Norma Legal Oficial del día 16 de diciembre del año 2007 (16/12/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 82

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 16 de diciembre de 2007

Articulo 120º.- Ninguna autoridad puede avocarse a causas pendientes ante el organo jurisdiccional ni interferir en el ejercicio de sus funciones. Tampoco puede dejar sin efecto resoluciones que han pasado en autoridad de cosa juzgada, ni cortar procesos en tramite, ni modificar sentencias ni retardar su ejecucion. Estas disposiciones no afectan el derecho de MORDAZA ni la facultad de investigacion del Congreso. Articulo 121º.- Son principios de la administracion de justicia: 1. La observancia del debido MORDAZA y la tutela jurisdiccional. Ninguna persona puede ser desviada de la jurisdiccion predeterminada por la ley, ni sometida a procedimiento distinto de los previamente establecidos, ni juzgada por organos jurisdiccionales de excepcion ni por comisiones especiales creadas al efecto, cualquiera sea su denominacion. 2.- La publicidad en los procesos, salvo disposicion contraria de la ley. Los procesos judiciales por responsabilidad de funcionarios publicos y por los delitos cometidos a traves de los medios de comunicacion social y los que se refieren a derechos fundamentales garantizados por la Constitucion, son siempre publicos. 3.- La motivacion escrita de las resoluciones judiciales en todas las instancias, excepto los decretos de mero tramite, con mencion expresa de la ley aplicable y de los fundamentos de hecho en que se sustentan. 4.- La pluralidad de la instancia. 5.- No dejar de administrar justicia por vacio o deficiencia de la ley. En tal caso, deben aplicarse los principios generales del Derecho y el Derecho consuetudinario. 6.- No ser penado sin MORDAZA judicial o en ausencia. 7.- No ser privado del derecho de defensa, en ningun estado del MORDAZA, ni ante la autoridad policial. 8.- La aplicacion de la ley mas favorable al procesado en caso de duda o de conflicto entre leyes penales. 9.- La prohibicion de revivir procesos fenecidos. La amnistia, el indulto, el sobreseimiento definitivo y la prescripcion producen los efectos de la cosa juzgada. 10.- La gratuidad de la administracion de justicia y de la defensa gratuita para las personas de escasos recursos; y, para todos, en los casos que la ley senala, y 11. La indemnizacion, en la forma que determine la ley, por los errores judiciales en los procesos penales y las detenciones arbitrarias, sin perjuicio de la responsabilidad a que hubiere lugar. Articulo 122º.- El regimen penitenciario tiene por objeto la reeducacion, rehabilitacion y reincorporacion del penado a la sociedad. Los procesados y sentenciados tienen derecho de ocupar establecimientos adecuados y a no sufrir tratos crueles. Articulo 123º.- Corresponde a la Corte Suprema resolver en casacion, o en MORDAZA instancia, cuando el MORDAZA se inicia en la Corte Superior o en la propia Corte Suprema, salvo lo dispuesto en el articulo 188, inciso 3. Articulo 124º.- La Sala Plena de la Corte Suprema es el organo MORDAZA de deliberacion del Poder Judicial. Articulo 125º.- El Poder Judicial presenta su proyecto de presupuesto al Poder Ejecutivo y lo sustenta ante el Congreso. Articulo 126º.- La funcion jurisdiccional es incompatible con cualquier otra actividad publica o privada, excepto la docencia universitaria e integrar comisiones codificadoras y las que senale la legislacion electoral. Los jueces estan prohibidos de participar en politica, de sindicarse y de declararse en huelga. Articulo 127º.- El Estado garantiza a los magistrados judiciales: 1.- Su independencia. Solo estan sometidos a la Constitucion y la ley. 2.- La inamovilidad en sus cargos. No pueden ser trasladados sin su consentimiento. 3.- Su permanencia en el servicio, mientras observen conducta e idoneidad propias de su funcion, y 4.- La remuneracion que les asegure un nivel de MORDAZA MORDAZA de su funcion y jerarquia. Articulo 128º.- Para ser magistrado de la Corte Suprema se requiere:

1.- Ser peruano de nacimiento. 2.- Ser ciudadano en ejercicio. 3.- Haber sido magistrado de la Corte Superior o Fiscal Superior durante diez anos, o haber ejercido la abogacia o la catedra universitaria en materia juridica durante quince anos. Articulo 129º.- Las resoluciones administrativas que causan estado son susceptibles de impugnacion mediante accion contencioso-administrativa. Articulo 130º.- Las autoridades de las Comunidades Campesinas y Nativas pueden ejercer funciones jurisdiccionales dentro de su ambito territorial, siempre que no violen los derechos fundamentales de la persona. La ley regula dichas funciones. Capitulo IX MINISTERIO PUBLICO Articulo 131º.- El Ministerio Publico es autonomo. El Fiscal de la Nacion lo preside. Es elegido por la Junta de Fiscales Supremos. El cargo de Fiscal de la Nacion dura dos anos. No hay reeleccion. Los miembros del Ministerio Publico tienen los mismos derechos, prerrogativas y requisitos que los del Poder Judicial en la categoria respectiva, y estan sujetos a las mismas obligaciones, prohibiciones e incompatibilidades. Articulo 132º.- Corresponde al Ministerio Publico: 1.- Velar por la independencia de los organos jurisdiccionales y por la recta administracion de justicia. 2.- Iniciar la investigacion del delito. Con tal proposito, la Policia Nacional esta obligada a cumplir los mandatos del Ministerio Publico en el ambito de su funcion. 3.- Promover, de oficio o a peticion de parte, la accion judicial en defensa de la legalidad y de los intereses publicos tutelados por el derecho, especialmente cuando se trata de actos lesivos contra el patrimonio publico o de entidades en que participe el Estado; de proteccion del medio ambiente; o de defensa del patrimonio cultural e historico de la Nacion. 4.- Formular acusacion penal. 5. Representar en procesos judiciales a la sociedad. 6.- Dictaminar en los casos que dispone la ley. 7.- Organizar la defensa de los intereses del Estado mediante los Procuradores Publicos, conforme a ley, y 8.- Ejercer iniciativa en la formacion de las leyes, y dar cuenta al Congreso o al Presidente de la Republica de los vacios o defectos de la legislacion. Articulo 133º.- El proyecto de presupuesto del Ministerio Publico se aprueba por la Junta de Fiscales Supremos. Se presenta ante el Poder Ejecutivo y se sustenta en esa instancia y en el Congreso. Capitulo X DEFENSOR DEL PUEBLO Articulo 134º.- El Defensor del Pueblo MORDAZA por la vigencia de los derechos humanos y el cumplimiento de los deberes de la administracion del Estado y de la prestacion de servicios publicos. La funcion de Defensor del Pueblo es autonoma. Los Poderes del Estado, las Fuerzas Armadas y la Policia Nacional y los organos publicos estan obligados a colaborar con el Defensor del Pueblo cuando este lo requiera. Una ley organica regula su estructura y atribuciones y la forma de designar delegados adjuntos. Articulo 135º.- El Defensor del Pueblo es elegido por el Congreso, con el MORDAZA de no menos de dos tercios del numero legal de sus miembros. Es removido, por falta grave, con igual votacion. Goza de la misma inmunidad, prerrogativas e incompatibilidades de los congresistas. Para ser elegido Defensor del Pueblo se requiere haber cumplido treinta y cinco anos de edad y ser abogado. El cargo dura siete anos y no esta sujeto a mandato imperativo. No hay reeleccion. Articulo 136º.- Corresponde al Defensor del Pueblo informar al Congreso anualmente y cada vez que lo crea necesario o cuando este lo solicite. Tiene iniciativa en la formacion de las leyes. Puede proponer las medidas que faciliten el cumplimiento de sus funciones.

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