Norma Legal Oficial del día 13 de mayo del año 2006 (13/05/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 13 de MORDAZA de 2006

Tribunal que asi lo declarase (articulo 204º de la Constitucion), quedando impedida su aplicacion a los hechos iniciados mientras tuvo efecto, siempre que estos no hubiesen concluido, y, en su caso, podra permitirse la revision de procesos fenecidos en los que fue aplicada la MORDAZA, si es que esta versaba sobre materia penal o tributaria (articulos 36º y 40º de la Ley Nº 26435 --Organica del Tribunal Constitucional). 81 59. De lo expuesto se colige que el MORDAZA de jerarquia es el unico instrumento que permite garantizar la validez de las normas juridicas categorialmente inferiores. Ergo, la invalidez es la consecuencia necesaria de la infraccion de tal principio. Los requisitos para que una MORDAZA pueda condicionar la validez de otra, imponiendose jerarquicamente, son los siguientes: a) Relacion ordinamental La prelacion jerarquica aparece entre normas vigentes en un mismo ordenamiento constitucional. b) Conexion material La prelacion jerarquica aparece cuando existe un enlace de contenido, objeto o ambito de actuacion entre una MORDAZA superior y otra categorialmente inferior. c) Interseccion normativa. La prelacion jerarquica aparece cuando la legitima capacidad regulatoria de una MORDAZA contraria al mandato u ordenacion de contenidos de otra norma. En efecto, para que una MORDAZA categorialmente superior cumpla su funcion, es MORDAZA que no pueda ser desvirtuada por aquella cuya produccion regula. En resumen el MORDAZA de jerarquia implica la determinacion por una MORDAZA de la validez de otra, de alli que la categorializacion o escalonamiento jerarquico se presente como el unico modo posible de organizar eficazmente el poder normativo del Estado. 60. El MORDAZA de jerarquia opera en los ambitos siguientes: a) La creacion de las normas. b) La abrogacion o derogacion de las normas. c) La aplicacion de las normas. El MORDAZA de jerarquia y el MORDAZA de competencia (que se abordara posteriormente) se complementan para estructurar el orden constitucional, definiendo las posibilidades y limites del poder politico. Como bien senala MORDAZA Segado, la piramide juridica implica la existencia de una diversidad de normas entre las que se establece una jerarquizacion, de conformidad con la cual una MORDAZA situada en un rango inferior no puede oponerse a otra de superior rango. Ello, a su vez, implica que el ordenamiento adopte una estructura jerarquizada, en cuya cuspide obviamente se situa la Constitucion. 82 Ello denota la existencia de una MORDAZA correlacion entre la fuente de la que emana una MORDAZA, la forma que esta ha de adoptar y su fuerza juridica. El precepto que regula la produccion normativa de un MORDAZA es una MORDAZA superior; mientras que la producida conforme a esa regulacion es la MORDAZA inferior. En toda estructura jerarquica existen tres tipos de normas, a saber, las normas productoras, las normas ejecutoras y las normas ejecutoras-productoras. Al respecto, veamos lo siguiente: Las normas productoras, en un sentido muy amplio, son aquellas que revelan la expresion y ejercicio de un poder legislativo (originario o derivado), que promueven y condicionan la expedicion de otras normas a las cuales se les asigna una jerarquia inferior. Es el caso de la Constitucion y de buena parte de las leyes. Las normas ejecutoras son aquellas que dan cumplimiento a lo dispuesto o establecido en una MORDAZA productora. Tal el caso de las resoluciones. Las normas ejecutoras-productoras son aquellas que

realizan MORDAZA tareas simultaneamente. Tal el caso de una buena parte de las leyes y los decretos. 61. La piramide juridica nacional debe ser establecida en base a dos criterios rectores, a saber:

a) Las categorias Son la expresion de un genero normativo que ostenta una cualificacion de su contenido y una condicion preferente determinada por la Constitucion o por sus normas reglamentarias. Ellas provienen de una especie normativa; es decir, aluden a un conjunto de normas de contenido y valor semejante o analogo (leyes, decretos, resoluciones, etc.). b) Los MORDAZA Son los que exponen una jerarquia existente entre las normas pertenecientes a una misma categoria. Tal el caso de las resoluciones (en cuyo orden decreciente aparecen las resoluciones supremas, las resoluciones ministeriales, las resoluciones viceministeriales, etc.)
En nuestro ordenamiento existen las siguientes categorias normativas y sus subsecuentes grados: Primera categoria Las normas constitucionales y las normas con rango constitucional 1er. grado : La Constitucion. 2do. grado : Leyes de reforma constitucional. 3er. grado : Tratados de derechos humanos. Al respecto, cabe senalar que el articulo 206º de la Constitucion es la MORDAZA que implicitamente establece la ubicacion categorial de las denominadas leyes constitucionales. De alli su colocacion gradativamente inferior en relacion a la Constitucion en si misma. MORDAZA Categoria Las leyes y las normas con rango o de ley. Alli aparecen las leyes, los tratados, los decretos legislativos, los decretos de urgencia, el Reglamento del Congreso, las resoluciones legislativas, las ordenanzas regionales, las ordenanzas municipales y las sentencias expedidas por el Tribunal Constitucional que declaran la inconstitucionalidad de una ley o MORDAZA con rango de ley. En atencion a los criterios expuestos en el caso MORDAZA MORDAZA MORDAZA y mas de cinco mil ciudadanos [Expediente Nº 0010-2002-AI/TC] los decretos leyes se encuentran adscritos a dicha categoria [cf. los parrafos 10 y ss. de dicha sentencia] Tercera categoria Los decretos y las demas normas de contenido reglamentario. Cuarta categoria Las resoluciones. 1er. grado: Las resoluciones ministeriales, las resoluciones de los organos autonomos no descentralizados (Banco Central de Reserva, Superintendencia de Banca y Seguros, Defensoria del Pueblo, etc.).

81 Caso Colegio de Abogados del MORDAZA y otros, Exps. Nºs. 0004-2004-AI/TC, 00112004-AI/TC, 0012-2004-AI/TC, 0013-2004-AI/TC, Nº 0014-2004-AI/TC, 0015-2004AI/TC, Nº 0016-2004-AI/TC y 0027-2004-AI/TC (acumulados), fundamento 2. 82 MORDAZA SEGADO, Francisco. El sistema constitucional espanol. Madrid: Dykinson, 1992, p. 96.

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