Norma Legal Oficial del día 07 de julio del año 2007 (07/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 82

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 7 de MORDAZA de 2007

a la senora Regidora Marisella MORDAZA MORDAZA, porque adicionalmente a la importancia de los temas a desarrollar, fomenta la accion internacional de las entidades locales en el ambito de genero y fortalece su capacidad de accion y de respuesta a las necesidades de la ciudadania; Que, asimismo los objetivos del MORDAZA es la MORDAZA de la Red "Mujeres y Ciudad", impulsar nuevos proyectos comunes, difundir los logros de la Red URB-AL 12, compartir experiencias y reflexiones, ampliacion de la Red, crear alianzas con otras redes e instituciones y planificar lineas de trabajo futuras de la Red; Que, mediante Informe Nº 271-2007-MDR/GM-OAJ de fecha 25.06.07 la Oficina de Asesoria Juridica opina que se declare la procedencia de la autorizacion de salida al exterior del MORDAZA de la Regidora Marisella MORDAZA MORDAZA, debiendo incluir los gastos correspondientes al pasaje aereo y el impuesto respectivo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y su Reglamento el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; Que, mediante Informe Nº 057-2007-OPP-MDR de fecha 26.06.07, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto senala que procedera a efectuar la modificacion presupuestal por credito y anulacion presupuestaria para atender dicha actividad, el cual se considerara por la actividad 110 conduccion y orientacion superior, en rubro 09 recursos directamente recaudados, en la partida especifica 5.3.11.32 pasajes y gastos de transportes y es de opinion de este despacho su viabilidad presupuestal, por el monto de S/. 1,350.00 (Un mil trescientos cincuenta y 00/100 Nuevos Soles); Que, la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, mediante su Articulo 9º, Atribuciones del Concejo Municipal, inciso 11) corresponde al Concejo Municipal Autorizar los viajes al exterior del MORDAZA que en comision de servicio o representacion de la Municipalidad realicen el MORDAZA, los Regidores, el Gerente Municipal o cualquier otro funcionario; Que, en uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 9º, inciso 11) de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, Ley Nº 27619, D.S. Nº 047-2002-PCM; el Reglamento Interno de Concejo Vigente (RIC), con el MORDAZA UNANIME del Pleno del Concejo y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion de actas; ACUERDA: Articulo Primero.- AUTORIZAR, del 17 al 21 de MORDAZA, el viaje de la senora Regidora MARISELLA MORDAZA MORDAZA, a la MORDAZA de MORDAZA - Ecuador, para participar, en representacion de la Municipalidad Distrital del Rimac; en el MORDAZA de la Red "MUJERES Y CIUDAD", para los fines expuestos en la parte considerativa del presente Acuerdo; el mismo que se llevara a cabo los dias 18, 19 y 20 de MORDAZA de 2007. Articulo Segundo.- Los gastos de hospedaje, alimentacion y transporte interno local durante los dias que dure el evento, seran cubiertos por los organizadores. Articulo Tercero.- La Municipalidad Distrital del MORDAZA, cubrira los gastos de pasaje aereo (ida y vuelta) y el impuesto respectivo, el mismo que asciende a la suma de S/. 1,350.00 (Un mil trescientos cincuenta y 00/100 Nuevos Soles). Articulo Cuarto.- Dentro de los quince dias calendario siguientes, de efectuado el viaje, la Regidora Marisella MORDAZA MORDAZA presentara ante el titular del pliego un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Articulo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Oficina de Administracion y Finanzas y a la Oficina de Secretaria General el fiel cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo. Dado en el Palacio Municipal, a los veintinueve dias del mes de junio del dos mil siete. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 80868-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Establecen beneficio de regularizacion e incentivos a favor de contribuyentes del distrito por realizacion del Programa "Actualizacion Urbana"
ORDENANZA Nº 392-MSB San MORDAZA, 2 de MORDAZA de 2007 EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SAN MORDAZA POR CUANTO: Visto, en la XIII-2007 Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 2.07.2007, el Dictamen Nº 018-2007-MSB-CAL y Dictamen Nº 005-2007-MSB-CER, mediante los cuales se recomienda al Concejo Municipal la aprobacion del Programa de Ordenanza que establece beneficio de regularizacion e incentivos a favor de contribuyentes del distrito de San Borja. CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru, en su articulo 74º, senala que los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales pueden crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas o exonerar de estas, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley. Que, el articulo 195º numeral 4) de la Constitucion Politica, establece que los Gobiernos locales promueven el desarrollo y la economia local y la prestacion de los servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y regionales de desarrollo. Son competentes para: crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, o exonerar de estos dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley. Que, el articulo 14º del TUO de la Ley de Tributacion Municipal, aprobado por el Decreto Supremo Nº 1562004-EF, establece los casos en que los contribuyentes estan obligados a presentar declaracion jurada; son "a) anualmente, el ultimo dia habil del mes de febrero, salvo que el municipio establezca una prorroga; b) cuando se efectua cualquier transferencia de dominio de un predio o se transfieran a un concesionario la posesion de los predios integrantes de una concesion efectuada al MORDAZA de Decreto Supremo Nº 059-96-PCM, TUO de las normas con rango de Ley que regulan la entrega en concesion al sector privado de las obras publicas de infraestructura y de servicios publicos, sus normas modificatorias, ampliatorias y reglamentarias o cuando la posesion de estos revierta al Estado, , asi como cuando el predio sufra modificaciones en sus caracteristicas que sobrepasen el valor de cinco (5) UIT, en estos casos la declaracion jurada debe presentarse hasta el ultimo dia habil del mes siguiente de producidos los hechos y; c) cuando asi lo determine la administracion tributaria para la generalidad de contribuyentes y dentro del plazo que se determine para tal fin. Que, de acuerdo a lo establecido en el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, en concordancia con el numeral 4) del articulo 200º de la Constitucion Politica del Estado y la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, las Ordenanzas son normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por medios de las cuales se aprueban la organizacion interna, la regulacion, administracion y supervision de los servicios publicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa. Mediante Ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los limites establecidos por la Ley.

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