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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE MAYO DEL AÑO 2009 (14/05/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 54

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 14 de mayo de 2009 395880 2. Poner la presente Resolución en conocimiento de la Subdirección del Registro del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE), para las anotaciones de ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. RODRÍGUEZ BUITRÓN. NAVAS RONDÓN. VALDIVIA HUARINGA. 346809-4 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Convierten el Quinto y Sexto Juzgados Penales Especiales de la Corte Superior de Justicia de Lima en el 58º y 59º Juzgados Penales de dicha sede judicial RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 130-2009-CE-PJ Lima, 23 de abril de 2009 VISTO: El Ofi cio Nº 1050-2008-P-CSJL/PJ cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima, informando sobre la carga procesal y estadio de los expedientes tramitados ante los Juzgados y Salas Penales Especiales; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, a fi n de emitir pronunciamiento integral referente a la carga procesal de los referidos órganos jurisdiccionales, se requirió a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima remita información estadística actualizada y comparativa entre las Salas y Juzgados Penales para procesos con reos en cárcel, así como de las Salas y Juzgados Penales Especiales; Segundo: Al respecto, de los Informes Nº 19-2008- FAA-ADP-CSJLI/PJ, Nº 45-2008-ADP-MCD-CSJLI-PJ y Nº 49-2008-ADP-MCD-CSJLI-PJ, se evidencia existir a la fecha, 4 Salas Penales (cada una de ellas conformada por varios Colegiados) y 16 Juzgados Penales para procesos con reos en cárcel, entre sumarios y ordinarios; asimismo, 5 Salas Penales Especiales y 6 Juzgados Penales Especiales; Tercero: Referente a la carga procesal de los Juzgados Penales para procesos con reos en cárcel, a enero del presente año, se encuentra constituida en procesos principales sumarios en trámite y en ejecución, ascendente a 3,717 distribuidos en los siguientes órganos jurisdiccionales: el 3º, 18º, 32º, 34º, 45º, 48º y 49º Juzgados Penales; asimismo, en lo referente a procesos ordinarios, en procesos principales en trámite y en ejecución, constituyendo éstos un total de 3,478 expedientes principales, distribuidos en los siguientes órganos jurisdiccionales: el 4º, 24º, 28º, 38º, 44º, 46º, 50º, 51º y 52º Juzgados Penales; haciendo un total de 7,195 expedientes principales, conforme se evidencia del Ofi cio Nº 453-2009-ADP/CSJLI/PJ cursado por la Jefatura del Área de Desarrollo de la Presidencia de la referida Corte Superior; Cuarto: En lo concerniente a la carga procesal de los 6 Juzgados Penales Especiales, a enero del año en curso, entre procesos principales sumarios y ordinarios, se tiene un total de 174 expedientes; conforme es de verse del Ofi cio Nº 452-2009-ADP/CSJLI/PJ de la Jefatura del Área de Desarrollo de la Presidencia de la referida Corte Superior; Quinto: Acorde a lo expuesto precedentemente, se colige existir una acentuada diferencia entre la carga procesal de los primeros referente a la de los segundos; lo cual conlleva a adoptar acciones inmediatas a fi n de brindar un óptimo servicio de administración de justicia, en otras áreas penales que lo requieren con urgencia, como es el de reos en cárcel; coadyuvando de esta manera con la celeridad que debe otorgársele a la tramitación de dichos procesos; evitando por ende las libertades procesales ante vencimiento de plazos de detención; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82º, inciso 26, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en sesión ordinaria de la fecha, de conformidad con el informe de la señorita Consejera Sonia Torre Muñoz, sin la intervención del señor Consejero Javier Román Santisteban por encontrarse de vacaciones, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Convertir el Quinto y Sexto Juzgados Penales Especiales de la Corte Superior de Justicia de Lima, en el 58º y 59º Juzgados Penales de la referida sede judicial, encargados de la tramitación de procesos con reos en cárcel. Artículo Segundo.- Disponer la distribución aleatoria y equitativa de toda la carga procesal de los dos órganos jurisdiccionales materia de conversión, entre los demás juzgados penales especiales. Artículo Tercero.- Facultar al Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima a adoptar las medidas pertinentes para el adecuado cumplimiento de la presente disposición. Artículo Cuarto.- Transcríbase la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Ministerio de Justicia, Ministerio del Interior, Fiscalía de la Nación, Consejo Nacional de la Magistratura, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Corte Superior de Justicia de Lima y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS. JAVIER VILLA STEIN ANTONIO PAJARES PAREDES SONIA TORRE MUÑOZ WÁLTER COTRINA MIÑANO ENRIQUE RODAS RAMIREZ 347539-1 Disponen que todos los Juzgados Penales de la Corte Superior de Justicia de Lima conocerán, según sean para reos en cárcel o libres, los procesos de su competencia sin diferenciación de la vía procedimental y con turno abierto RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 152-2009-CE-PJ Lima, 7 de mayo de 2009 CONSIDERANDO: Primero: Que mediante Resolución Administrativa Nº 495-CME-PJ, de fecha 23 de octubre de 1997, se estableció entre los Juzgados Especializados Penales, sub especialidades, permitiendo a unos conocer sólo de procesos ordinarios y a otros de procesos sumarios, así como especiales; facultándose a los Presidentes de las