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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE MAYO DEL AÑO 2006 (08/05/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 35

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G38/G33/G35/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 8 de mayo de 2006 Siendo: Rf = Tasa de rentabilidad para inversores sin riesgo, corresponde a la rentabilidadalternativa que es capaz de obtener un inversor sin que ésta dependa para nada de algún nivel de incertidumbrefinanciera. β = Mide el riesgo sistemático o riesgo de mercado, el cual indica la sensibilidad de una acción de una empresa a los movimientos del mercado si estácotizada en bolsa. (Rm – Rf) = Prima del mercado peruano, se basa en la diferencia entre la rentabilidad esperada del mercado peruano (Rm) y el rendimiento esperado sin riesgo (Rf).Se puede utilizar la diferencia entre los bonos Brady y PDI (Rm) y los bonos del tesoro americano a 30 años (Rf) ARTÍCULO V.J.57 Para determinar la tasa de crecimiento del flujo de caja libre a perpetuidad (g) se optará dentro de la alternativa siguiente: a. Extrapolar el incremento medio histórico de los ingresos producidos por la marca. Este procedimiento implica una estimación de la tasa a largo plazo, que puedeprolongarse hasta el infinito; y b. Asumir la tasa de crecimiento real de la economía (PBI) más la inflación, en el supuesto que a grandesrasgos el flujo de caja libre de la marca debe crecer con la economía del país. ARTÍCULO V.J.58 Las necesidades operativas de fondos para el período anterior al primer año proyectado ( NOF to ) resultará de la diferencia del activo corriente y pasivo corriente del período anterior al primer año proyectado. Activo corriente (AC) en el período cero (anterior al primer año proyectado) - Caja mínima para las operaciones - Cuentas por cobrar comerciales - Existencias - Gastos pagados por anticipado relacionados con la marca - Otros activos corrientes relacionados con la marca Pasivo corriente (PC) en el período cero (anterior al primer año proyectado) - Cuentas por pagar comerciales - Impuestos por pagar relacionados con la marca- Otras cuentas por pagar relacionadas con la marca Todo esto queda expresado en la fórmula siguiente: NOF to = AC - PC ARTÍCULO V.J.59 El activo fijo neto del período anterior al primer año proyectado (AF to) será considerado para la proyección del flujo de caja libre explícito, necesario para producir elproducto o servicio de la marca. ARTÍCULO V.J. 60 El método de valuación por criterio múltiple emplea las utilidades ponderadas después de impuestos de los tres últimos años, como indicador de la rentabilidad de lamarca. Para determinar las utilidades de la marca se debe: - Actualizar a valores corrientes las utilidades históricas de la marca. - Determinar la tasa de descuento a ser utilizada.- Ajustar las utilidades de la marca que se este valorizando por el impuesto a la renta. Determinada la rentabilidad promedio de la marca, a ésta se le afecta por un múltiplo, el cual se calcula en base a las fortalezas de la marca, basada en siete factorescon pesos de acuerdo a criterios preestablecidos en rango entre 1 y 100 puntos, en base a la información proporcionada por el propietario de la marca.Los factores a utilizar son: - Gerencia: referido a la habilidad de la marca de comportarse como líder del mercado, afianzando losbeneficios que se obtiene al tener una participación dominante del mercado. - Estabilidad: Las marcas que mantienen su imagen y retienen la lealtad del consumidor en el largo plazo, son más valiosas que las marcas que no poseen estas características. - Mercado: algunas marcas son mas apreciadas en determinados mercados gracias a su habilidad de generar volúmenes importantes de ventas, debido a laexistencia de mercados estables o barreras de entrada para los competidores. - Internacionalización: las marcas de ámbito internacional o con potencial para extenderse regionalmente son más reconocidas. - Tendencia: característica de la marca de permanecer en la percepción de los consumidores en forma continua. - Apoyo: las marcas que se han manejado de forma consistente y se han apoyado con el tiempo en la organización,son mucho más valiosas que las marcas que han funcionado sin una adecuada estructura organizacional. - Protección: se considera los problemas legales asociados a la marca, teniendo en cuenta que son más valiosas aquellas marcas que son parte de una organización que posee el derecho legal de protegerlas. TÍTULO VI VALUACIÓN DE AERONAVES CAPÍTULO A GENERALIDADES ARTÍCULO VI.A.01 AERONAVE Se considera aeronave a los aparatos o mecanismos que pueden circular en el espacio aéreo sustentándoseen la atmósfera por las reacciones del aire y que sean aptos para el transporte de personas o cosas. Quedan excluidos de esta definición los aparatos o mecanismosdenominados de efecto suelo o de colchón de aire. Las aeronaves tienen naturaleza jurídica de bienes inmuebles. Los motores de las aeronaves tienen naturaleza jurídica de bienes muebles registrables. ARTÍCULO VI.A.02 CLASIFICACIÓN DE AERO- NAVES Las aeronaves se clasifican como de Estado y civiles.Son aeronaves de Estado las utilizadas en servicios militares, de policía y aduana. Las demás aeronaves son civiles, aunque sean propiedad del Estado. ARTÍCULO VI.A.03 COMPOSICIÓN DE LA AERO- NAVE Para fines de valuación, se considera a la aeronave compuesta por fuselaje (airframe), sus motores (powerplant) equipos y accesorios de duracióncontrolada, equipos de navegación aérea (aviónica), equipos especiales o adicionales. Las aeronaves civiles que operan en el país, están reguladas por la Ley General de Aeronáutica Civil, sus reglamentos y las RAP (Regulaciones Aeronáuticas del Perú). ARTÍCULO VI.A.04 AERONAVE NA CIONALIZADA Aeronave nacionalizada, es aquella que tiene el registro de propiedad debidamente inscrito en los registros públicosy libre de aranceles, conforme lo establece la Ley General de Aeronáutica Civil y ostenta matrícula peruana. Aeronave de internamiento temporal con matrícula peruana o extranjera, es aquella que no es nacionalizada y tiene pendiente el pago de aranceles, y cuya permanencia en el país es temporal, por plazos determinados. CAPÍTULO B DEFINICIONES ARTÍCULO VI.B.05 AERONA VEGABILIDAD Representa la condición técnica y legal que deberá tener una aeronave para volar en condiciones de operación segura.