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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE JUNIO DEL AÑO 2008 (06/06/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 35

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 6 de junio de 2008 373517 de bodega, vía reacondicionamiento de la embarcación pesquera denominada “COQUI V” de matrícula Nº CE-0254-PM hasta un máximo de 204.00 m3 de capacidad de bodega, la cual será sustituida por una nueva embarcación según consta en la Resolución Directoral Nº 424-2007-PRODUCE/DGEPP, y luego será adquirida por la empresa recurrente para dedicarla a la extracción de los recursos hidrobiológicos anchoveta y sardina para consumo humano indirecto, utilizando redes de cerco con longitud mínima de abertura de malla de ½ pulgada (13 mm) y 1 ½ pulgada (38 mm), según corresponda, en el ámbito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas marinas adyacentes a la costa; Que la embarcación “COQUI IV” fi gura en el literal J, con permiso de pesca para el recurso anchoveta del Anexo I, y en el Anexo V con permiso de pesca suspendido para el recurso sardina por no contar con la red correspondiente, del listado de embarcaciones pesqueras de mayor escala, aprobado con Resolución Ministerial Nº 084-2007-PRODUCE; asimismo fi gura en el Anexo II del listado de embarcaciones pesqueras de mayor escala que cuentan con derecho de sustitución de capacidad de bodega, aprobado con Resolución Ministerial Nº 086-2007-PRODUCE; Que los Artículos 1º y 2º del Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE de fecha 5 de septiembre del 2002, establecen respectivamente, que los recursos sardina (Sardinops sagax sagax), jurel (Trachurus picturatus murphy) y caballa (Scomber japonicus peruanus) serán destinados al consumo humano directo y que los armadores de las embarcaciones pesqueras con permiso de pesca indistintamente para los recursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo y/o indirecto sólo podrán desarrollar actividades extractivas de los recursos en mención, en el marco del Régimen de Abastecimiento Permanente a la Industria Conservera, Congeladora y de Curados aprobado por Resolución Ministerial Nº 150-2001-PE, debiendo para cuyo efecto adecuarse a las disposiciones contenidas en la citada resolución; Que a través de los escritos del visto, la empresa PESQUERA ISA S.R.L., como consecuencia de la autorización de incremento de fl ota vía sustitución de la embarcación pesquera “COQUI IV” de matrícula CE-2450-PM, otorgada por Resolución Directoral Nº 448-2007-PRODUCE/DGEPP, solicita permiso de pesca para operar la embarcación pesquera “COQUI V” de matrícula Nº CE-0254-PM, asimismo solicita la modifi cación de Resolución Autoritativa por cambio de nombre de la embarcación “COQUI V” de matrícula Nº CE-0254-PM a embarcación “SAN JUDAS” conforme consta en el certifi cado de matrícula actualizado y vigente correspondiente; Que de la evaluación del expediente administrativo, se desprende que la administrada cumple con los requisitos establecidos en el procedimiento administrativo Nº 1 y 19 del Texto Único de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE y demás normas modifi catorias; asimismo se observa que la embarcación pesquera “COQUI V” (actual “SAN JUDAS”) de matrícula Nº CE-0254-PM, con una capacidad de bodega de 203.19 m3, según Certifi cado Nacional de Arqueo expedido por la Autoridad Marítima, no excede la capacidad de bodega autorizada por la Administración, por lo que resulta procedente otorgar el permiso de pesca solicitado para operar la citada embarcación, así como aprobar la modifi cación de Resolución Autoritativa por cambio de nombre de la misma; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero mediante Informes Nºs. 103 y 134-2008-PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinión favorable de la Instancia Legal correspondiente; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 – Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE y demás normas modifi catorias; y, En uso de las facultades conferidas por el Artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, y por el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifi car el artículo 1º de la Resolución Directoral Nº448-2007-PRODUCE/DGEPP, con la cual se otorgó a la empresa PESQUERA ISA S.R.L., autorización de incremento de fl ota por sustitución de su embarcación pesquera “COQUI IV”, de matrícula Nº CE-2450-PM, con 204.00 m3 de capacidad de bodega, vía reacondicionamiento de la embarcación pesquera denominada “COQUI V” de matrícula Nº CE-0254-PM hasta un máximo de 204.00 m3 de capacidad de bodega, sólo en el extremo referido al nombre de la embarcación “COQUI V” de matrícula Nº CE-0254-PM, la misma que en adelante se denominará “SAN JUDAS”. Artículo 2º.- Otorgar a favor de la empresa PESQUERA ISA S.R.L., permiso de pesca a plazo determinado para operar la embarcación pesquera “SAN JUDAS ” (ex “COQUI V”) de matrícula Nº CE-0254-PM, con 203.19 m3 de capacidad de bodega, para dedicarse a la extracción de los recursos hidrobiológicos anchoveta y sardina para consumo humano indirecto, utilizando redes de cerco con longitud mínima de abertura de malla de ½ pulgada (13 mm) y 1 ½ pulgada (38 mm), según corresponda, en el ámbito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas marinas adyacentes a la costa. Artículo 3º.- El permiso de pesca a que se refi ere la presente Resolución será ejercido conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE, que establece que los recursos sardina, jurel y caballa serán destinados al consumo humano directo, o las normas que lo modifi quen o sustituyan, y a las sanciones previstas por su incumplimiento establecidas en el Decreto Supremo Nº 016-2007-PRODUCE. En este supuesto la totalidad de bodegas de la embarcación deben mantener implementado y operativo el medio o el sistema de preservación a bordo RSW o CSW, cuyo funcionamiento es obligatorio. Artículo 4º.- Dejar sin efecto el permiso de pesca otorgado por Resolución Ministerial Nº 180-95-PE, modifi cado en el nombre de la embarcación y en su titularidad por Resolución Directoral Nº 480-2003-PRODUCE/DNEPP, a favor de PESQUERA ISA S.R.L. Artículo 5º.- Incorporar la presente Resolución al literal J del Anexo I, y al Anexo V de la Resolución Ministerial Nº 084-2007-PRODUCE, asimismo al Anexo II de la Resolución Ministerial Nº 086-2007-PRODUCE. Artículo 6º.- Excluir la Resolución Directoral Nº 448- 2007-PRODUCE/DGEPP del Anexo III de la Resolución Ministerial Nº 084-2007-PRODUCE. Artículo 7º.- Excluir a la embarcación pesquera “COQUI IV” de matrícula Nº CE-2450-PM, del Anexo I, Anexo III y Anexo V de la Resolución Ministerial Nº 084-2007-PRODUCE; así como del Anexo II de la Resolución Ministerial Nº 086-2007-PRODUCE, procediéndose de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 004-2002-PRODUCE, precisado por Decreto Supremo 015-2007-PRODUCE. Artículo 8º.- Transcribir la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, Direcciones Regionales Sectoriales de la Producción del Litoral, Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa y consignarse en el Portal de la Página Web del Ministerio de la Producción: www.produce.gob.pe Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE VÉRTIZ CALDERÓN Director General de Extracción yProcesamiento Pesquero 208899-4 Aprueban cambio de titular de permiso de pesca de embarcación pesquera otorgado mediante R.D. Nº 112-2002-CTAR PIURA/DIREPE-DR RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 176-2008-PRODUCE/DGEPP Lima, 2 de abril del 2008 Visto el escrito de registro Nº 00046938 de fechas 05 de julio, 14 de agosto, 05 de noviembre y 19 de diciembre de 2007, presentados por JUAN VITE MORALES, CONSIDERANDO:Que mediante Resolución Directoral Nº 112-2002- CTAR PIURA/DIREPE-DR, modifi cada por la Resolución Descargado desde www.elperuano.com.pe