Norma Legal Oficial del día 13 de mayo del año 2006 (13/05/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 101

MORDAZA, sabado 13 de MORDAZA de 2006 2do. y demas MORDAZA descendentes:

NORMAS LEGALES

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Las resoluciones dictadas con sujecion al respeto del rango jerarquico intrainstitucional. MORDAZA categoria Los fallos jurisdiccionales y las normas convencionales. Debe senalarse finalmente que, conforme se establecio en el caso Sesenta y Cuatro Congresistas de la Republica contra la Ley Nº 26285, Exp. Nº 005-2003AI/TC, en esta materia resulta aplicable el MORDAZA de jerarquia funcional en el organo legislativo. Esta regla senala que. a falta de una asignacion especifica de competencia, prima la MORDAZA producida por el funcionario u organo legislativo funcional de rango superior. Su aplicacion se efectua preferentemente hacia el interior de un organismo. Este MORDAZA se deduce logicamente de la estructura de jerarquia funcional operante en cada organismo publico. Asi, en el gobierno central se deberan tener en cuenta las normas generales previstas en los articulos 37º y ss. del Decreto Legislativo Nº 560 ­Ley del Poder Ejecutivo­; y, de manera particular, lo dispuesto por las leyes organicas. 2.2.1.3. El MORDAZA de competencia 62. Dicho MORDAZA implica la relacion existente entre normas de diferentes ordenamientos (internacional, nacional, regional, local). El MORDAZA de competencia afecta directamente el acto de produccion de la MORDAZA, siendo este lo que lo diferencia del MORDAZA de jerarquia, el cual concierne directamente a la validez de la norma. En ese orden de ideas, las normas de competencia son aquellas que de modos diversos establecen "el ambito de materia" sobre el que puede ejercerse una competencia normativa y que, en consecuencia, condicionan la validez de los actos normativos, y, derivadamente, la de las disposiciones o normas creadas por ellos83 . Cabe senalar que no todas las normas se relacionan jerarquicamente, pues existen normas que se encuentran situadas en un "pie de igualdad", al ubicarse en una misma categoria o escalon jerarquico. En cambio existen otras que, a pesar de situarse en niveles jerarquicos distintos, no se disponen jerarquicamente entre si, sino en relacion con otras normas. Por ende, en el caso del MORDAZA de jerarquia la invalidacion de una MORDAZA se produce por el simple hecho de haberse regulado sobre una materia vedada. De alli que dicho MORDAZA ayude a que el MORDAZA de jerarquia cumpla su rol coherencial. El MORDAZA de jerarquia es presupuesto del MORDAZA de competencia, ya que la invalidez de una MORDAZA que "invade" competencias surge en virtud de la violacion de aquella MORDAZA superior que anteladamente habia fijado la distribucion de competencias. El MORDAZA de competencias otorga titulo habilitante para que un ordenamiento constitucional delimite extension y alcances determinados. El MORDAZA de competencia84 no determina la nulidad de las normas que infringen, sino que devela la superioridad jerarquica de aquellas normas que tienen como objeto la delimitacion y reparto de materias o funciones. Al respecto, el Tribunal Constitucional ha senalado que: El MORDAZA de competencia resulta fundamental para explicar las relaciones y articulaciones que se pudieran presentar entre normas juridicas que tienen un mismo rango y, en ese sentido, ocupa un lugar central en la articulacion horizontal del sistema de MORDAZA del derecho disenado por la Constitucion.85 63. Respecto a las violaciones a los limites competenciales para la produccion de normas, este Colegiado ha afirmado: (...) El Tribunal Constitucional, ha sostenido que entre los vicios que puede acarrear la declaracion de inconstitucionalidad

de una Ley o una MORDAZA con rango de ley, se encuentra la transgresion de los limites de orden competencial establecidos por la Constitucion. Dicho limite se manifiesta de la siguiente manera:

Objetivo , cuando la Constitucion ha establecido que una determinada fuente es apta, o no, para regular una materia determinada. Esta modalidad de limite competencial, a su vez, puede ser de dos clases, segun la permision o prohibicion que constitucionalmente se imponga a una fuente para regular una materia dada. Positivo , cuando la Constitucion declara que determinada fuente formal es apta para regular una materia determinada. Asi por ejemplo, el articulo 106º de la Constitucion precisa que la fuente denominada "ley organica" es competente para regular solo la estructura y el funcionamiento de los organos constitucionales y de relevancia constitucional, esto es, "las entidades del Estado previstas en la Constitucion", asi como todas las materias cuya regulacion la Constitucion ha reservado a tal fuente. De ahi que seria inconstitucional que una ley ordinaria pretenda regular materias reservadas a leyes organicas. Negativo, cuando la Constitucion establece que determinadas MORDAZA formales del derecho no son aptas para regular determinadas materias. Asi, por ejemplo, el penultimo parrafo del articulo 74º de la Constitucion prohibe a la fuente denominada "decretos de urgencia" contener materia tributaria. Subjetivo, cuando la Constitucion establece que determinado organo es competente para expedir una fuente determinada o, en su caso, ejercer una competencia dada.86
64. Con relacion a los conflictos de formas normativas del mismo rango o fuerza juridica pero producidos por diferentes MORDAZA productoras, se ha expresado que: La articulacion de las MORDAZA en un ordenamiento de tal naturaleza que no puede efectuarse exclusivamente bajo los alcances del MORDAZA de jerarquia, pues este no permite dar respuesta coherente al conflicto que se pudiera presentar entre normas expedidas por el Gobierno Central y los gobiernos regionales, que cuentan con el mismo rango normativo. En efecto, si las normas regionales no son jerarquicamente subordinadas a las del Gobierno Central, su articulacion con estas no puede sustentarse en el MORDAZA de jerarquia, sino conforme al MORDAZA de competencia, segun el cual en el ambito competencial regional la MORDAZA regional termina excluyendo a la MORDAZA del Gobierno Central y, en general, a la de cualquier otro ordenamiento (v.g. del gobierno local). Como se expresa a contrario sensu en el articulo 36º de la Ley Organica de Regiones, las (...). normas y disposiciones del Gobierno Regional se adecuan al ordenamiento juridico nacional, no pueden invalidar ni dejar sin efecto normas de otro gobierno regional ni de los otros niveles de gobierno.87 Pero esto no quiere decir que los principios de jerarquia y competencia no guarden relacion. Al respecto debe tenerse presente que: Cabe afirmar, sin embargo, que el MORDAZA de competencia es tributario del de jerarquia, pues si una entidad estatal puede incurrir en la expedicion de una MORDAZA invalida por invadir esferas competenciales previstas como ajenas por otra MORDAZA de su mismo rango, es porque la MORDAZA Normarum

83 BETEGON, MORDAZA, GASCON MORDAZA, DE PARAMO, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA, Luis. Lecciones de Teoria del Derecho, Ob. Cit., p. 234. 84 MORDAZA MORDAZA, Tomas. El MORDAZA de jerarquia normativa, Ob. Cit., p. 339. 85 Caso Municipalidad Provincial de Urubamba, Exp. Nº 0013-2003-AI/TC, fundamento 5. 86 Caso Ley 24150, Exp. Nº 0017-2003-AI/TC, fundamento 80. 87 Caso Hoja de Coca, Exp. 0020-2005-AI/TC, 0021-2005-AI/TC (acumulados), fundamento 59.

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