Norma Legal Oficial del día 09 de junio del año 2006 (09/06/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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LICA DEL P E

RU

320808

NORMAS LEGALES

El Peruano viernes 9 de junio de 2006

para que se formule una Directiva o Circular donde se disponga que los Magistrados de las Cortes Superiores de Justicia a nivel nacional, se abstengan de solicitar el registro como antecedentes policiales de personas que han sido juzgadas, adjuntando resoluciones de sentencias condenatorias a la Division Central de Identificacion Policial, asi como a las diferentes Oficinas de Criminalistica de las Regiones Policiales; CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo previsto en el Art. 8º, Inc. 3 de la Ley Nº 27238 de la Policia Nacional del Peru, se establece que la PNP debera registrar y centralizar los antecedentes policiales de las personas, asi como las requisitorias judiciales y, estando al mandato de la autoridad jurisdiccional del distrito judicial de Camana MORDAZA quienes solicitan a la Direccion General de la PNP el Registro de Antecedentes Policiales los contenidos en sentencia, es necesario determinar los conceptos de antecedentes policiales, judiciales y penales y cuando la Policia Nacional del Peru debe registrar los antecedentes policiales y cual es su naturaleza juridica; Que, mediante Resolucion de fecha 23MAR2006, el Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, ha designado al Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, como representante del Poder Judicial, para conformar la Comision Multisectorial que aborde la problematica planteada por la Direccion de Criminalistica de la Policia Nacional del Peru; Que, con Resolucion Nº 3660-2006 de 8MAR2006, la Fiscal de la Nacion, ha designado al Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Provincial Titular de la Tercera Fiscalia Provincial Penal de MORDAZA, como representante del Ministerio Publico, para conformar la Comision Multisectorial que aborde la problematica planteada por la Direccion de Criminalistica de la Policia Nacional del Peru; Que, mediante Informe Nº 0078-2003-IN-0201 del 4ENE2006, se designa a la Dra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como representante de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio del Interior - OGAJMIN, para conformar la Comision Multisectorial que aborde la problematica planteada por la Direccion de Criminalistica de la Policia Nacional del Peru; Que, mediante Devolucion Nº 194-2006-EMG-PNP/ SEC del 15FEB2006, se designa al MORDAZA PNP MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como representante de la Jefatura del Estado Mayor General de la Policia Nacional del Peru, para conformar la citada Comision; Que, mediante Oficio Nº 248-2006-DIRINCRI-PNP/ EM-UPA del 8MAR2006, se designa al Comandante PNP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como representante de la Direccion de Investigacion Criminal de la Policia Nacional del Peru, para conformar la Comision Multisectorial; Que, mediante Oficio Nº 110-2006-DIRCRI-PNP/Sec del 21MAR2006, se designa al Mayor PNP MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como representante de la Direccion de Criminalistica de la Policia Nacional del Peru, para conformar la referida Comision; Que, mediante Oficio Nº 074-2006-DP/PDA del 13MAR2006 procedente de la Defensoria del Pueblo, se designa a la Dra. MORDAZA TUMIALAN MORDAZA, Jefa del Equipo de Proteccion de Derechos Humanos en Dependencias Policiales, como representante de la Defensoria del Pueblo para conformar la Comision Multisectorial que aborde la problematica planteada por la Direccion de Criminalistica de la Policia Nacional del Peru; Que, mediante Oficio Nº 268-2006-INPE/01 del 12ABR2006, se designa al MORDAZA PNP (r) MORDAZA HIRSH MORDAZA, como representante del Instituto Nacional Penitenciario, para conformar la Comision Multisectorial; Estando a lo expuesto, contando con la visacion de la Oficina de Asesoria Juridica y Legislacion del EMGPNP, en merito a las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo Nº 370, modificado por la Ley Nº 28141 y el Decreto Supremo Nº 004-2005-IN del 26JUL2005, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior;

Lo propuesto por el Sr. General de Policia Director General de la Policia Nacional del Peru; y, Lo opinado por el Sr. Ministro del Interior; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Constituyase la Comision Multisectorial con representantes del Poder Judicial, Ministerio del Interior, Ministerio Publico, Defensoria del Pueblo y del Instituto Nacional Penitenciario, que abordaran la problematica relacionada con las anotaciones de las sentencias judiciales condenatorias en los Registros de Antecedentes Policiales y otros temas conexos, solicitadas por las autoridades del Poder Judicial. Articulo 2º.- La Comision a que se refiere el articulo precedente estara integrada por:
MORDAZA MORDAZA, MORDAZA - Cmdte. PNP MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA - My. PNP MORDAZA MORDAZA, MORDAZA - Dra. MORDAZA MORDAZA, MORDAZA - Dr. MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA - Dr. MORDAZA MORDAZA, MORDAZA G. - Dra. TUMIALAN MORDAZA, MORDAZA - Crnl. PNP (r) HIRSH MORDAZA, MORDAZA - Crnl. PNP JEMG-PNP Presidente

DIRINCRI-PNP Vocal DIRCRI-PNP OGAJ-MIN CSJR Fiscalia de la Nacion Defensoria del Pueblo INPE Secretario Representante Representante Representante Representante Representante

Articulo 3º.- La Comision citada debera presentar su Informe Final al Despacho Ministerial en un plazo no mayor de SESENTA (60) dias calendario siguientes a su instalacion, adjuntando los documentos de accion necesarios para la aprobacion y aplicacion en la Policia Nacional, Poder Judicial y Ministerio Publico. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Sr. Ministro del Interior. Registrese, comuniquese y publiquese. Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA TOMASIO Ministro del Interior 10270

JUSTICIA
Disponen la publicacion del capitulo relativo a "Hechos Probados" y de "Puntos Resolutivos" de la sentencia expedida en el Caso MORDAZA MORDAZA y Otros (Nº 12.084 CDH), dictada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos
RESOLUCION SUPREMA Nº 096-2006-JUS MORDAZA, 7 de junio de 2006 VISTO: La sentencia dictada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, de fecha 7 de febrero de 2006 en el Caso MORDAZA MORDAZA y otros (Nº 12.084 CDH); CONSIDERANDO: Que, mediante la sentencia de fecha 7 de febrero de 2006, la Corte Interamericana de Derechos Humanos declaro que el Estado Peruano violo en perjuicio de MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Otros, diversos derechos consagrados en la Convencion Americana sobre Derechos Humanos, resolviendo, entre otras cuestiones, que el Estado debe reparar los danos causados por las violaciones;

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