TEXTO PAGINA: 87
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 24 de febrero de 2007 340501 Que, la Dirección General de Información Agraria del Ministerio de Agricultura, con el propósito de elaborar índices que le permitan realizar el monitoreo de las variaciones de los precios, en la actividad del comercio de productos agropecuarios y agroindustriales, requiere ejecutar diariamente una encuesta por muestreo de precios a Comerciantes Mayoristas y Minoristas, correspondiente al año 2007; Que, en tal sentido es necesario autorizar la ejecución de la mencionada encuesta, a nivel de Lima Metropolitana y principales ciudades del país, la cual está dirigida a comerciantes mayoristas y minoristas que comercializan productos agroalimentarios, así como aprobar el formulario correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 81º y 83º del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM, Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática; Con la opinión técnica de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas y la visación de la Subjefatura de Estadística y de la O fi cina Técnica de Asesoría Jurídica; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604; “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”. SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar la realización a nivel nacional de la “Encuesta de Precios diarios en los Mercados Mayoristas y Minoristas”, dirigida a los comerciantes de los Mercados Mayoristas y Minoristas que desarrollan el comercio al por mayor y por menor de productos alimenticios perecibles y no perecibles, en las ciudades que constituyen capitales de departamento. Articulo 2º.- Aprobar los lineamientos metodológicos y el formulario de la mencionada encuesta, que forma parte integrante de la presente resolución. Articulo 3º.- La encuesta será ejecutada, mediante entrevista directa a los Comerciantes Mayoristas y Minoristas, por personal debidamente identi fi cado de la Dirección General de Información Agraria del MINAG en Lima y en el resto del país, por personal de la Dirección de Información Agraria de las Direcciones Regionales de Agricultura. La encuesta se realizará en los meses de enero a diciembre del 2007. Artículo 4º.- Las personas naturales o jurídicas a que se re fi ere el Art. 1º de la presente Resolución, que se negaren a brindar información y/o suministren datos falsos, serán multadas conforme a lo dispuesto por los Arts. 87º y 91º del D. S. Nº 043-2001-PCM. Regístrese y comuníquese. RENÁN QUISPE LLANOS Jefe 30471-3 Autorizan realización del registro de productos agropecuarios que ingresan a través de las garitas de control de Ancón, Pucusana y La Oroya RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 047-2007-INEI Lima, 6 de febrero del 2007 Visto el O fi cio Nº 068-2007-AG-DGIA/032-DE, de la Dirección General de Información Agraria del Ministerio de Agricultura, solicitando autorización para la obtención de información sobre volúmenes de ingreso de productos agropecuarios a Lima Metropolitana, a través de las Principales Garitas de acceso. CONSIDERANDO: Que, conforme al Decreto Legislativo Nº 604 “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística”, el INEI es el ente rector del Sistema Nacional de Estadística e Informática y tiene entre sus funciones normar, supervisar y evaluar los métodos, procedimientos y técnicas estadísticas, utilizadas por los órganos del Sistema para la producción de las Estadísticas O fi ciales del país; Que, la Dirección General de Información Agraria del Ministerio de Agricultura, requiere obtener información diaria sobre volúmenes de ingreso de productos agropecuarios en Lima Metropolitana, con el propósito de conocer el abastecimiento de productos agroalimentarios e interpretar el comportamiento de los precios en los principales mercados de Lima Metropolitana; Que, en tal sentido es necesario autorizar la ejecución del mencionado registro, el mismo que se realizará en las principales garitas de control, a todos los vehículos que ingresen a Lima Metropolitana, transportando productos agropecuarios, así como aprobar el formato correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 81º y 83º del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM, Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática; Con la opinión técnica de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas y la visación de la Sub Jefatura de Estadística y de la O fi cina Técnica de Asesoría Jurídica; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604; “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la realización del registro de productos agropecuarios que ingresan a través de las garitas de control de Ancón (Km. 42, Panamericana Norte), Pucusana (Km. 57, Panamericana Sur) y La Oroya (Ciudad de La Oroya, Provincia de Yauli, Departamento de Junín), mediante vehículos de transporte de propiedad de persona natural o persona jurídica. Artículo 2º.- Aprobar los lineamientos metodológicos y el formato correspondiente, que forman parte integrante de la presente resolución. Artículo 3º.- El mencionado registro será ejecutado, por personal debidamente identi fi cado de la Dirección General de Información Agraria del MINAG, mediante entrevista directa a todos los transportistas o conductores, que pasan por las principales garitas de control transportando productos agropecuarios, la encuesta se realizará en los meses de enero a diciembre del 2007. Artículo 4º.- Las personas naturales o jurídicas a que se re fi ere el Art. 1º de la presente Resolución, que se negaren a brindar información y/o suministren datos falsos, serán multadas conforme a lo dispuesto por los Arts. 87º y 91 del D.S. Nº 043-2001-PCM. Regístrese y comuníquese. RENÁN QUISPE LLANOS Jefe 30471-4 Autorizan la ejecución de la “Encuesta Nacional Agropecuaria de Producción y Ventas” RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 048-2007-INEI Lima, 6 de febrero del 2007Visto el O fi cio Nº 067-2007-AG-DGIA/034-DE, de la Dirección General de Información Agraria del Ministerio de Agricultura, solicitando autorización para la ejecución de la “Encuesta Nacional Agropecuaria de Producción y Ventas”;