Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE JULIO DEL AÑO 2007 (18/07/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 35

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 18 de julio de 2007 349253 VISTA: La solicitud presentada por ACP Inversiones y Desarrollo representada por los señores Luis Felipe Derteano Marie y Luis Alberto Ovalle Gates, para la organización de una compañía de seguros denominada “PROTECTA S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS”, y, CONSIDERANDO:Que, mediante Primera Asamblea General Ordinaria de ACP Inversiones y Desarrollo de fecha 28 de marzo de 2007, se aprobó la participación de la empresa como accionista en “PROTECTA S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS”, otorgándose poderes al señor Luis Alberto Ovalle Gates, Gerente General para que conjuntamente con los señores Luis Felipe Derteano Marie y/o Alfredo Ernesto Llosa Barber, Presidente y Vicepresidente respectivamente, puedan suscribir los documentos públicos y privados que se requieran a efectos de constituir y operar la empresa de seguros; Que, se ha cumplido con acompañar a la solicitud de autorización de organización de “PROTECTA S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS”, cuyos accionistas son ACP Inversiones y Desarrollo y el señor Alfredo Ernesto Llosa Barber, el proyecto de minuta de constitución social respectiva encontrándose, conforme a Ley; y el estudio de factibilidad de mercado, fi nanciero y de gestión, que sustentan la creación de la entidad de seguros, de conformidad con lo dispuesto por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros – Ley Nº 26702 y sus modi fi catorias, en adelante Ley General, y lo establecido en el Reglamento para la Constitución y el Establecimiento de Empresas y Representantes de los Sistemas Financiero y de Seguros, aprobado mediante la Resolución SBS Nº 600-98 de fecha 24 de junio de 1998; Estando a lo informado por la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica, la Superintendencia Adjunta de Riesgos, la Gerencia de Estudios Económicos y la Superintendencia Adjunta de Seguros, mediante Informes Nº 379-2007-LEG, Nº 534-2007-LEG, Nº 070-2007-SAR, Nº 008-2007-ASAP, y Nº 067-2007-ASSSB, respectivamente; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 21º de la Ley Nº 26702 y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 349º de la referida Ley General; RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar la organización de la empresa “PROTECTA S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS” para lo cual se aprueba el proyecto de minuta presentado para tal efecto por el Organizador, que se devuelve debidamente autenticado con el sello o fi cial de esta Superintendencia para su elevación a escritura pública, debiendo insertarse el Certi fi cado de Autorización al que se re fi ere el Artículo Tercero de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Para la autorización de funcionamiento de la empresa “PROTECTA S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS” en organización, deberán realizar dentro del plazo de ley, todas las acciones orientadas a formalizar su constitución; asimismo, comunicar por escrito a esta Superintendencia que se ha cumplido con las exigencias establecidas en el artículo 11º de la Resolución SBS Nº 600-98 para el funcionamiento de la sociedad, procediendo para tal efecto a: a) Adjuntar el Testimonio de la Escritura Pública de Constitución Social inscrita en los Registros Públicos; b) Acreditar la constitución de su capital social;c) Acreditar que debida y oportunamente se ha efectuado la publicación de que trata el numeral 1) del artículo 23º de la Ley General; d) Remitir la relación y currículum vitae de sus directores, gerentes y funcionarios principales; así como, los certi fi cados y declaraciones juradas señalados en el Anexo I de la Resolución SBS Nº 600-98; e) Remitir copia certi fi cada de los poderes que se les hubiera otorgado a sus directores y funcionarios, incluyendo la delegación de facultades; f) Remitir información referida a las condiciones de seguridad y equipamiento de sus o fi cinas; así como la cobertura contra los riesgos principales de la actividad a realizar; g) Aprobar las políticas y procedimientos generales respecto a las operaciones y servicios que la empresa considera brindar; h) Presentar el plan estratégico, estructura orgánica, los manuales de organización y funciones, de políticas y procedimientos, de control de riesgos y demás manuales de la empresa. i) Describir los sistemas de información de la empresa, incluyendo un detalle de los equipos y sistemas informáticos que considera implementar; j) Entregar los requerimientos establecidos mediante Ofi cio Nº 06941-2007-SBS respecto a los riesgos de mercado, liquidez e inversiones y de operación así como cualquier otra información complementaria que sea requerida por esta Superintendencia y que tienda a demostrar la capacidad de funcionamiento de la empresa. Artículo Tercero.- Disponer que por Secretaría General se otorgue el correspondiente Certi fi cado de Autorización de Organización, el mismo que deberá ser publicado en el Diario O fi cial El Peruano, conforme a Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese.FELIPE TAM FOX Superintendente de Banca, Segurosy Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 85078-1 Modifican Reglamento de los Almacenes Generales de Depósito, formularios de Certificados aprobados mediante la Res. Nº 019-2001 y los Procedimientos 92º y 93º del TUPA de la SBS RESOLUCIÓN SBS Nº 926-2007 Lima, 13 de julio de 2007EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DEPENSIONES CONSIDERANDO:Que, la Tercera Disposición Final y Complementaria de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, aprobada por la Ley Nº 26702 y sus modi fi catorias, en adelante Ley General, establece que los Almacenes Generales de Depósito se rigen por sus leyes propias en lo no derogado por la Ley General y se encuentran bajo la autoridad y control de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones; Que, mediante Resolución SBS Nº 040-2002 del 16 de enero de 2002, se aprobó el Reglamento de los Almacenes Generales de Depósito, en adelante Reglamento; Que, mediante Resolución SBS Nº 019-2001 del 16 de enero de 2001, se aprobaron los formularios usados para la emisión de los Certi fi cados de Depósito, Warrants, sus anexos y sus respectivos endosos; Que, es necesario realizar modi fi caciones al Reglamento con la fi nalidad de otorgar mayor dinamismo a la industria almacenera, a la par de una supervisión más efectiva por parte de esta Superintendencia; Estando a lo opinado por las Superintendencias Adjuntas de Banca y Micro fi nanzas, y de Asesoría Jurídica, y la Gerencia de Estudios Económicos; y, En uso de las atribuciones conferidas por los numerales 9 y 13 del artículo 349º de la Ley General; RESUELVE:Artículo Primero.- Sustituir los incisos a), d) y e) del artículo 3º del Reglamento por los textos siguientes: