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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G38/G32/G36/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 2 de marzo de 2005 CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439 se crea el Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universida- des - CONAFU, como órgano autónomo de la AsambleaNacional de Rectores, teniendo como atribución: la de evaluar los proyectos y solicitudes de autorización de funcionamiento de las nuevas Carreras Profesionalesen las universidades bajo su competencia y, emitir resolu- ciones autorizando o denegando su funcionamiento, pre- via verificación del cumplimiento efectivo de los requisi-tos y condiciones establecidas en la Ley, y el Reglamen- to para la Autorización de Nuevas Carreras Profesiona- les en Universidades con Autorización Provisional deFuncionamiento; Que, con documento de Vistos, la Universidad Científi- ca del Sur, solicita al CONAFU, la evaluación del Pro-yecto de la Carrera profesional de Odontología, para lo cual adjuntó la documentación requerida para su admi- sión a trámite, habiéndose designado a la ComisiónEvaluadora encargada de verificar in situ la Solicitud; Que, la Comisión de Evaluación del CONAFU, luego de evaluar el Proyecto, recomendó que la Universidad corrigie-ra las observaciones establecidas, con la presentación de una versión actualizada del Proyecto; cuya evaluación fue suspendida con Resolución Nº 003-2004-CONAFU del 12de enero del 2004, a solicitud de la Comisión de Evaluación y Consolidación, reiniciándose el trámite de evaluación con Resolución Nº 062-2004-CONAFU del 19 de marzo del 2004,por lo que con Oficio Nº 705-2004-CONAFU-P del 11 de junio del 2004 se remitieron las observaciones establecidas al Proyecto a la Universidad para que las corrija con la pre-sentación de una última y definitiva versión, para cuyo pro- pósito se amplió el plazo otorgado con Resolución Nº 172- 2004-CONAFU del 2 de setiembre del 2004; Que, evaluada la solicitud en su nueva versión, la Comisión de Evaluación y Consolidación con Informe Nº 011-2005-CONAFU-CDAYC del 10 de febrero del 2005,informa que aún persisten debilidades extremas en la solicitud pues de las 27 debilidades encontradas única- mente se han levantado 04 la Sección Justificación delProyecto; la Universidad no presentó el estudio de mer- cado ni el formato aplicado a los 108 colegios-objetivos de Lima, sólo se ha presentado un estudio realizado a110 odontólogos, tampoco ha levantado las objeciones presentadas en conjunto por las Facultades de Odontolo- gía de las Universidades Cayetano Heredia y FedericoVillarreal, y no se ha pronunciado sobre las observacio- nes de la Asociación Peruana de Facultades de Odontolo- gía (ASPEFO); la estructura curricular presenta dese-quilibrio entre los objetivos del perfil profesional y las sumillas de los cursos, entre los cursos de formación general, básica y profesional, la concentración horaria yel número de alumnos por prácticas de acuerdo a los equipos disponibles; no existe correspondencia entre el número de docentes y su régimen de dedicación; la dis-tribución y acondicionamiento de los diferentes ambien- tes no cumplen con los requisitos del Reglamento Na- cional de Construcciones y el INDECI; no se ha realiza-do la estimación presupuestaria para la implementación de la carrera; por lo que de conformidad con el numeral 6.2 del artículo 6º de la Ley del Procedimiento Adminis-trativo General, se declara la conformidad con los fun- damentos y conclusiones del Informe Nº 011-2005-CO- NAFU-CDAYC del 10 de febrero del 2005, constituyen-do parte integrante de la presente Resolución; Que, por lo antes expuesto, no se dan en el Proyec- to, las condiciones necesarias para asegurar su ade-cuado desarrollo, lo que constituiría garantía de la cali- dad de los servicios que pretende ofrecer la Universidad Científica del Sur; Que, el Pleno del Consejo Nacional para la Autoriza- ción de Funcionamiento de Universidades (CONAFU), en su Sesión Ordinaria del 17 de febrero del 2005, luegode revisar el Expediente, con lo informado por las Comisiones Evaluadora, de Evaluación y Consolidación del CONAFU, acordó por unanimidad, no aprobar elProyecto de la Carrera Profesional de Odontología y, de conformidad con el literal c) del artículo 8º del Reglamen- to para la Autorización de Funcionamiento de NuevasCarreras en Universidades con Autorización de Funcio- namiento Provisional, denegar la solicitud por las defi- ciencias insalvables detectadas en su evaluación;Estando a lo expuesto, en concordancia con el artí- culo 2º, literal d) de la Ley Nº 26439, el Estatuto delCONAFU, el Reglamento para la Autorización de Nue- vas Carreras Profesionales en Universidades con Autorización Provisional de Funcionamiento; el AcuerdoNº 038-2005-CONAFU del 17 de febrero del 2005 y, en uso de las facultades conferidas por el literal c) del Artí- culo 20º del Reglamento General del CONAFU; SE RESUELVE: Artículo 1º.- NO APROBAR el Proyecto de la Carre- ra Profesional de Odontología, presentado por la Universi- dad Científica del Sur, por contener deficiencias insalva-bles detectadas en su evaluación, las que no permiten garantizar su adecuado desarrollo, ni niveles mínimos aceptables de calidad en la formación profesional que sepretende impartir. Artículo 2º.- NO AUTORIZAR el Funcionamiento de la Carrera Profesional de Odontología en la UniversidadCientífica del Sur, de conformidad con el Reglamento para la Autorización de Nuevas Carreras Profesionales en Universidades con Autorización de FuncionamientoProvisional. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.RICARDO NUGENT LÓPEZ-CHAVES Presidente HERACLIO CAMPANA AÑASCO Secretario General 04576 BANCO CENTRAL DE RESERVA /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G61/G20/G70/G61/G72/G61 /G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G65/G76/G65/G6E/G74/G6F/G20/G61/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G72/G73/G65/G20/G65/G6E/G45/G45/G2E/G55/G55/G2E RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO Nº 013-2005 Lima, 25 de febrero de 2005 CONSIDERANDO: Que, el Banco Central de Reserva del Perú tiene la finalidad de preservar la estabilidad monetaria y entre sus funciones está la de administrar las reservas inter- nacionales; Que para el cumplimiento de la referida función la Gerencia de Operaciones Internacionales tiene en- tre sus objetivos propender a la óptima administra-ción de las reservas internacionales del país, velar por la oportuna y correcta ejecución de las inversio- nes en el contexto del mercado internacional y forta-lecer los vínculos con organismos e instituciones del exterior; Que en tal sentido, se considera conveniente la partici- pación de la entidad en la conferencia, "2005 Centrall Bank Conference", organizada por el HSBC BANK PLC. que se llevará a cabo del 6 al 10 de marzo en la ciudadde Miami, Florida, para lo cual han cursado la invitación a este Banco Central; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, estando a lo acordado por el Directorio en su sesión de 17 de febrero de 2005; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje por estudios de la se- ñora Lida Cárdenas Fonseca, Analista Profesional de la Sección Inversiones en Divisas de la Gerencia de Opera-ciones Internacionales, del 6 al 11 a fin de intervenir en el certamen indicado en la parte considerativa de la pre- sente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que irrogue dicho viaje será como sigue: