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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G30/G32/G39/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 13 de noviembre de 2004 071-2001-EF, Artículo 33º del Decreto Supremo Nº 154- 2001-EF, que aprueba el “Reglamento General de Pro-cedimientos Administrativos de los Bienes de PropiedadEstatal” y la Directiva Nº 001-2002/SBN que regula eltrámite de inscripción de la primera de dominio de pre-dios a favor del Estado, aprobada por Resolución Nº011-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, aprobada por Resolución Nº 014-2004/SBN; Que, los incisos h) y s) del Artículo 39º de la Resolu- ción de Superintendencia Nº 315-2001/SBN, de fecha 3de setiembre del 2001, que aprueba el “Reglamento deOrganización y Funciones de la Superintendencia deBienes Nacionales”, facultan a la Jefatura de Adquisi-ciones y Recuperaciones a identificar los terrenos eria-zos y/o en abandono con la finalidad de incorporarlos aldominio del Estado, así como a emitir en primera instan-cia las resoluciones de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por la Cuarta Dispo- sición Transitoria y Final del Decreto Ley Nº 25556, modi-ficado por el Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, De-creto Supremo Nº 131-2001-EF, “Estatuto de la Superin-tendencia de Bienes Nacionales”, Decreto Supremo Nº154-2001-EF, “Reglamento General de ProcedimientosAdministrativos de los Bienes de Propiedad Estatal”,modificado por Decreto Supremo Nº 107-2003-EF; y, Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 241-2004/SBN-GO-JAR, de fecha 20de setiembre de 2004 e Informe Complementario de fe-cha 29 de octubre de 2004; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de domi- nio a favor del Estado del terreno eriazo de 3 437,62 m²,ubicado al extremo noroeste de la Asociación Club LaHonda, colindante con el malecón de viviendas y la zonade servicios, distrito de Pucusana, provincia y departa-mento de Lima, según la documentación técnica quesustenta la presente Resolución. Artículo 2º.- La Zona Registral Nº IX - Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos,por el mérito de la presente Resolución efectuará la pri-mera inscripción de dominio a favor del Estado del terre-no descrito en el artículo precedente, en el Registro dePredios de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese.LILIANA ALCIRA CERRÓN BALDEÓN Jefa de Adquisiciones y Recuperaciones 20435 SUPERINTENDENCIA DE ENTIDADES PRESTADORAS DE SALUD /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G70/G72/G6F/G66/G65/G73/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G71/G75/G65/G20/G65/G6A/G65/G72/G63/G65/G72/GE1/G6E /G6C/G61/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G53/G45/G50/G53/G20/G65/G6E/G20/G61/G73/G75/G6E/G2D/G74/G6F/G73/G20/G63/G6F/G6E/G74/G65/G6E/G63/G69/G6F/G73/G6F/G73/G20/G61/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G6F/G73/G2C/G20/G6A/G75/G64/G69/G2D/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G79/G20/G70/G6F/G6C/G69/G63/G69/G61/G6C/G65/G73 RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 059-2004-SEPS/S Lima, 10 de noviembre del 2004 CONSIDERANDO: Que, el artículo 14º de la Ley Nº 26790, Ley de Moderni- zación de la Seguridad Social en Salud, preceptúa que laSuperintendencia de Entidades Prestadoras de Salud (SEPS)es un Organismo Público Descentralizado del Sector Saludque cuenta con autonomía funcional, administrativa y finan-ciera y se organiza de acuerdo a las normas que establece suEstatuto, el cual ha sido aprobado por Decreto Supremo Nº006-97-SA; Que, el Decreto Ley Nº 17537 que crea el Consejo de Defensa Judicial del Estado, en el artículo 2º establece quelos Procuradores de la República tienen la plena representa-ción del Estado en juicio y ejercitan su defensa en todos losprocesos y procedimientos en los que actúe como deman- dante, demandado, denunciante o parte civil; Que, el artículo 10º del Estatuto de la SEPS y el artículo 10º, literal a) del Reglamento de Organización y Funcionesde la SEPS, aprobado mediante Resolución de Superinten-dencia Nº 029-2001-SEPS/CD, en el marco de la PrimeraDisposición Transitoria de la Ley Nº 27427, establecen quecorresponde al Superintendente ejercer la representación anteautoridades públicas o privadas, instituciones nacionales odel exterior; Que, según el artículo 17º, literal d) del Reglamento de Organización y Funciones de la SEPS corresponde a la Ofici-na de Asuntos Jurídicos representar a la Institución en losasuntos contenciosos administrativos, judiciales y policiales; Que, en este sentido, se hace necesario designar a las personas que ejercerán dicha función; SE RESUELVE:Artículo 1º.- La representación a la que se refiere el artí- culo 17º, literal d) del Reglamento de Organización y Funcio-nes de la Superintendencia de Entidades Prestadoras deSalud (SEPS), corresponde ejercerla a los abogados queseguidamente se mencionan: - Rodrigo Teobaldo Zapata Seminario, identificado con DNI Nº 08803566, Abogado Jefe de la Oficina de AsuntosJurídicos. - Katherine Aurora Chang O'Ocampo, identificada con DNI Nº 07877344, Abogada de Derecho Público, de la Ofici-na de Asuntos Jurídicos. - María Raquel Gómez Mansilla, identificada con DNI Nº 29308678, Abogada de Derecho Privado, de la Oficina deAsuntos Jurídicos. Los citados profesionales se encuentran facultados para comparecer, indistintamente, en nombre y representación dela SEPS, ante cualquier entidad pública o privada y autorida-des administrativas, policiales, políticas o judiciales, con lasprerrogativas de los artículos 74º y 75º del Código ProcesalCivil; artículo 115º de la Ley Nº 27444; y, artículo 145º delCódigo Civil. Los representantes ejercitarán sus atribuciones siempre que el ejercicio de las mismas no colisione con las prerrogati-vas de representación y defensa del Estado en juicio quecompeten a la Procuraduría Pública del Ministerio de Salud. Artículo 2º.- Las personas designadas en el artículo pre- cedente no podrán desistirse, allanarse, conciliar, firmar con-tratos o convenios, transigir o celebrar actos de disposiciónalguno de derechos sustantivos, salvo resolución autoritativaexpresa del Consejo Directivo. Artículo 3º.- La presente Resolución entrará en vigen- cia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial ElPeruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.CÉSAR AUGUSTO DONAYRE CÁRDENAS Superintendente 20424 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G52/G45/G47/G49/G4F/G4E/G41/G4C/G45/G53 GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUE /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G6E/G75/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G76/G6F/G63/G61/G64/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6A/G65/G63/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G6F/G62/G72/G61/G20/G22/G41/G6D/G70/G6C/G69/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G2E/G45/G2E/G20/G31/G31/G32/G33/G39/G20/G4C/G61/G73/G44/G75/G6E/G61/G73/G20/G2D/G20/G50/G50 /G2E/G4A/G4A/G2E/G20/G53/G61/G6E/G20/G4D/G61/G72/G74/GED/G6E/G22 RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 613-2004-GR.LAMB/PR Chiclayo, 9 de noviembre de 2004 El Oficio Nº 169-2004/CEP emitido por el Comité Espe- cial así como el expediente del proceso de Selección "Adju-dicación Directa Selectiva Nº 0015-2004/GR-LAMB; median-