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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE FEBRERO DEL AÑO 2007 (10/02/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 26

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 10 de febrero de 2007 339444 Artículo 4º.- Dejar sin efecto las disposiciones de carácter administrativo que se opongan o inter fi eran con la aplicación de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.HERNÁN GARRIDO-LECCA MONTAÑEZ Ministro de Vivienda, Construccióny Saneamiento 26137-1 Delegan a SEDAPAL facultades de evaluar y declarar la viabilidad de proyectos en fase de preinversión y de autorizar la fase de inversión del Ciclo del Proyecto RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 031-2007-VIVIENDA Lima, 8 de febrero de 2007 CONSIDERANDO:Que, el numeral 11.1 del artículo 11º de la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, incorporado por la Ley Nº 28802, dispone que la O fi cina de Programación e Inversiones, o la que haga sus veces, de cada Sector, es la instancia facultada para evaluar y declarar la viabilidad de los Proyectos de Inversión Pública, pudiendo el Órgano Resolutivo del Sector delegar esta función a las Entidades y Empresas adscritas a su sector; Que, el literal d), numeral 6.1.del artículo 6º del Decreto Supremo Nº 221-2006-EF, por el que se aprueba el Reglamento del Sistema Nacional de Inversión Pública, dispone que el Órgano Resolutivo del Sector autoriza la elaboración de expedientes técnicos o estudios de fi nitivos y la ejecución de los Proyectos de Inversión Pública declarados viables, pudiendo esta competencia ser objeto de delegación a favor de la máxima autoridad administrativa de las entidades clasi fi cadas en su Sector; Que, el numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, modi fi cado por la Ley Nº 28802, dispone que el Ministro constituye el Órgano Resolutivo y que le corresponde autorizar la Fase de Inversión y es el principal responsable por el cumplimiento de la presente Ley, su reglamento y las normas que a su amparo se expidan; Que, de conformidad con el Decreto Supremo Nº 045-2006-VIVIENDA, por el que se modi fi ca la Primera Disposición Complementaria del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, la Empresa de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de Lima - SEDAPAL, se encuentra bajo el ámbito del Viceministerio de Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, resulta necesario delegar a SEDAPAL las facultades de evaluar y declarar la viabilidad de los proyectos que se encuentren en la fase de preinversión así como la de autorizar la fase de inversión y en consecuencia, la elaboración de expedientes técnicos o estudios de fi nitivos y la ejecución de los proyectos de inversión pública, en su calidad de responsable de la prestación de los servicios de saneamiento en Lima y Callao; Conforme a lo establecido en la Ley Nº 27792, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, modi fi cada por Ley Nº 28802 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 221-2006-EF; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Delegación de facultades de evaluar y declarar la viabilidad de los Proyectos de Inversión Pública Delegar en la Empresa de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de Lima - SEDAPAL la facultad para evaluar y declarar la viabilidad de los proyectos de inversión pública en saneamiento que se encuentren en la fase de preinversión del Ciclo del Proyecto hasta por un monto de S/. 15´ 000,000 (Quince Millones de Nuevos Soles) de acuerdo a lo establecido en el numeral 11.1 del artículo 11º de la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, modi fi cada por Ley Nº 28802. Artículo 2º.- Delegación de facultades de autorizar la fase de inversión Delegar en la Empresa de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de Lima - SEDAPAL la facultad para autorizar la fase de inversión del Ciclo del Proyecto, y en consecuencia la elaboración de expedientes técnicos o estudios de fi nitivos y la ejecución de los proyectos de inversión pública, de acuerdo a lo establecido en el literal d), numeral 6.1 del artículo 6º del Decreto Supremo Nº 221-2006-EF, por el que se aprueba el nuevo Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública. Regístrese, comuníquese y publíquese.HERNÁN GARRIDO-LECCA MONTAÑÉZ Ministro de Vivienda, Construccióny Saneamiento 26137-2 Designan miembros de los Directorios de las Sociedades de Beneficencia Pública y Juntas de Participación Social de Cajamarca y Huaraz RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 032-2007-VIVIENDA Lima, 8 de febrero de 2007 CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 27779, modi fi có el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo y se creó, entre otros, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, regulándose por Ley Nº 27792, su ámbito, estructura orgánica básica, competencia y funciones; Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2003- MIMDES, se aprobó la conformación de los Directorios de las Sociedades de Bene fi cencia Pública y Juntas de Participación Social, los cuales están integrados, entre otros, por un representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, por Resolución Ministerial Nº 138-2004-VIVIENDA, se designó entre otros, a doña Giovanna Isabel Blanco Pretel, como representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, ante el Directorio de la Sociedad de Bene fi cencia Pública y Junta de Participación Social de Cajamarca (Cajamarca); Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 081-2005- VIVIENDA, se designó entre otros, a don Arequipeño Víctor Arce Vargas, como representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, ante el Directorio de las Sociedad de Bene fi cencia Pública y Junta de Participación Social de Huaraz (Ancash); Que, es necesario dar por concluidas las designaciones a que se re fi eren los considerandos anteriores y designar a las personas que ocuparán dichos cargos; De conformidad con la Ley Nº 27792 y los Decretos Supremos Nºs. 002-2002-VIVIENDA y 004-2003-MIMDES; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluidas designaciones Dar por concluidas las designaciones de doña Giovanna Isabel Blanco Pretel, y don Arequipeño Víctor Arce Vargas, como representantes del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, ante los Directorios de la Sociedad de Bene fi cencia Pública y Juntas de Participación Social de Cajamarca (Cajamarca) y Huaraz (Ancash), respectivamente, dándoseles las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designaciones Designar, a partir de la fecha, a las siguientes personas, como miembros de los Directorios de las Sociedades de Bene fi cencia Pública y Juntas de Participación Social que se indican a continuación, en representación del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento: