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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE JULIO DEL AÑO 2006 (27/07/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 184

TEXTO PAGINA: 34

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 325170El Peruano jueves 27 de julio de 2006 civil. De esta manera, se mejora la calidad de la inversión orientada a jóvenes y se evita la duplicidad de esfuerzos.Asimismo, se incrementa la efectividad de los esfuerzos ya existentes, se fomenta la creación de nuevos servicios y oportunidades a favor de la juventud y se amplia elvalor público de las políticas y programas. Es por ello necesario desarrollar al máximo las capacidades de planeamiento y de gestión de políticas públicas orientadasa jóvenes en todos los niveles del Estado. Alcanzar dichos grados de coordinación en la gestión pública no es tarea fácil, ni puede lograrse únicamente mediante la emisión de normativaso la generación de instrumentos de política a corto plazo. Constituye un proceso de construcción de institucionalidad y de capacidades de gestión que deberá darse a lo largo de losaños y estar acompañado de procesos independientes de monitoreo y evaluación. El Plan Nacional de la Juventud 2006- 2011 ha sido elaborado en esta perspectiva. Plan Nacional de la Juventud 2006-2011 El Plan Nacional de la Juventud 2006-2011 está orientado a desarrollar las capacidades del Estado y de la Sociedad Civil para crear mayores y mejoresoportunidades para las y los jóvenes. Asimismo, busca institucionalizar las políticas intersectoriales y sectoriales de juventudes en los tres niveles de gobierno: el centralcomo normativo y articulador; el regional como coordinador y promotor; y el municipal como ejecutor. Por otro lado, a través del cumplimiento de las metas y objetivospropuestos en el Plan Nacional de la Juventud 2006-2011 se busca fortalecer y garantizar la participación de las y los jóvenes en el sistema democrático y convertirlos enactores estratégicos del desarrollo nacional. 2. MARCO JURÍDICO El Plan Nacional de la Juventud 2006 - 2011 ha sido desarrollado en concordancia con los dispositivosnormativos nacionales e internacionales que regulan o desarrollan temas relacionados a las juventudes. A continuación se detallan los principales instrumentos: 2.1 LEGISLACIÓN NACIONAL  Constitución Política del Perú Si bien no existe una mención expresa a las y los jóvenes , resulta importante la base del capítulo 1 de la Constitución Política del Perú, en tanto allí se encuentran contenidos los derechos fundamentales de la persona.En ese sentido, el artículo 2 del capítulo referido reconoce, entre otros, los derechos de igualdad ante la ley (Inc. 2), libertad de conciencia y religión (Inc. 3), libertades deinformación y opinión (Inc. 4); así como el derecho a participar, en forma individual o asociada, en la vida política, económica, social y cultural de la Nación (Inc. 17). De manera específica, se menciona al adolescente (joven de 15 a menor de 18 años) en el artículo siguiente: Artículo 4º: “La comunidad y el Estado protegen especialmente al niño, al adolescente , a la madre y al anciano en situación de abandono. También protegen ala familia y promueven el matrimonio (…)”  Ley Nº 27377, Código de los Niños y Adolescentes 3 Título Preliminar Artículo I.- Definición.- Se considera niño a todo ser humano desde su concepción hasta cumplir los doceaños de edad y adolescente desde los doce hasta cumplir los dieciocho años de edad. Artículo II.- Sujeto de derechos.- El niño y el adolescente son sujetos de derechos, libertades y de protección específica. Deben cumplir las obligacionesconsagradas en esta norma. Además de desarrollar los derechos que le asisten a los adolescentes como personas (derechos reconocidospor la Constitución, tales como integridad personal, identidad, libertad de opinión, expresión, pensamiento, al libre tránsito, a la asociación, etc.), el Código estableceel derecho a la atención integral de salud (Art. 21) y a la educación, cultura, deporte y recreación (Art. 14), asícomo a participar en programas culturales, deportivos y recreativos, para lo cual el Estado tiene la obligación de estimular y facilitar la aplicación de recursos y espaciosfísicos para la ejecución de estos programas (Art. 20). Por otro lado, el Código asegura la importancia de la opinión del adolescente en casos tales como la tenencia(Art. 85), donde el juez especializado está obligado a tomar en cuenta su opinión. Asimismo, en el Consejo de Familia, que se constituye para velar por el interés delmenor sin padre ni madre o discapacitado, el adolescente participa con derecho de voz y voto (Art. 102). Finalmente, es importante destacar lo indicado en los artículos 27 y 28 sobre el Sistema Nacional de Atención Integral al Niño y al Adolescente : Artículo 27.- Definición.- El Sistema Nacional de Atención Integral al Niño y al Adolescente es el conjunto de órganos, entidades y servicios públicos y privados que formulan, coordinan, supervisan, evalúan y ejecutan los programas y acciones desarrollados para la protección y promoción de los derechosde los niños y adolescentes. El sistema funciona a través de un conjunto articulado de acciones interinstitucionales desarrolladas por instituciones públicas y privadas. Artículo 28.- Dirección del Sistema y Ente Rector.- El Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano (PROMUDEH) dirige el sistema como Ente Rector. La ejecución de planes y programas, la aplicación de medidas de atención que coordina, así como la investigación tutelar ylas medidas de protección, se ubican en el ámbito administrativo. El PROMUDEH tiene como jefe del sistema a un técnico especializado en niños y adolescentes 4.  Ley Nº 27802, Ley del Consejo Nacional de la Juventud Artículo 1º. La presente ley tiene por objeto establecer el marco normativo e institucional que oriente las accionesdel Estado y de la sociedad en materia de política juvenil, que permita impulsar las condiciones de participación y representación democrática de los jóvenes, orientados ala promoción y desarrollo integral de la juventud. Artículo 2º. Son beneficiarios de la presente ley los adolescentes y jóvenes comprendidos entre los 15 y 29 años de edad, sin discriminación alguna que afecte sus derechos, obligaciones y responsabilidades. El rango deedad establecido no sustituye los límites de edad regulados en materia de garantías, sistemas de protección y derechos laborales respecto a los adolescentes.  Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Dentro de las funciones específicas de los Gobiernos Regionales tenemos: Artículo 60º: Funciones en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades h) Formular y ejecutar políticas y acciones concretas orientando para que la asistencia social se torneproductiva para la región con protección y apoyo a los niños, jóvenes, adolescentes , mujeres, personas con discapacidad, adultos mayores y sectores sociales ensituación de riesgo y vulnerabilidad. 3El CONAJU tiene como población objetivo a las personas entre 15 y 29 años, vale decir que los y las adolescentes que tienen entre 15 y 18 años están incluidos. 4De conformidad con la Primera Disposición Transitoria y Final de la Ley Nº 28330, publicada el 14-08-2004, toda mención al Ministerio de Promociónde la Mujer y Desarrollo Humano - PROMUDEH en el marco de la competenciaen materia tutelar que le fuera asignada por la Ley Nº 27337 se entenderáreferida al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES.