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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G37/G32/G35/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 23 de abril de 2006 El anuncio incluye las afirmaciones “La diabetes se cura” y “El naturista científico más importante de nuestro tiempo ha descubierto la cura de la diabetes y otras enfermedades incurables”. Adicionalmente, se incluye el testimonio del señor Juan Carlos Ferrando: “Esto es un milagro de Dios, si mi familia hubieran (sic) creído en Víctor Medina, ahora estarían conmigo” . Finalmente, tal como se señaló en los antecedentes, el personal de la Secretaría Técnica de la Comisión constató que en el sitio web www.diabetessecur a.com se consignaban diversos testimonios de personas queafirmaban haber sido curadas de la diabetes gracias al tratamiento desarrollado por el señor Medina. III.2 La licitud del anuncio materia de denuncia En la resolución apelada, la Comisión ha determinado que la publicidad difundida por el INCINA infringía el principio de veracidad y las normas que regulan la publicidad testimonial, por las siguientes razones: (i) La denunciada atribuía al tratamiento desarrollado por el señor Medina la facultad de curar la diabetes, dandoa entender a los consumidores que se trata de un remedio permanente e irreversible contra ese mal, pero no había presentado medios probatorios o científicos que estaspropiedades. Al respecto, tuvo en cuenta que de los Informes Nº DIGEMID-CEMIS-OFICIO Nº 071-2005 y DIGEMID- CEMIS-OFICIO Nº 072-2005 se apreciaba que losproductos “Mediabet” y “Mediabet-T” en los que se sustentaba el tratamiento, han sido calificados por el Comité Especializado del Ministerio de Salud- CEMIS como“coadyuvantes al tratamiento de la diabetes moderada”. Asimismo, el Protocolo Nº 04/01 elaborado por el Instituto de Farmacia y Alimentos de la Universidad de laHabana sobre los supuestos efectos curativos del producto “Liofilizadoras de Plantas Víctor Medina Peña” únicamente ofrecía resultados sobre su toxicidad enroedores y no en humanos. (ii) Si bien se habían presentado declaraciones juradas y cartas por las que los testigos autorizaban a ladenunciada para que se informe en publicidad sobre su experiencia respecto de la supuesta “cura de la diabetes”, los testimonios no gozaban de autenticidad puesto queno se acreditó fehacientemente que (i) los testigos hayan padecido de diabetes; (ii) los efectos supuestamente permanentes e irreversibles del tratamiento sobre lasalud de los testigos respecto a esa enfermedad; y (iii) que su experiencia se deba única y exclusivamente al tratamiento proporcionado por el INCINA. III.2.1 La infracción al principio de veracidad El artículo 4º de las Normas de la Publicidad en Defensa del Consumidor señala que los anuncios no deben contener informaciones ni imágenes que puedaninducir a error al consumidor, especialmente en cuanto a las características del producto, el precio y las condiciones de venta 6. Esta es la expresión legislativa del principio de veracidad de la publicidad7. El sentido del artículo 4º de la citada Ley consiste en que, en toda actividad publicitaria, se respete la verdad, evitandoque se deformen los hechos o se induzca a error 8. El referido principio de veracidad «no debe ser aplicado indiscriminadamente a toda suerte de expresiones publicitarias. Antes al contrario, con respecto a la aplicación del principio de veracidad, deben diferenciarse varios tipos de expresiones publicitarias. Estos tipos son, fundamentalmente, los tres siguientes: expresiones triviales y formuladas en términos generales; afirmaciones o apreciaciones carentes de contenido comprobable; alegaciones concretas y comprobables.»9. El primer tipo de expresiones publicitarias corresponde a aquellas expresiones triviales que son hechas generalmente a través de frases vacías que los consumidores interpretancomo incitaciones a adquirir el producto anunciado, por lo que no contienen alegaciones comprobables respecto al producto anunciado, estando exentas, por tanto, de la aplicación delprincipio de veracidad 10. La segunda categoría de expresiones publicitarias está compuesta por las afirmaciones carentes decontenido comprobable, más conocidas como juicios estimativos o valorativos. Ellas se limitan a exteriorizar una opinión del anunciante, la cual - como todas lasopiniones - es subjetiva e imposible de comprobar objetivamente. Por tanto, esta segunda categoría deexpresiones publicitarias, queda también fuera del ámbito de aplicación del principio de veracidad 11. 6NORMAS DE LA PUBLICIDAD EN DEFENSA DEL CONSUMIDOR, Artículo 4.- Los anuncios no deben contener informaciones ni imágenes que directa o indirec- tamente, o por omisión, ambigüedad, o exageración, puedan inducir a error al consumidor, especialmente en cuanto a las características del producto, el precioy las condiciones de venta. Los anuncios de productos peligrosos deberán prevenir a los consumidores con- tra los correspondientes riesgos.Los anuncios que expresen precios deberán consignar el precio total del bien o servicio, incluido el Impuesto General a las Ventas que corresponda. Cuando se anuncie precios de ventas al crédito deberá incluirse, además el importe de lacuota inicial, el monto total de los intereses y la tasa de interés efectiva anual, el monto y detalle de cualquier cargo adicional, el número de cuotas o pagos a realizar y su periodicidad. 7 Mediante la Resolución Nº 901-2004/TDC-INDECOPI emitida por la Sala de Defensa de la Competencia el 7 de diciembre de 2004 en el procedimiento seguido por elseñor Robert Aguilar Rivas contra Telmex Perú S.A. y TGC Publicidad S.A.C. en el Expediente Nº 107-2003/CCCD, se aprobó el siguiente precedente de observan- cia obligatoria: “1. Las infracciones al principio de veracidad contenido en el artículo 4 del Decreto Legislativo Nº 691 pueden verificarse a través de la publicidad falsa o de lainducción a error al consumidor. La publicidad falsa representa el caso más elemental de infracción al principio de veracidad pues implica que las afirmacio- nes empleadas no corresponden a la realidad. En cambio, la inducción a error alconsumidor puede ocurrir incluso cuando las afirmaciones presentadas en el anuncio sean verdaderas, dependiendo de la forma en que dichas afirmaciones sean presentadas y de las imágenes que acompañan a dichas afirmaciones.2. La afectación al principio de veracidad se encuentra estrechamente relaciona- da con la vulneración del derecho a la información de los consumidores. Ello debido a la doble naturaleza de la infracción al principio de veracidad publicitaria,la cual constituye un ilícito concurrencial -es decir, un acto de competencia desleal, en la modalidad de acto de engaño- y, a la vez, una afectación al derecho a la información de los consumidores.3. El contenido esencial del derecho a la información de los consumidores es la puesta a disposición del consumidor, de manera clara, efectiva y comprensible, de todos aquellos elementos necesarios para que éste tome una decisión deconsumo adecuada en la adquisición de bienes o servicios, en particular, las advertencias, riesgos previsibles, precauciones, limitaciones, requisitos y con- diciones relacionados con la adquisición de los productos ofertados, no bastandola sola indicación de su existencia sino que debe mencionarse expresamente en qué consisten. Este contenido esencial es el mínimo indispensable para que el derecho a la información de los consumidores sea reconocible como tal y no sevea vaciado de contenido. 4. Cuando diversos anuncios son difundidos, en un mismo espacio geográfico y temporal, por el mismo anunciante, a través de diversos medios tales como,televisión, catálogo de ventas, revistas, paneles e internet, respecto a los mis- mos productos y conteniendo el mismo mensaje publicitario destinado a la pro- moción directa o indirecta de la adquisición de productos, la evaluación integralimpide que se analice dicha situación como una simple difusión de anuncios aislados sino que debe realizarse como una campaña publicitaria efectuada en el marco de una estrategia integral de comunicación de mercadotecnia y diseña-da con la finalidad de promocionar los productos anunciados. 5. En el caso de campañas publicitarias, la exigencia del respeto al contenido esencial del derecho a la información de los consumidores alcanza a cada unode los medios en los que se difunde la campaña. Los perfiles particulares de cada medio de comunicación empleado en la campaña no pueden ser utilizados como justificación para dejar de brindar a los consumidores, de manera clara, efectivay comprensible, todos aquellos elementos necesarios para que éste tome una decisión de consumo adecuada en la adquisición de bienes o servicios. 6. En el Derecho de la Publicidad, la existencia de una afectación al contenidoesencial del derecho a la información de los consumidores determina una inducción a error al consumidor y, por tanto, una vulneración del principio de veracidad. 7. La difusión de advertencias, restricciones o limitaciones, cuando el medioutilizado sea la televisión o la radio, deberá tener una exposición al consumidor no menor del tiempo que demore una lectura ininterrumpida de todo el texto o la escucha de la lectura del mismo en el caso de la radio.” 8 Este es el sentido general del principio de veracidad según la legislación com- parada actual y pasada. Cfr. FERNÁNDEZ-NÓVOA, Carlos. La sujeción de lasexpresiones publicitarias al principio de veracidad. p.374. En Actas de Derecho Industrial. Madrid. t.2 (1975) 9 Ibid., p. 374-375. 10 Ibid., p.375. 11 Ibid., p.376.