Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE ABRIL DEL AÑO 2006 (28/04/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 31

PÆg. 317565 NORMAS LEGALES Lima, viernes 28 de abril de 2006 al Magistrado Coordinador, por parte de la Oficina de Administración de la sede y de la Jefatura deAdministración Distrital de esta Corte Superior. Artículo Quinto.- PONER la presente resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial,Oficina de Control de la Magistratura, Gerencia Generaldel Poder Judicial, Fiscalía de la Nación y la Oficina deAdministración Distrital. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. MARÍA ZAVALA VALLADARES Presidenta de la Corte Superiorde Justicia de Lima 07538 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 152-2006-P-CSJL/PJ Mediante Oficio Nº 465-2006-RA-P-CSJL(FVS), la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Limasolicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Administrativa Nº 152-2006-P-CSJL/PJ, publicada en la edición del 27 de abril de 2006. DICE:Artículo Segundo.- DISPONER la REINCORPO- RACIÓN del doctor JAIME AMADO ALVAREZ GUILLEN como Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia deLima, debiendo integrar la Quinta Sala Especializada enlo Civil de Lima, quedando conformada la misma de lasiguiente manera: Quinta Sala Especializada en lo Civil: Jaime Amado Alvarez Guillen (T) Presidente María Elena Palomino Thompson (T)Rosa María Ubillus Fortini (T) DEBE DECIR: Artículo Segundo.- DISPONER la REINCORPO- RACIÓN del doctor JAIME AMADO ALVAREZ GUILLENcomo Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia deLima, debiendo integrar la Quinta Sala Especializada en lo Civil de Lima, quedando conformada la misma de la siguiente manera: Quinta Sala Especializada en lo Civil:María Elena Palomino Thompson (T) Presidenta Jaime Amado Alvarez Guillen (T) Rosa María Ubillus Fortini (T) 07505 ORGANISMOS AUTÓNOMOS CONTRALORÍA GENERAL Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra presuntos responsablesde diversos delitos en agravio de laMunicipalidad Provincial de Lampa RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 123-2006-CG Lima, 26 de abril de 2006 VISTO, el Informe Especial Nº 042-2006-CG/ORPU, resultante del Examen Especial efectuado a laMunicipalidad Provincial de Lampa, Región Puno, por elperíodo comprendido del 1.ENE.2003 al 31.DIC.2004,incluyendo operaciones anteriores y posteriores alperíodo citado; y,CONSIDERANDO: Que, la Contraloría General de la República, dispuso la ejecución de una acción de control no programada a la Municipalidad Provincial de Lampa, a fin de determinar si la entidad ha dado cumplimiento a los objetivos y metasinstitucionales en observancia a la normatividad legalaplicable, referente a la adquisición de bienes,contratación de servicios y el correcto uso de losrecursos del Estado; incidiendo en la verificación de las presuntas irregularidades denunciadas; Que, como resultado de la acción de control, la Comisión Auditora ha evidenciado que se emitieroncheques sin que exista la documentación que sustentela conformidad y recepción de los bienes y/o servicios,habiéndose generado un perjuicio económico a la municipalidad ascendente a S/. 13 000,00; hechos que hacen presumir la existencia de indicios razonables dela comisión de los delitos de Abuso de Autoridad, Omisión,rehusamiento o demora de actos funcionales y Peculado,previstos y penados en los artículos 376º, 377º y 387ºdel Código Penal; Que, por otro lado se ha evidenciado un pago irregular de S/. 5 600,00 por la elaboración de un expedientetécnico, sin que se haya prestado el servicio respectivo;para dichos efectos, se emitió el comprobante de pago,la orden de servicio, la conformidad del mismo y el chequerespectivo, consignando en los mismos el nombre de un supuesto locador; hechos que hacen presumir la existencia de indicios razonables de la comisión de losdelitos de Peculado y Contra la Fe Pública, en lasmodalidades de Falsedad Ideológica y Genérica,previstos y penados en los artículos 387º, 428º y 438ºdel Código Penal; Que, de acuerdo con lo establecido en el literal d) del Art. 22º de la Ley Orgánica del Sistema Nacional deControl y de la Contraloría General de la República,constituye atribución de este Organismo Superior deControl, disponer el inicio de las acciones legalespertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Público, en los casos en que la ejecución directa de una acción de control se encuentre daño económico opresunción de ilícito penal, correspondiendo autorizar alProcurador Público a cargo de los asuntos judiciales dela Contraloría General de la República, el inicio de lasacciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto; De conformidad con el artículo 22º inciso d) de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Controly de la Contraloría General de la República, y el DecretoLey Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al señor Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la ContraloríaGeneral de la República, para que en nombre yrepresentación del Estado, inicie las acciones legales correspondientes por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, contra lospresuntos responsables comprendidos en el Informe deVisto, remitiéndosele para el efecto los antecedentes delcaso. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 07453 J N E Declaran improcedentes e infundada impugnaciones interpuestas contraresoluciones emitidas por el Jurado Electoral Especial de Ica RESOLUCIÓN Nº 428-2006-JNE Expediente Nº 315-2006 Lima, 22 de abril de 2006