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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 24 de febrero de 2007 340494 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 1456-2006-JEF/RENIEC Lima, 29 de diciembre de 2006 VISTOS: El O fi cio Nº 000996-2006/SGEN/RENIEC y el Informe Nº 1551-2006-GAJ/RENIEC de fecha 18 de diciembre del 2006, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el Informe Nº 1430 y 1435- 2006/HYC/SGDAR/GP/RENIEC, se ha determinado que las personas que indebidamente se identi fi caron bajo el nombre de: ELIZABETH PAOLA BENAVIDES UGARTE y NELLY OFELIA ROCA VILLAR, obtuvieron las Inscripciones Nºs. 10168044 y 15853049 respectivamente, en el Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales, presentando como documento de sustento libretas militares que obtuvieron con la presentación de Actas de Nacimientos, expedidas por la O fi cina del Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Supe Puerto, provincia de Barranca, departamento de Lima; las mismas que fueron inscritas sobre folios, que fueron inutilizados mediante el sello “anulado” por lo que mediante Resolución Nº 1096-2005-GO/JR10LIM/RENIEC de fecha 6 de octubre del 2005 se dispuso la cancelación de dichas actas por irregulares; Que, como consecuencia de ello se dispuso, mediante Resolución de la antes denominada Subgerencia de Depuración y Archivo Registral Nº 420-2006/SGDAR/GP/ RENIEC, la cancelación y exclusión de las Inscripciones Nºs. 10168044 y 15853049 en el Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales, por declaración de datos falsos; Que, con los documentos referidos se ha acreditado que el comportamiento de personas aún no identi fi cadas plenamente, se encuentra tipi fi cado como delito contra la fe pública en la modalidad de falsedad ideológica, por haber aportado datos falsos, ilícito contemplado en el artículo 428º del Código Penal; Que, en atención a los considerandos precedentes y, estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica, de conformidad a lo establecido en el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, en la Ley Nº 26497, así como a lo dispuesto en el artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537, modi fi cado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR al Procurador Público del Estado, encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para que en nombre y representación de los intereses del Estado, interponga las acciones judiciales correspondientes contra los que resulten responsables, por el presunto delito contra la Fe Pública, en la modalidad de falsedad ideológica en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. Artículo Segundo.- Remitir lo actuado al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, para los fi nes a que se contrae la presente Resolución. Regístrese, publíquese y cúmplase. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 30329-9SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Piura S.A.C. la conversión de oficina especial en agencia ubicada en la provincia de Coronel Portillo RESOLUCIÓN SBS Nº 169-2007 Lima, 13 de febrero de 2007 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Piura S.A.C. (Caja Municipal de Piura) para que se le autorice la conversión en agencia de su O fi cina Especial ubicada en el distrito de Callería, provincia de Coronel Portillo, departamento de Ucayali; y, CONSIDERANDO: Que la empresa recurrente ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justi fi ca lo solicitado; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Micro fi nanciera “B” mediante Informe Nº 048- 2007-DEM “B”; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Circular Nº CM-0334-2005; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 1096-2005 del 25 de julio de 2005; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Piura S.A.C. (Caja Municipal de Piura), la conversión en agencia de su O fi cina Especial ubicada en el Jr. Tacna Nº 581, distrito de Callería, provincia de Coronel Portillo, departamento de Ucayali. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO LUIS GRADOS SMITH Superintendente Adjunto de Banca y Micro fi nanzas 29726-1 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS CONSEJO SUPERIOR DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO Aprueban Reglamento de la Modalidad de Selección por Subasta Inversa Presencial RESOLUCIÓN N° 094-2007-CONSUCODE/PRE Jesús María, 22 de febrero del 2007