Norma Legal Oficial del día 16 de diciembre del año 2007 (16/12/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 77

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 16 de diciembre de 2007

NORMAS LEGALES

360211

Articulo 44º.- La administracion economica y financiera del Estado se rige por el presupuesto que anualmente aprueba el Congreso. La estructura del presupuesto del sector publico contiene dos secciones: gobierno central y gobierno descentralizado. El presupuesto asigna equitativamente los recursos publicos. Su programacion y ejecucion responden a los principios de eficiencia, apoyo social y descentralizacion. Articulo 45º.- El Presidente de la Republica envia al Congreso el proyecto de Ley de Presupuesto y los proyectos de Ley de Endeudamiento y de Equilibrio Financiero a mas tardar el 30 de agosto de cada ano. El proyecto presupuestal debe estar efectivamente equilibrado. Los prestamos del Banco Central de Reserva y del Banco de la Nacion no se contabilizan como ingreso fiscal. No pueden cubrirse con emprestitos los gastos de caracter permanente. Tampoco puede aprobarse el presupuesto sin partida destinada al servicio de la deuda publica. Articulo 46º.- Los Representantes ante el Congreso no tienen iniciativa para crear ni aumentar gastos publicos. El Congreso no puede aprobar tributos con fines predeterminados, salvo por solicitud del Poder Ejecutivo. Las leyes tributarias que otorguen beneficios o exoneraciones requieren previo informe del Ministerio de Economia y Finanzas. Solo por ley expresa, aprobada por dos tercios de los Senadores y Diputados, puede establecerse selectiva y temporalmente un tratamiento tributario especial para una determinada MORDAZA del pais. Articulo 47º.- El Ministro de Economia y Finanzas sustenta, ante el pleno del Congreso, el pliego de ingresos. Cada Ministro sustenta los pliegos de egresos de su sector. El Presidente de la Corte Suprema, el Presidente del Tribunal Constitucional, el Fiscal de la Nacion y el Presidente del Tribunal Supremo Electoral sustentan los pliegos correspondientes a cada institucion. Si la autografa de la ley no es remitida al Presidente de la Republica hasta el 30 de noviembre, entra en vigencia el proyecto de este, que es promulgado con rango de decreto legislativo y los miembros del Congreso pierden el cincuenta por ciento de una remuneracion mensual. Los creditos suplementarios, habilitaciones y transferencias de partidas se tramitan ante el Congreso, tal como la Ley de Presupuesto. Durante el receso parlamentario se tramitan ante la Comision Permanente. Para aprobarlos, se requiere los votos de los tres MORDAZA del numero legal de sus miembros. Articulo 48º.- La Cuenta General de la Republica es examinada y dictaminada por una Comision Revisora dentro de los noventa dias siguientes a su presentacion. El Congreso se pronuncia en un plazo de treinta dias. Si no hay pronunciamiento del Congreso en el plazo senalado, se remite el dictamen de la Comision Revisora al Poder Ejecutivo para que este promulgue un decreto legislativo que contiene la Cuenta General. Articulo 49º.- La Contraloria General de la Republica es una entidad descentralizada de derecho publico que goza de autonomia, conforme a su Ley Organica. Es el organo superior del Sistema Nacional de Control. Supervisa la legalidad de la ejecucion del Presupuesto de la Republica, de las operaciones de la deuda publica y de los actos de las instituciones sujetas a control. El Contralor General es elegido por el Senado a propuesta del Poder Ejecutivo, por siete anos. Puede ser removido por el Senado, por falta grave. La designacion y la ratificacion requieren los votos de dos tercios del numero legal de Senadores. No hay reeleccion. Capitulo IX MONEDA Y BANCA Articulo 50º.- La ley determina el sistema monetario de la Republica. La emision de billetes y monedas es atribucion exclusiva del Estado. La ejerce por intermedio del Banco Central de Reserva del Peru. Articulo 51º.- El Banco Central es una persona juridica de derecho publico. Tiene autonomia, con arreglo a su Ley Organica. La finalidad del Banco Central es preservar la

estabilidad monetaria. Sus funciones son: regular la moneda y el credito del sistema financiero, administrar las reservas internacionales a su cargo y las demas que senala su Ley Organica. El Banco informa al MORDAZA, exacta y periodicamente, sobre el estado de las finanzas nacionales, bajo responsabilidad de su Directorio. El Banco esta prohibido de conceder financiamiento al erario, salvo la compra en el MORDAZA MORDAZA, de valores emitidos por el Tesoro Publico, dentro del limite que senala su Ley Organica. Articulo 52º.El Banco puede efectuar operaciones y celebrar convenios de credito para cubrir desequilibrios transitorios en la posesion de las reservas internacionales. Requiere autorizacion por ley cuando el monto de tales operaciones o convenios supere el limite senalado por el Presupuesto del Sector Publico, con cargo de dar cuenta al Congreso. Articulo 53º.- El Banco es gobernado por un Directorio de siete miembros. El Poder Ejecutivo elige a cuatro, entre ellos el Presidente. El Senado ratifica a este y elige a los tres restantes, con el MORDAZA de dos tercios del numero legal de sus miembros. Todos los Directores son nombrados por el periodo constitucional que corresponde al Presidente de la Republica. No representan a entidad ni interes particular algunos. El Senado puede removerlos por falta grave. La remocion requiere el MORDAZA de dos tercios del numero legal de Senadores. En caso de remocion o vacancia, los nuevos Directores completan el correspondiente periodo constitucional. No hay reeleccion. Articulo 54º.- El Estado fomenta y garantiza el ahorro. La ley establece las obligaciones y los limites de las empresas que reciben ahorros del publico, asi como el modo y los alcances de dicha garantia. La Superintendencia de Banca, Financieras y Seguros ejerce el control de las empresas bancarias, financieras y de seguros, de las demas que reciben depositos del publico y de aquellas otras que, por realizar operaciones conexas o similares, determine la ley. La ley establece la organizacion y la autonomia funcional de la Superintendencia de Banca, Financieras y Seguros. El Poder Ejecutivo designa al Superintendente de Banca, Financieras y Seguros por el plazo correspondiente a su periodo constitucional. El Senado lo ratifica y lo remueve por falta grave. En ambos casos se requiere el MORDAZA de dos tercios del numero legal de Senadores. No hay reeleccion. Capitulo X REGIMEN AGRARIO Y COMUNIDADES Articulo 55º.- El Estado apoya preferentemente el desarrollo agrario. Garantiza el derecho de propiedad sobre la tierra, en forma privada o comunal o en cualquiera otra forma asociativa. La ley puede fijar los limites y la extension de la tierra segun las peculiaridades de cada zona. Las tierras abandonadas, segun prevision legal, pasan al dominio del Estado para su adjudicacion en venta. Articulo 56º.- Las comunidades campesinas y las nativas tienen existencia legal y son personas juridicas. Son autonomas, en su organizacion, en el trabajo comunal y en el uso y la libre disposicion de sus tierras, asi como en lo economico y administrativo, dentro del MORDAZA que la ley establece. La propiedad de sus tierras es imprescriptible, salvo el caso de abandono previsto en el articulo anterior. El Estado respeta la identidad de las comunidades campesinas y nativas. TITULO II ESTRUCTURA DEL ESTADO Capitulo I DEL PODER LEGISLATIVO Articulo 57º.- El Congreso se compone de dos Camaras: el Senado y la Camara de Diputados.

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