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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 13 de diciembre de 2009 407783 De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley N° 25977 – Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE; Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General; En uso de las facultades conferidas por el Artículo 118° del Decreto Supremo N° 012-2001-PE y Resolución Ministerial N° 071-2001-PE; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Declarar inadmisible la solicitud de ampliación de permiso de pesca para la extracción de los recursos jurel y caballa para el consumo humano directo con la embarcación denominada SECHURA de matricula N° PT-13533-PM, presentada por la empresa CONSERVERA GARRIDO S.A., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2°.- Transcribir la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, a las Direcciones Regionales Sectoriales del litoral y consignarse en el Portal de la Pagina Web del Ministerio de la Producción : www.produce.gob.pe Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCO ANTONIO ESPINO SANCHEZ Director General de Extracción y Procesamiento Pesquero 434692-7 RELACIONES EXTERIORES Autorizan viaje de Presidente de la Sección Nacional Peruana de la Comisión Binacional Permanente para la Administración del Canal de Zarumilla y la Utilización de sus Aguas, a Ecuador, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1676/RE-2009 Lima, 10 de diciembre de 2009 VISTA: La Resolución Ministerial N° 1640-2009-RE, de 03 de diciembre de 2009, que autoriza el viaje, en comisión de servicios, del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Julio Eduardo Martinetti Macedo, Director Nacional de Desarrollo Fronterizo, de la Subsecretaría para Asuntos de América, a la ciudad de Machala, República del Ecuador, del 15 al 16 de diciembre de 2009, para que en su calidad de Presidente de la Sección Nacional Peruana de la Comisión Binacional Permanente para la Administración del Canal de Zarumilla y la Utilización de sus Aguas, participe en la IV Reunión de la citada Comisión Binacional; CONSIDERANDO: Que, se han previsto realizar los siguientes eventos: Reunión con las Autoridades Municipales del distrito fronterizo de Aguas Verdes, Región Tumbes, con relación a la habilitación urbana conforme con el régimen de la Zona de Libre Tránsito Aguas Verdes-Huaquillas, el 14 de diciembre de 2009; Reunión con las autoridades locales de Tumbes, para difundir los trabajos de replanteo de la línea fronteriza, en particular sobre la administración de terrenos agrícolas y eriazos a ambos lados de la frontera y sobre la solicitud de reanudación de la construcción de defensas ribereñas en el río Zarumilla, en Aguas Verdes, Región Tumbes, el 14 de diciembre de 2009; Reunión de los Grupos de Trabajo del Perú y Ecuador y IV Reunión de la “Comisión Binacional Permanente para la Administración del Canal de Zarumilla y la Utilización de sus Aguas”, a realizarse en la ciudad de Machala, República del Ecuador, del 15 al 16 de diciembre de 2009; y la I Reunión de Trabajo para formular el Estatuto dispuesto en el “Acuerdo para el Establecimiento de la Comisión Binacional para la Gestión Integrada de los Recursos Hídricos de la Cuenca Hidrográfi ca Transfronteriza del Río Zarumilla”, a realizarse en la ciudad de Machala, República del Ecuador, el 17 de diciembre de 2009; Teniendo en cuenta el Memorándum de la Dirección Nacional de Desarrollo Fronterizo Nº DDF 0534/2009, de 03 de diciembre de 2009; y el Memorándum de la Dirección de Finanzas Nº FIN0415/2009, de 03 de diciembre de 2009, que certifi ca la disponibilidad presupuestal del presente viaje; De conformidad con la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; los artículos 185º y 190º de su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; en concordancia con el artículo 83º del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005- 90-PCM; la Ley Nº 29357; la Ley Nº 27619, su modifi catoria la Ley Nº 28807, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; su modifi catoria el Decreto Supremo N° 005-2006-PCM; el Decreto Supremo Nº 028-2009-EF, que establece la escala de viáticos en el territorio nacional; y el numeral 9.3 del artículo 9º de la Ley Nº 29289; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 1640-2009-RE, de 03 de diciembre de 2009. Artículo 2º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Julio Eduardo Martinetti Macedo, Director Nacional de Desarrollo Fronterizo del Ministerio de Relaciones Exteriores y Presidente de la Sección Nacional Peruana de la Comisión Binacional Permanente para la Administración del Canal de Zarumilla y la Utilización de sus Aguas, a la ciudad de Tumbes el 14 de diciembre de 2009, y a la ciudad de Machala, República del Ecuador, del 15 al 17 de diciembre de 2009, a fi n que participe en las reuniones descritas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 3º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta: 00917 – Implementación de los Planes de Desarrollo Fronterizo, debiéndose rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días, al término de la referida comisión de servicios, de acuerdo con el siguiente detalle: Por el viaje nacional a la Región Tumbes Nombres y Apellidos Pasajes aéreo US$ Viáticos por día S/. Número de días Total viáticos S/. Tarifa aeropuerto S/. Julio Eduardo Martinetti Macedo 327.61 210.00 01 210.00 30.24 Por el viaje Internacional a la ciudad de Machala, República del Ecuador Nombres y Apellidos Pasaje terrestre S/. Viáticos por día US$ Número de días Total viáticos US$ Tarifa aeropuerto US$ Julio Eduardo Martinetti Macedo 200.00 200.00 3+1 800.00 0.00 Artículo 4º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al termino del referido viaje, el citado funcionario diplomático deberá presentar un informe ante el señor Ministro de Relaciones Exteriores de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Artículo 5º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuesto aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 434536-1