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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 325160El Peruano jueves 27 de julio de 2006 4. La fecha de nacimiento que figura en los escalafones es la registrada al ingreso a lainstitución, por ningún motivo puede ser variada. 5. El personal de la Policía Nacional del Perú que retorna de la Situación de Disponibilidad a la de Actividad, ocupa en el Escalafón respectivo el orden que le corresponde ensu Grado por el Tiempo de servicios prestados en Situación de Actividad. 63.2 La Dirección de Recursos Humanos de la Policía Nacional del Perú, es también responsable de la actualización del registro del personal de la PolicíaNacional del Perú en Situación de Disponibilidad y Retiro, mediante listados en orden a su Categoría, Jerarquía y Grado, así comoAntigüedad y Campo Ocupacional. TÍTULO III DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL PERSONAL DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ CAPÍTULO I DERECHOS Artículo 64º.- Derechos del Personal de la Policía Nacional del Perú Son derechos del personal de la Policía Nacional del Perú: 1. El respeto y las consideraciones que su autoridad le otorga. 2. No cumplir disposiciones que constituyan manifiesta violación de la Constitución y las leyes;no pudiendo invocarse el principio de obediencia debida para amparar la comisión de actos manifiestamente ilegales ordenados por sussuperiores. 3. La capacitación permanente, en el país o en el extranjero, que garantice su desarrolloprofesional, de acuerdo a lo establecido en las normas relativas a la carrera policial. 4. Al ascenso y promoción al interior de la Policía Nacional del Perú, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en la normas relativas a la carrera policial, y de acuerdo con lasnecesidades institucionales. 5. La afectación de armamento, vestuario y equipo que garanticen el eficiente cumplimiento de susfunciones con la debida seguridad. 6. Una remuneración justa que contemple su nivel de formación, movilidad por razones de servicio,dedicación, el riesgo que comporta el cumplimiento de su misión y funciones, así como los demás beneficios que les corresponde deacuerdo a la normatividad vigente. 7. Percibir los beneficios que señala la normatividad correspondiente, cuando el personal de la PolicíaNacional del Perú adolezca de enfermedad acreditada por la Dirección de Sanidad de la Policía Nacional del Perú, como irrecuperable oterminal, que lo imposibilite para continuar en el servicio activo. 8. El tratamiento y la asistencia médica por cuenta del Estado del titular en Situación de Actividad, Disponibilidad y Retiro con derecho a pensión, hasta su recuperación. Este derecho se haceextensivo al cónyuge, a los hijos hasta alcanzar su mayoría de edad o hasta culminar sus estudios, y a los padres del titular, de acuerdocon las normas vigentes y aplicables sobre la materia. 9. Desempeñar labores de acuerdo a sus limitaciones, cuando por cualquier circunstancia o enfermedad, se sufre disminución de capacidad física o sensorial. 10. El asesoramiento y defensa legal por cuenta del Estado, cuando sea demandando en la vía civil o denunciado penalmente, así como procesadoadministrativamente por actos, omisiones o decisiones adoptadas en el ejercicio regular de sus funciones.11. Recurrir a las instancias internas y externas pertinentes, una vez agotados los trámitesadministrativos internos, siempre y cuando elpersonal de la Policía Nacional del Perúconsidere que sus derechos han sidovulnerados o que no ha sido atendida su justareclamación. 12. El uso de permisos, licencias y al goce de vacaciones anuales, conforme al Reglamentode la presente Ley. 13. En el caso del personal femenino de la Policía Nacional del Perú, ser exceptuado de accionesy situaciones que pongan en riesgo su embarazoy su salud, durante el período de gestación ylactancia, así como ser exceptuado del serviciode veinticuatro (24) por veinticuatro (24) horaspor las mismas razones y en las mismascircunstancias, según lo dispuesto en el artículo4º de la Ley Nº 28308. 14. El reconocimiento como Tiempo de servicios, del tiempo de formación como Cadete o Alumno,y hasta cuatro (4) años de la formaciónprofesional para los Oficiales de Servicios,cuando el personal masculino haya cumplidoveinte (20) años de Tiempo de servicios ydiecisiete (17) años y medio para el personalfemenino. Este reconocimiento no puedeocasionar, en ningún caso, efectos negativosen la carrera policial del personal de la PolicíaNacional del Perú. 15. Reconocimiento de beneficios económicos por cambio de residencia cuando pase a la Situaciónde Retiro en una Unidad Territorial diferente a laque haya fijado como domicilio. 16. Ser atendido en audiencia por las instancias pertinentes de conformidad a disposicionesvigentes. 17. Los demás derechos, beneficios y prerrogativas reconocidos por la Constitución, las leyes y susrespectivos reglamentos, aplicables a la PolicíaNacional del Perú. Artículo 65º.- Beneficios para Cadetes y AlumnosPara efecto de los beneficios económicos, previsionales y de salud que se generen de hechosproducidos en Acción de Armas, Acto, Consecuencia uOcasión del Servicio, los Cadetes de la Escuela deOficiales y Alumnos de las Escuelas de Suboficiales,que participen en dichas situaciones, son consideradosen los Grados de Alférez y Suboficial de Tercera,respectivamente. CAPÍTULO II OBLIGACIONES Artículo 66º.- Obligaciones del Personal de la Policía Nacional del Perú Son obligaciones del personal de la Policía Nacional del Perú las siguientes: 1. Respetar y cumplir con los mandatos establecidos en la Constitución, las Leyes, los reglamentos ylas órdenes que en el marco legal vigente,imparten sus superiores. 2. Ejercer la función policial en todo momento, situación o circunstancia por considerarsesiempre de servicio. 3. Sujetar su actuación profesional de conformidad al Grado y la subordinación que demande,cumpliendo las disposiciones de sus superioresen el tiempo, lugar y modo indicados, salvo loprevisto en el numeral 2 del artículo 64º de lapresente Ley. 4. Cumplir sus funciones con imparcialidad, responsabilidad, diligencia y prontitud, así comoejercerlas con lealtad y ética profesional. 5. Informar a toda persona en el momento de su detención de las razones de la privación de sulibertad, así como de sus derechos consti-tucionales, respetando su dignidad humana,dentro del marco de los Derechos Humanos.