Norma Legal Oficial del día 18 de julio del año 2007 (18/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES
Deficit de la Provision por Cobranza Dudosa y faltante de bienes Reserva para Valuacion de Activos (2) Perdidas de Ejercicios Anteriores Perdida MORDAZA del Ejercicio Deficit de Provisiones (3) TOTAL C. PATRIMONIO EFECTIVO (A-B):

El Peruano MORDAZA, miercoles 18 de MORDAZA de 2007

oficio. Posteriormente, conforme las instrucciones que emita la Superintendencia, la citada informacion podra ser remitida mediante el "Submodulo de Captura y Validacion Externa" ­ SUCAVE" Articulo Decimo Tercero.- Modifiquese el primer parrafo de los formularios de Certificado de Deposito, Warrant, Certificado de Deposito Insumo-Producto y Warrant Insumo-Producto, aprobados por la Resolucion SBS Nº 019-2001, por el texto siguiente: "En... ............. el dia .... de ............. de 2..., se expide el presente titulo a la orden de ....................................... domiciliado en ................................ con D.O.I ¹ : ........ Nº ..............., sobre los bienes abajo especificados, asegurados contra el riesgo de ................. en la Empresa .................... con domicilio en ......................................... por su valor en riesgo correspondiente. El plazo del deposito es de ................... y vence el ....... de .......... de 2... La tarifa de almacenaje es de ..............." Articulo Decimo Cuarto.- Sustituir los Anexos 1, 2 y 3 del Reglamento por los que acompanan a la presente Resolucion. Articulo Decimo Quinto.- Incorporar el Anexo 3-A, "Relacion de Almacenes de Campo", de acuerdo con el formato adjunto a la presente Resolucion. Articulo Decimo Sexto.- Modificar los Procedimientos Nºs. 92 y 93 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones aprobado mediante Resolucion SBS Nº 1312002 conforme a los textos que se adjuntan en la presente Resolucion. Articulo Decimo Setimo.- El MORDAZA formato del Anexo 2 se remitira a partir de la informacion financiera del tercer trimestre de 2007 en el plazo previsto por el inciso a) del articulo 21º del Reglamento. En el caso de la informacion mensual de los incisos b), c) y d) del articulo 21º del Reglamento, los nuevos formatos de los Anexos 1, 2, 3 y 3-A se enviaran a partir de la informacion correspondiente a setiembre de 2007 en los plazos previstos por cada inciso, sin perjuicio de la informacion mensual que debera seguir remitiendose hasta agosto de 2007 en los antiguos formatos de los anexos vigentes MORDAZA de su modificacion por la presente Resolucion. Articulo Decimo Octavo.- Salvo lo indicado en el anterior articulo, la presente Resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA TAM FOX Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
ANEXO 1 COMPUTO DEL LIMITE DE RESPONSABILIDADES POR BIENES RECIBIDOS EN DEPOSITO FINANCIERO (En MORDAZA de Nuevos Soles) Al ............... de......... de......... A. PATRIMONIO Capital Pagado Capital en tramite (1) Capital Adicional (1) Reservas facultativas Reserva Legal Utilidades no repartidas Utilidades del Ejercicio TOTAL B. DEDUCCIONES

(....................................) (....................................) (....................................) (....................................) (....................................) -------------------------------==================

D. SALDO MENSUAL COMPUTABLE DE BIENES ALMACENADOS Deposito Financiero ­ Almacenes Propios. ................................... Deposito Financiero ­ Almacenes de Campo. .................................. Deposito Financiero ­ Deposito Aduanero ................................... Autorizado TOTAL E. LIMITE GLOBAL :(RELACION : C x 100 / D) = ----------------------------........................ %

--------------------------------------Gerente General

----------------------------------Contador

--------------------------------------------------------------------------------------------------------(1) Solo se considera el monto comunicado documentadamente, en forma previa, a la Superintendencia. (2) Es deducible la diferencia que pudiese existir entre el monto de los activos no monetarios y el valor estimado de realizacion de dichos activos, cuando este ultimo sea menor. (3) Se refiere al deficit de provisiones estimado por la Superintendencia a la MORDAZA fecha de evaluacion de activos. Se debera considerar el deficit determinado por Auditores Externos o por la propia entidad, en caso de que resulten mayor al estimado por la Superintendencia.

ANEXO 2 EMPRESA ............................................................... AL ..... DE ............. DE ..... (En MORDAZA de nuevos soles) BALANCE GENERAL ACTIVO MORDAZA y Bancos Valores Negociables Clientes (Neto) Cuentas por cobrar Accionistas y Personal Cuentas por cobrar diversas (Neto) Mercaderia Adjudicada Existencias Otros activos corrientes TOTAL ACTIVO CORRIENTE Inversiones en Valores Inmuebles, maquinarias y equipo (-) Depreciacion Acumulada Inversiones Intangibles (Neto) Cargas Diferidas Otros activos no corrientes TOTAL ACTIVO NO CORRIENTE TOTAL ACTIVO PASIVO Sobregiros _______________ _______________ _______________ _______________ _______________ _______________ _______________ _______________ _______________ _______________ _______________ _______________ _______________ _______________ _______________ _______________ _______________ _______________

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