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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE FEBRERO DEL AÑO 2011 (04/02/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 29

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 4 de febrero de 2011 435685 acordada entre la República del Perú y Japan International Cooperation Agency - JICA, hasta por ¥ 6 660 000 000,00 (SEIS MIL SEISCIENTOS SESENTA MILLONES Y 00/100 YENES JAPONESES), destinada a fi nanciar el proyecto “Mejoramiento y Ampliación del Sistema de Alcantarillado e Instalación de Planta de Tratamiento de Aguas Residuales de la Ciudad de Iquitos”; suscribiéndose el 04 de diciembre del 2008 el Convenio de Préstamo Nº PE- P32 entre las entidades antes mencionadas; Que, con fecha 20 de julio del 2009, se suscribió un Convenio Marco entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el Gobierno Regional de Loreto y la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento de Agua Potable y Alcantarillado de Loreto S.A. - EPS SEDALORETO S.A., con el objeto de establecer competencias y responsabilidades en las etapas de inversión y post inversión, para el fi nanciamiento y ejecución del proyecto mencionado en el considerando precedente, en el marco de los alcances del Convenio de Préstamo Nº PE-P32; Que, de acuerdo con el Convenio antes mencionado, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento se constituye como agencia de Monitoreo y Seguimiento del referido Proyecto y participa en el fi nanciamiento de la contrapartida nacional del Convenio de Préstamo Nº PE-P32, hasta por un monto de S/. 31 600 000,00 (TREINTA Y UN MILLONES SEISCIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES); Que, mediante Decreto Supremo N° 006-2010- VIVIENDA, se autorizó una Transferencia Financiera del Pliego 037 Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos, por el monto de S/. 28 700 000,00 (VEINTIOCHO MILLONES SETECIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES), a favor del Gobierno Regional de Loreto para ser destinada al cofi nanciamiento de la contrapartida nacional del Convenio de Préstamo N° PE-P32, aprobado por el Decreto Supremo Nº 135- 2008-EF, para la ejecución del proyecto “Mejoramiento y Ampliación del Sistema de Alcantarillado e Instalación de Planta de Tratamiento de Aguas Residuales de la Ciudad de Iquitos”; Que, con Memorándum Nº 049-2011/VIVIENDA/ VMCS/PAPT/1.0, el Director Ejecutivo del Programa Agua Para Todos, con los informes técnicos correspondientes, emite opinión favorable y solicita se inicien los procedimientos administrativos que correspondan para la emisión del dispositivo de aprobación de una transferencia fi nanciera por el monto de S/. 2 900 000,00 (DOS MILLONES NOVECIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES) a favor del Gobierno Regional de Loreto, para el cofi nanciamiento de la contrapartida nacional del Convenio de Préstamo Nº PE-P32 aprobado por el Decreto Supremo Nº 135- 2008-EF, para la ejecución del proyecto “Mejoramiento y Ampliación del Sistema de Alcantarillado e Instalación de Planta de Tratamiento de Aguas Residuales de la Ciudad de Iquitos”, declarado viable en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública – SNIP, para el cual se ha suscrito el Convenio correspondiente; Que, mediante Memorándum Nº 093-2011/ VIVIENDA-OGPP la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, ha informado sobre la disponibilidad presupuestal para la transferencia fi nanciera solicitada por el Director Ejecutivo del Programa Agua Para Todos, en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios del presupuesto institucional 2011 del Pliego Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos, Actividad 1 095036: Transferencia para el Mejoramiento del Sistema de Alcantarillado e Instalación de Planta de Tratamiento de Aguas Residuales de la Ciudad de Iquitos (PE-32). Que, el numeral 16.1 del artículo 16 de la Ley N° 29626 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, autoriza en el presente año fi scal la realización, de manera excepcional, de las transferencias fi nancieras, entre otras, para el cumplimiento de los compromisos pactados en los convenios de cooperación internacional reembolsables y no reembolsables y las operaciones ofi ciales de crédito celebrados en el marco de la normativa vigente; asimismo, el numeral 16.2 del mismo dispositivo legal, establece que las citadas transferencias se realizan, en el caso de las entidades del gobierno nacional, mediante resolución del titular del pliego la que se publica en el diario ofi cial El Peruano; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29626 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011 y la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Transferencia Financiera Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 037 Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos, hasta por la suma de S/. 2 900 000.00 (DOS MILLONES NOVECIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES), a favor del Gobierno Regional de Loreto para ser destinada al cofi nanciamiento de la contrapartida nacional del Convenio de Préstamo Nº PE-P32, aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-2008-EF, para la ejecución del proyecto “Mejoramiento y Ampliación del Sistema de Alcantarillado e Instalación de Planta de Tratamiento de Aguas Residuales de la Ciudad de Iquitos”. Artículo 2º.- Financiamiento La Transferencia Financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atenderá con cargo a los recursos aprobados en el presupuesto institucional 2011 del Pliego 037 Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos, Actividad 1 095036: Transferencia para el Mejoramiento del Sistema de Alcantarillado e Instalación de Planta de Tratamiento de Aguas Residuales de la Ciudad de Iquitos (PE-32). Artículo 3º.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia autorizada por el artículo 1 del presente dispositivo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4º.- Información El Gobierno Regional de Loreto, informará al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, los avances físicos y fi nancieros de la ejecución del proyecto a su cargo, con relación a su cronograma de ejecución y a las disposiciones contenidas en los Convenios y/o Addendas correspondientes, para efectos de las acciones de monitoreo a que se refi ere el artículo 16 de la Ley N° 29626. Artículo 5º.- Monitoreo El Programa Agua Para Todos es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes, metas físicas y fi nancieras para los cuales se realiza la presente transferencia, en el marco de lo dispuesto por el numeral 16.3 del artículo 16 de la Ley Nº 29626. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN SARMIENTO SOTO Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 599292-2 Dan por concluido encargo de funciones de Secretaria General a la Jefa del Gabinete de Asesores del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 024-2011-VIVIENDA Lima, 3 de febrero de 2011