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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2008 (31/12/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 196

TEXTO PAGINA: 125

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 31 de diciembre de 2008 387323 INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Exoneran de proceso de selección la contratación del suministro de alimentos para el Establecimiento Penitenciario de Chachapoyas RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO N° 735-2008-INPE/P Lima, 23 de diciembre de 2008VISTO, el Ofi cio Nº 592-2008-INPE/21 de la Ofi cina Regional Nor Oriente San Martín, recibido por la Ofi cina de Asesoría Jurídica el 17 de diciembre de 2008, que adjunta el Informe Técnico Legal Nº 022-2008-INPE/21.04 de fecha 12 de diciembre de 2008, suscrito por el Sub Director de la Unidad de Administración y el Asesor Jurídico, por el cual solicita que se declare en situación de desabastecimiento inminente el suministro de alimentos preparados para internos, internas, niños y personal de seguridad del Establecimiento Penitenciario de Chachapoyas, e Informe Nº 330-2008-INPE/08 de fecha 23 de diciembre de 2008, emitido por la Ofi cina de Asesoría Jurídica del Instituto Nacional Penitenciario. CONSIDERANDO:Que, mediante Informe Técnico Legal Nº 022- 2008-INPE/21.04 de fecha 12 de diciembre de 2008, el Subdirector de la Unidad de Administración y el Asesor Jurídico de la Ofi cina Regional Nor Oriente San Martín, refi eren que con fecha 30 de mayo de 2007 se suscribió el Contrato Nº 002-2007-INPE/19 para el “Suministro de raciones alimenticias para internos varones, mujeres, niños y personal de seguridad para los Establecimientos Penitenciarios de Chachapoyas y Bagua Grande”, con el señor Héctor Raúl Díaz Flores, representante de la empresa El Ñaño SRL, por el monto de (S/. 598 344,50 nuevos soles), el cual culminó el 01 de mayo de 2008, por haberse ejecutado el monto total adjudicado; Que, también señalan que al haberse ejecutado el monto total adjudicado se procedió a realizar la Contratación Complementaria con el mismo contratista por el plazo de tres (03) meses, el cual culminó el 01 de agosto de 2008. Posteriormente, para fi nanciar las raciones de alimentos a la población penal, niños y personal de seguridad de los citados establecimientos penitenciarios, la Ofi cina Regional Nor Oriente San Martín con fecha 01 de agosto de 2008, dispuso la ejecución de una prestación adicional por el monto de S/. 8 077,65 nuevos soles, la misma que se amplió hasta el 03 de agosto de 2008; Que, de otro lado, informan que de acuerdo con el calendario del proceso de selección, el Comité Especial con fecha 14 de julio de 2008 realizó el Acto Público de Presentación, Apertura, Evaluación de Propuestas y Otorgamiento de la Buena Pro de la Licitación Pública Nº 002-2008-INPE/21 “Suministro de alimentos preparados para internos (as), niños y personal de seguridad de los Establecimientos Penitenciarios de Chachapoyas y Bagua Grande”, otorgando la buena pro al Consorcio C&L LLAMAME – PROALPI SRL – SERMUL CHICKEN PARK EIRL. Sin embargo, con fecha 24 de julio de 2008 el postor CEDAQUI EIRL y el Consorcio Pura Amayo Sucesores – El Ñaño SRL – Sandra Luisa Gutiérrez Valera y Ana Luisa Uyejara García, interponen recurso de apelación ante el Tribunal del CONSUCODE, por lo que se suspendió el proceso de selección hasta el pronunciamiento de dicha entidad; Que, asimismo, indican que debido a lo descrito precedentemente y estando a que la prestación adicional se cumplía el 03 de agosto de 2008, la Ofi cina Regional Nor Oriente San Martín, a través del Ofi cio Nº 370-2008-INPE/21 de fecha 24 de julio de 2008, solicitó a la Presidencia del INPE la exoneración del correspondiente proceso de selección para el suministro de alimentos preparados para internos, internas, niños y personal de seguridad de los Establecimientos Penitenciarios de Chachapoyas y Bagua Grande, el cual fue atendido mediante Resolución Presidencial Nº 426-2008-INPE/P de fecha 31 de julio de 2008, por el cual se declaró en situación de desabastecimiento inminente el suministro de alimentos preparados para los referidos establecimientos penitenciarios, suscribiéndose el Contrato Nº 015-2008-INPE/21, el cual por el monto adjudicado culminó el 24 de setiembre de 2008; Que, ante esta nueva situación, la Ofi cina Regional Nor Oriente San Martín, a través del Ofi cio Nº 460-2008-INPE/21 de fecha 22 de setiembre de 2008, solicitó a la Presidencia del INPE la exoneración del correspondiente proceso de selección para el suministro de alimentos preparados para los citados establecimientos penitenciarios, el cual fue atendido mediante Resolución Presidencial Nº 591-2008-INPE/P de fecha 24 de setiembre de 2008, suscribiéndose el Contrato Nº 022-2008-INPE/21, el cual, por el monto adjudicado culminó el 27 de octubre de 2008; Que, nuevamente mediante Ofi cio Nº 496-2008- INPE/21 de fecha 20 de octubre de 2008, la Ofi cina Regional Nor Oriente San Martín, solicitó a la Presidencia del INPE la exoneración del correspondiente proceso de selección para el suministro de alimentos preparados para el Establecimiento Penitenciario de Chachapoyas, el cual fue atendido mediante Resolución Presidencial Nº 628-2008-INPE/P de fecha 27 de octubre de 2008, suscribiéndose el Contrato Nº 028-2008-INPE/21, el cual, por el plazo contratado culmina el 24 de diciembre de 2008; Que, mediante Resolución Nº 2627-2008-TC- S1 de fecha 17 de setiembre de 2008 el Tribunal del CONSUCODE resolvió, entre otros, dejar sin efecto el acto de otorgamiento de la buena pro del ítem 1 y 2 de la Licitación Pública Nº 002-2008-INPE/21, disponiendo que el Comité Especial admita, evalúe y califi que la propuesta del Consorcio integrado por las empresas Pura Amayo Sucesores SRL – El Ñaño SRL – Ana Luisa Uyejara García, de acuerdo a los criterios establecidos en las Bases y la precitada resolución; Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la referida Resolución del CONSUCODE, el Comité Especial con fecha 29 de setiembre de 2008, procedió a evaluar y califi car las propuestas de las empresas antes citadas, otorgando la buena pro de la Licitación Pública Nº 002-2008-INPE/21 en el Ítem 1: Establecimiento Penitenciario de Chachapoyas e Ítem 2: Establecimiento Penitenciario de Bagua Grande al Consorcio C & L Llamame – PROALPI SRL – SERMUL CHICKEN PARK EIRL; sin embargo, con fecha 06 de octubre de 2008, el Tribunal del CONSUCODE comunica que la empresa CEDAQUI EIRL ha interpuesto recurso de apelación contra el otorgamiento de la buena pro del Ítem 1, correspondiente al Establecimiento Penitenciario de Chachapoyas, por consiguiente, el proceso de selección, respecto al Ítem 1, ha quedó suspendido hasta que el CONSUCODE se pronuncie; Que, mediante Resolución Nº 2627-2008-TC-S1 de fecha 28 de noviembre de 2008, el Tribunal del CONSUCODE, declara nulo el ítem 1, convocada por la Ofi cina Regional Nor Oriente San Martín para el suministro de alimentos preparados para el Establecimiento Penitenciario de Chachapoyas y Bagua Grande, disponiendo además que se retrotraiga a la etapa de convocatoria, previa reformulación y aprobación de las Bases; Que, la Ofi cina Regional Nor Oriente San Martín también señala que de acuerdo al control de la ejecución del Contrato Nº 028-2008-INPE/21, el monto del contrato sólo alcanzaría hasta el 24 de diciembre de 2008, fecha en la cual termina dicho contrato; Que, la Ofi cina Regional Nor Oriente San Martín señala que el hecho de no contar con el suministro de alimentos preparados es consecuencia de una situación extraordinaria e imprevisible que se ha presentado durante el desarrollo del proceso de selección, por lo que refi ere que es necesario declarar en situación de desabastecimiento inminente el suministro de alimentos preparados para internos, internas, niños y personal de seguridad del Establecimiento Penitenciario de Chachapoyas por el período de cincuenta y ocho (58) días calendario, hasta por un monto total de noventa y tres mil trescientos cincuenta y uno con 00/100 nuevos soles (S/. 93 351,00), cuyo cuadro de reaciones se encuentra indicado en el citado Informe Técnico, importe que servirá Descargado desde www.elperuano.com.pe