luación del Sistema Financiero "A", mediante InformeNº 146-2003-DESF "A"; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 26702 -Ley General del Sistema Financiero y delSistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia deBanca y Seguros-, con la Circular Nº B-1996-97 y la Reso-lución SBS Nº 003-98; RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar al Banco de Crédito del Perú, la apertura de una Oficina Especial, con carácter tempo-ral, el 26 de octubre de 2003, en el "Colegio Claretiano",ubicado en la Av. Parque de las Leyendas Nº 555, distritode San Miguel, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS FELIPE ARIZMENDI ECHECOPAR Superintendente Adjunto de Banca 19940 RESOLUCIÓN SBS Nº 1493-2003 Lima, 24 de octubre de 2003 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCAVISTA:La solicitud presentada por el Banco de Crédito del Perú, para que se le autorice la apertura de dos Oficinas Especia-les, con carácter temporal, en las instalaciones del InstitutoCultural Peruano Norteamericano de la sede San Miguel,ubicada en la Av. La Marina Nº 2469, distrito de San Miguel,y en la sede Miraflores, ubicada en la Av. Angamos OesteNº 120, ambas en la provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO:Que, el Banco de Crédito del Perú en sesión de Comité Ejecutivo celebrado el día 16 de octubre de 2003, aprobóla instalación de dos oficinas especiales en los locales delICPNA; Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la do- cumentación pertinente que justifica la apertura solicitada; Estando a lo informado por el Departamento de Eva- luación del Sistema Financiero "A", mediante Informe Nº147-2003-DESF "A"; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 26702 -Ley General del Sistema Financiero y delSistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia deBanca y Seguros-, con la Circular Nº B-1996-97 y la Reso-lución SBS Nº 003-98;