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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 10 de febrero de 2007 339443 Otorgan concesión a persona jurídica para efectuar el servicio público telefónico fijo local en la modalidad de abonados RESOLUCIÓN MNISTERIAL Nº 059-2007-MTC/03 Lima, 7 de febrero de 2007 VISTA, la solicitud formulada mediante Expediente Nº 2006-022029 por la empresa SOLUCIONES Y SERVICIOS INTEGRADOS DE TELECOMUNICACIONES S.A. para que se le otorgue concesión para la prestación del servicio público telefónico fi jo local en la modalidad de abonados, en el área que comprende la Provincia Constitucional del Callao, y las provincias de Lima y Tocache, y servicio público telefónico fi jo local en la modalidad de teléfonos públicos en todo el territorio del Perú; CONSIDERANDO:Que, el inciso 3) del artículo 75º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, señala que corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones otorgar concesiones, autorizaciones, permisos y licencias en materia de telecomunicaciones; Que, el artículo 126º del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, establece que los servicios públicos fi nales se prestan bajo el régimen de concesión, la cual se otorga previo cumplimiento de los requisitos y trámites establecidos en la Ley y el Reglamento y se perfecciona mediante la suscripción de un contrato de concesión aprobado por el Titular del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el artículo 53º del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que entre los servicios públicos fi nales se encuentra el servicio público telefónico; Que, mediante Informe Nº 015-2007-MTC/17.01.ssp e Informe Nº 055-2007-MTC/17.01.ssp, la Dirección de Concesiones y Autorizaciones de Telecomunicaciones de la Dirección General de Gestión de Telecomunicaciones señala que habiéndose veri fi cado el cumplimiento de los requisitos que establece la legislación para otorgar la concesión solicitada para la prestación del servicio público telefónico fi jo local en la modalidad de abonados y teléfonos públicos, es procedente la solicitud formulada por la empresa SOLUCIONES Y SERVICIOS INTEGRADOS DE TELECOMUNICACIONES S.A.; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, el Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC y sus modi fi catorias, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC y el TUPA del Ministerio; Con la opinión favorable del Director General de Gestión de Telecomunicaciones y de la Viceministra de Comunicaciones; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Otorgar a la empresa SOLUCIONES Y SERVICIOS INTEGRADOS DE TELECOMUNICACIONES S.A. concesión para la prestación del servicio público telefónico fi jo local en la modalidad de abonados, por el plazo de veinte (20) años, en el área que comprende la Provincia Constitucional del Callao, la provincia de Lima, del departamento de Lima y la provincia de Tocache, en el departamento de San Martín; y en la modalidad de teléfonos públicos, por el plazo de veinte (20) años, en el área que comprende todo el territorio de la República del Perú. Artículo 2º.- Aprobar el contrato de concesión a celebrarse con la empresa SOLUCIONES Y SERVICIOS INTEGRADOS DE TELECOMUNICACIONES S.A. para la prestación del servicio público a que se re fi ere el artículo precedente, el que consta de veintiséis (26) cláusulas y tres (3) anexos y forma parte integrante de la presente resolución.Artículo 3º.- Autorizar al Director General de Gestión de Telecomunicaciones para que, en representación del Ministerio, suscriba el contrato de concesión que se aprueba en el artículo anterior, así como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a fi rmar la elevación a Escritura Pública del referido contrato y de las Adendas que se suscriban al mismo. Artículo 4º.- La concesión otorgada quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesión no es suscrito por la empresa solicitante en el plazo máximo de sesenta (60) días hábiles computados a partir de la publicación de la presente resolución. Para la suscripción deberá cumplir previamente con el pago por derecho de concesión, así como con la presentación de la carta fianza que asegure el inicio de operaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 25602-1 VIVIENDA Aprueban Plan de Transferencia Sectorial 2007 del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 012-2007-VIVIENDA Lima, 15 de enero de 2007 CONSIDERANDO:Que, en cumplimiento del procedimiento establecido en el artículo 58º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; la Sétima Disposición Complementaria de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; y Ley Nº 28273, Ley del Sistema de Acreditación de Gobiernos Regionales y Locales, las Comisiones Sectoriales de Transferencia del Gobierno Nacional deben presentar al Consejo Nacional de Descentralización sus planes anuales de transferencia, hasta el último día útil de febrero de cada año; Que, de acuerdo con el numeral 11.3b de la Directiva Nº 005-CND-P-2005, “Procedimiento para la formulación de los planes de transferencia sectoriales de mediano plazo y los planes anuales de transferencia de competencias sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales” aprobada Resolución Presidencial Nº 081-CND-P-2005, el Plan de Transferencia Sectorial debe ser aprobado por Resolución Ministerial; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 168A-2002- VIVIENDA se constituyó la Comisión del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento encargada de la Transferencia Sectorial, que propone la aprobación del Plan Anual de Transferencia Sectorial; Con la visación de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, así como de los Viceministerios de Vivienda y Urbanismo y de Construcción y Saneamiento; De conformidad con la Ley Nº 27792, los Decretos Supremos Nºs. 002-2002-VIVIENDA, 049-2006-PCM, 059-2006-AG y 068-2006-PCM; y la Resolución Ministerial Nº 291-2006- VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Plan de Transferencia Sectorial 2007 del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, presentado por la Comisión Sectorial de Transferencia, el cual forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir, al Consejo Nacional de Descentralización dentro del plazo legalmente establecido, el Plan de Transferencia Sectorial 2007 del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Artículo 3º.- Disponer que las actividades de capacitación consideradas en el Plan que se aprueba por la presente Resolución, sean ejecutadas oportunamente.