Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE ENERO DEL AÑO 2009 (15/01/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 39

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 15 de enero de 2009 388537 En el Primer párrafo del artículo 214°; DICE: “Artículo 214°.- Conciliación Cualquiera de las partes tiene el derecho a solicitar una conciliación dentro del plazo de caducidad previsto en los artículos 144°, 170, 174°, 177°, 199°, 201°, 209°, 210° y 211° o, en su defecto, en el artículo 52° de la Ley, debiendo iniciarse este procedimiento ante un Centro de Conciliación acreditado por el Ministerio de Justicia. (…)” DEBE DECIR: “Artículo 214°.- Conciliación Cualquiera de las partes tiene el derecho a solicitar una conciliación dentro del plazo de caducidad previsto en los artículos 144°, 170°, 175°, 177°, 199°, 201°, 209°, 210° y 211° o, en su defecto, en el artículo 52° de la Ley, debiendo iniciarse este procedimiento ante un Centro de Conciliación acreditado por el Ministerio de Justicia. (…)” En el Primer párrafo del artículo 215°; DICE: “Artículo 215°.- Inicio del Arbitraje Cualquiera de las partes tiene el derecho a iniciar el arbitraje administrativo dentro del plazo de caducidad previsto en los artículos 144°, 170, 174°, 177°, 199°, 201°, 209°, 210° y 211° o, en su defecto, en el articulo 52° de la Ley. (…)” DEBE DECIR: “Artículo 215°.- Inicio del Arbitraje Cualquiera de las partes tiene el derecho a iniciar el arbitraje administrativo dentro del plazo de caducidad previsto en los artículos 144°, 170°, 175°, 177°, 199°, 201°, 209°, 210° y 211° o, en su defecto, en el artículo 52° de la Ley. (…)” 301054-1 EDUCACION Aprueban relación de proyectos de rehabilitación, construcción y equipamiento de infraestructura educativa a contratarse conforme a lo dispuesto mediante D.U. Nº 026-2007 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0005-2009-ED Lima, 14 de enero de 2009 VISTOS; el Memorando Nº 6507-2008-ME/VMGI- OINFE de fecha 04 de diciembre de 2008 y el Memorando Nº 035-2009-ME/SG-OGA, de fecha 12 de enero de 2009 y; CONSIDERANDO; Que, en Acuerdo Nº 060-09-2008-D-FORSUR de fecha 05 de mayo de 2008, el Directorio del Fondo para la Reconstrucción Integral de las Zonas Afectadas por los sismos del 15 de agosto de 2007-FORSUR, a solicitud del Ministerio de Educación, aprobó la priorización y fi nanciamiento de ocho proyectos de reconstrucción de infraestructura educativa, hasta por la suma total de S/. 14’581,567.00 (Catorce millones quinientos ochenta y un mil quinientos sesenta y siete con 00/100 nuevos soles), formulada en el Ofi cio Nº 151-2008-ME/VMGI; Que, los proyectos y presupuestos a que se refi ere el Acuerdo Nº 060-09-2008-D-FORSUR, son: Reconstrucción de la infraestructura y equipamiento de la institución educativa Nº 22240 “Francisco Corbetto Rocca” del distrito Chincha Alta, provincia Chincha, departamento Ica, por el monto de S/. 3’393,241.00; Reconstrucción de la infraestructura y equipamiento de la institución educativa Nº 22635, del distrito Pueblo Nuevo, provincia Chincha, departamento Ica, por el monto de S/. 1’328,449.00; Sustitución y Mejoramiento de la infraestructura y equipamiento de la institución educativa Nº 222 del distrito Chincha Alta, provincia Chincha, departamento de Ica, por el monto de S/. 644,755.00; Sustitución y Mejoramiento de la infraestructura y equipamiento de la institución educativa Nº 22278 del distrito de Chincha Alta, provincia Chincha departamento Ica, por el monto de S/. 701,336.00; Sustitución, reforzamiento y rehabilitación de la infraestructura de la institución educativa Nº 22237 “Aurelio Moisés Flores Gonzáles” del distrito de Chincha Alta, provincia Chincha, departamento Ica, por el monto de S/. 1’738,128.00; Construcción, reforzamiento y equipamiento de la infraestructura de institución educativa Nº 407, distrito El Carmen, provincia Chincha, departamento Ica, por el monto de S/. 598,886.00; Sustitución, reforzamiento y rehabilitación de la infraestructura, mobiliario y equipamiento de la institución educativa “Dos de Mayo” del distrito Pueblo Nuevo, provincia Chincha, departamento Ica, por el monto de S/. 2’209,713.00; Reconstrucción y mejoramiento de la infraestructura y equipamiento de la institución educativa “San Agustín” del distrito Chincha Alta, provincia Chincha, departamento Ica, por el monto de S/. 3’967,059.00; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 340-2008-ED de fecha 31 de julio de 2008 y su fe de erratas publicada en el diario ofi cial El Peruano el día 15 de agosto de 2008, se aprobó la relación de contrataciones vinculadas a la priorización precitada, a ser realizada mediante el procedimiento previsto en el artículo 6º del Decreto de Urgencia Nº 026-2007; Que, de acuerdo a lo expresado en el Memorando Nº 2094-2008-ME/SG-OGA de fecha 17 de octubre de 2008, la Jefe de la Ofi cina General de Administración comunica a la Jefatura de la Ofi cina de Infraestructura Educativa, la declaratoria de desierto de los procesos de selección realizados bajo el procedimiento especial del artículo 6º del Decreto de Urgencia Nº 026-2007, relacionados a los ocho proyectos de reconstrucción de infraestructura educativa priorizados por el FORSUR, y le solicita expresar si persiste la necesidad de contratación; Que, a través del Memorando Nº 6507-2008-ME/ VMGI-OINFE de fecha 04 de diciembre de 2008, el Jefe de la Ofi cina de Infraestructura Educativa remite a la Ofi cina General de Administración, los expedientes con los costos referenciales y plazos actualizados de los proyectos de inversión pública de las ocho instituciones educativas, actualizados por el área de Estudios y Proyectos de la OINFE, adjuntando los nuevos términos de referencia y las fi chas PIP FORSUR reformuladas, las mismas que fueron puestas en conocimiento de la Gerencia General del FORSUR mediante el Ofi cio Nº 4106-2008-ME/VMGI- OINFE; Que, a través de la Hoja de Coordinación Interna Nº 2130-2008-ME/SPE-UP de fecha 26 de noviembre de 2008, la Unidad de Presupuesto certifi ca disponibilidad presupuestaria para la elaboración de expediente técnico, ejecución de obra y supervisión de obra, hasta por la suma de S/. 14’866,356.00 (Catorce millones ochocientos sesenta y seis mil trescientos cincuenta y seis con 00/100 nuevos soles), de los cuales, S/. 1’097,534.00 (Un millón noventa y siete mil quinientos treinta y cuatro con 00/100 nuevos soles) corresponde a la fuente de fi nanciamiento 1:Recursos Ordinarios, y S/. 13’768,822.00 (Trece millones setecientos sesenta y ocho mil ochocientos veintidós con 00/100 nuevos soles) corresponde a la fuente de fi nanciamiento 4: Donaciones y Transferencias; indicando que la Ofi cina de Infraestructura Educativa deberá priorizar dichos recursos con cargo al presupuesto del año fi scal 2009, en las genéricas del gasto público correspondiente; Que, en respuesta del Ofi cio N° 2953-2008-ME/SG- OGA de fecha 27 de noviembre de 2008, la Gerencia General de FORSUR mediante Ofi cio N° 1322-2008- FORSUR-GG de fecha 18 de diciembre de 2008, manifi esta que en fecha 18 de noviembre de 2008, tomó conocimiento de la actualización de precios efectuada