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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2004 (13/11/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 74

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G30/G32/G39/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 13 de noviembre de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante las Resoluciones de Intendencia Nºs. 020-00-0000066, 020-00-0000073, 020-00-0000077, 020-00-0000084, 020-00-0000104 y 020-00-0000105publicadas en el Diario Oficial El Peruano con fechas 13 demarzo de 2003, 16 de agosto de 2003, 22 de octubre de2003, 19 de febrero de 2004, 1 de julio de 2004 y 14 dejulio de 2004, respectivamente, se ratificaron, designaron y-en algunos casos- se dejaron sin efecto el nombramientode Auxiliares Coactivos de la Intendencia Regional Lima; Que, sin perjuicio de ello, a fin de mantener la operati- vidad de la Sección Cobranza de la Intendencia RegionalLima, se hace necesaria la designación de nuevo personalen calidad de Auxiliar Coactivo; Que, el artículo 114º del Texto Único Ordenado del Có- digo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº135-99-EF, establece los requisitos que deberán de reunirlos trabajadores para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo; Que, el personal propuesto ha presentado Declaración Jurada manifestando reunir los requisitos antes indicados; Que la sexta disposición final de la Ley Nº 27038, establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del artículo 7º de la Ley Nº26979 no es de aplicación a los órganos de la AdministraciónTributaria cuyo personal ingrese mediante Concurso Público; Que, la Resolución de Superintendencia Nº 094-2000/ SUNAT ha facultado al Intendente de Principales Contribu-yentes Nacionales y a los diferentes Intendentes Regiona-les de la SUNAT a designar, mediante Resoluciones deIntendencia, a los trabajadores que se desempeñarán comoAuxiliares Coactivos dentro del ámbito de competencia decada una de dichas Intendencias; En uso de las facultades conferidas por el Decreto Legisla- tivo Nº 501 -Ley General de la SUNAT-, el inciso o) del artículo15º y el inciso h) del artículo 49º del Reglamento de Organiza-ción y Funciones de la Superintendencia Nacional de Adminis-tración Tributaria, aprobado mediante el artículo 1º del DecretoSupremo Nº 115-2002-PCM y las Resoluciones de Superinten-dencia Nº 190-2002/SUNAT y Nº 149-2004/SUNAT; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto la designación como Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional Lima de lossiguientes trabajadores: Nº Registro Apellidos y Nombres 1 3930 BIMINCHUMO RAMÍREZ, PATRICIA YACKELIN 2 0020 DOMÍNGUEZ BORJA, RAUL PROSPERO 3 1396 VIVAS RIV ADENEYRA, JENNY ZENAIDA 4 6021 HU AMANI MACETAS, MIGUEL OSWALDO 5 1856 MOSCOSO VIDAL, OMAR MARCELO 6 2242 GARCIA VILLEGAS, EDUARDO ALEXIS Artículo Segundo.- Designar como Auxiliares Coacti- vos de la Intendencia Regional Lima, hasta el 17 de mayodel año 2005, a los trabajadores que se indican a conti-nuación: Nº Registro Apellidos y Nombres 1 D032 ALBUJAR AV ALOS, TITO EDGARDO 2 D035 AL VIZURI LEVANO, JAIME ORLANDO 3 D040 A VILES LAZO, GERARDO 4 A051 BERNABEL LEON, MARIA LOURDES 5 J639 CHU PEREZ, KARINA MORAYMA 6 D057 CHUNGA SALGADO, LUIS ANGEL 7 D078 GAMARRA PAUCAS, CHRISTIAN ARTURO 8 D080 GISMONDI RUIZ, HEBER ABIMAEL 9 D093 JAIME ZEGARRA, ELISEO 10 A734 LO PEZ RAMÍREZ, JULIO CESAR 11 D107 LUNA DELGADO, MANUEL ANTONIO 12 D122 MOLINA MOROTE, RAUL EINAR 13 D056 TENORIO GALLEGOS, HENRY EDMUNDO 14 D163 VALQUI ZABALA, RAFAHEL ALFREDO Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ENRIQUE NARRO FORNO Intendente Regional 20513SUPERINTENDENCIA DE BIENES NACIONALES /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G70/G72/G69/G6D/G65/G72/G61/G20/G69/G6E/G73/G63/G72/G69/G70/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G6F/G6D/G69/G2D /G6E/G69/G6F/G20/G61/G20/G66/G61/G76/G6F/G72/G20/G64/G65/G6C/G20/G45/G73/G74/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G74/G65/G72/G72/G65/G6E/G6F/G73/G20/G75/G62/G69/G2D/G63/G61/G64/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G6C/G6F/G73/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G41/G6E/G63/GF3/G6E/G2C/G20/G53/G61/G6E/G74/G61/G52/G6F/G73/G61/G20/G79/G20/G50/G75/G63/G75/G73/G61/G6E/G61/G2C/G20/G70/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61 JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCIÓN Nº 160-2004/SBN-GO-JAR La Molina, 29 de octubre de 2004 Visto el Expediente Nº 134-2004/SBN-JAR, correspon- diente a la inscripción en primera de dominio a favor delEstado del terreno eriazo de 5 542 386,84 m², ubicado a laaltura del kilómetro 54 de la Carretera Variante de Pasama-yo, distrito de Ancón, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que la Superintendencia de Bienes Nacionales tiene como finalidad incentivar el aprovechamiento económico de los bie-nes del Estado en armonía con el interés social, promoviendosu intercambio, maximizando su rentabilidad y estableciendomecanismos para su registro, inscripción y fiscalización; Que, revisada la base gráfica de propiedades con que cuenta la Superintendencia de Bienes Nacionales, se identifi-có un terreno libre de inscripción, ubicado a la altura del kilóme-tro 54 de la Carretera Variante de Pasamayo, distrito de Ancón,provincia y departamento de Lima; Que, con fecha 18 de marzo de 2004, se realizó la inspec- ción técnica al predio submateria, en la que se verificó que esde naturaleza eriaza, suelo suelto de textura arenosa, presen-tando topografía accidentada con pendientes pronunciadas; Que, mediante Certificado Catastral de fecha 28 de mayo de 2004, sobre la base del Informe Técnico Nº 2214-2004-SUNARP-Z.R.NºIX/OC de fecha 26 de mayo de 2004, la ZonaRegistral IX - Sede Lima de la Superintendencia Nacional delos Registros Públicos, concluye que el terreno de 5 563 275,27m², que involucra al terreno de 5 542 386,84 m², se ubicaparcialmente dentro de los linderos de la Ficha Nº 84202 y ladiferencia en ámbito donde no se obtiene información de ante-cedente registral; Que, conforme al Certificado de Búsqueda Catastral de fecha 7 de mayo de 2004, el entonces Registro Predial Urbanoseñaló que según el Informe Técnico Nº 04336-2004-SUNARP-RPU/OC-LIMA de fecha 3 de mayo de 2004, emitido por suOficina de Catastro, el terreno de 10 734 157,44 m², queinvolucra al terreno de 5 542 386,84 m², se ubica en un áreadonde no se aprecian inscripciones ni superposiciones conpredios de dicho registro y por tanto se encuentra fuera de sujurisdicción; Que, en tal sentido, efectuada la exclusión de parte del área inscrita en la Ficha Nº 84202 del Registro de Predios deLima y del trabajo de gabinete se determinó que el área librede inscripción es de 5 542 386,84 m²; Que, el inciso iv) del Artículo 3º del Decreto Supremo Nº 131-2001-EF que aprueba el “Estatuto de la Superintenden-cia de Bienes Nacionales” señala que los terrenos eriazos oribereños se consideran bienes de propiedad estatal, por loque corresponde tramitar la primera inscripción de dominio delterreno de 5 542 386,84 m², de conformidad con el Artículo 3ºdel Decreto de Urgencia Nº 071-2001, Artículo 33º del DecretoSupremo Nº 154-2001-EF, que aprueba el “Reglamento Gene-ral de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propie-dad Estatal” y la Directiva Nº 001-2002/SBN, aprobada porResolución Nº 011-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº003-2004/SBN, aprobada por Resolución Nº 014-2004/SBN,que regula el trámite de inscripción de la primera de dominio depredios a favor del Estado; Que, los incisos h) y s) del Artículo 39º de la Resolución de Superintendencia de Bienes Nacionales Nº 315-2001/SBN,de fecha 3 de setiembre del 2001, que aprueba el “Reglamen-to de Organización y Funciones de la Superintendencia deBienes Nacionales”, facultan a la Jefatura de Adquisiciones yRecuperaciones a identificar los terrenos eriazos y/o en aban-dono con la finalidad de incorporarlos al dominio del Estado,así como a emitir en primera instancia las resoluciones de sucompetencia;