Norma Legal Oficial del día 20 de julio del año 2011 (20/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano MORDAZA, miercoles 20 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

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Que, mediante Resolucion Directoral Nº 843-2008PRODUCE/DGEPP, de fecha 31 de diciembre del 2008, se aprobo el Listado de los Porcentajes Maximos de Captura por Embarcacion ­ PMCE (Norte-Centro); Que, mediante Decreto Supremo Nº 009-2009PRODUCE, se aprobo el Reglamento para la aplicacion del Decreto Legislativo Nº 1084 - Ley sobre Limites Maximos de Captura por Embarcacion en la MORDAZA Sur del MORDAZA, asimismo, a traves de su articulo 2º, se aprobo la preasignacion de los Porcentajes Maximos de Captura por Embarcacion de la MORDAZA Sur (PMCE ­ Sur), como indices o alicuotas correspondientes a cada embarcacion de un armador o empresa pesquera que participa en la medida de ordenamiento dispuesta en el Decreto Legislativo Nº 1084 - Ley sobre Limites Maximos de Captura por Embarcacion en la MORDAZA Sur del pais. El referido Anexo fue publicado en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 376-2009PRODUCE/DGEPP, de fecha 25 de MORDAZA del 2009, se aprobo el Listado de Asignacion de los Porcentajes Maximos de Captura por Embarcacion de la MORDAZA Sur ­ PMCE-SUR; Que, mediante Decreto Supremo Nº 017-2009PRODUCE, se adiciono un parrafo al articulo 11º del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1084-Ley sobre Limites Maximos de Captura por Embarcacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2008-PRODUCE, senalando que, en caso de los calculos de los Porcentajes Maximos de Captura por Embarcacion (PMCE) y de los Limites Maximos de Captura por Embarcacion (LMCE), el Ministerio de la Produccion considera una reserva de contingencia, la misma que sera utilizada para dar atencion a lo senalado en el numeral 3 del citado articulo 11º que indica: "Cuando lo disponga una resolucion administrativa o judicial firme que implique (i) la modificacion de los PMCE asignados por el Ministerio; (ii) el otorgamiento de un permiso de pesca que se encontraba en tramite por sustitucion de igual capacidad de bodega; (iii) el reconocimiento de un derecho de incremento de flota por sustitucion de igual capacidad de bodega, saldos o cualquier otro derecho otorgado con posterioridad a la aprobacion del Listado de PMCE; o, (iv) la modificacion de un permiso de pesca"; Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2009PRODUCE, se incorpora el procedimiento Nº 131 sobre "Asociacion o Incorporacion Definitiva del Porcentaje MORDAZA de Captura (PMCE) del recurso anchoveta a otra Embarcacion", al Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE; Que, el Decreto Supremo Nº 006-2010-PRODUCE, establece un procedimiento excepcional a fin de permitir la asociacion o incorporacion definitiva del Porcentaje MORDAZA de Captura (PMCE) del recurso anchoveta de una embarcacion a otra, por el cual los armadores podran sustituir el requisito 2) del procedimiento Nº 131 del MORDAZA del Ministerio de la Produccion, con un Certificado de Deposito emitido por un Almacen General de Deposito debidamente autorizado por la Superintendencia de Banca y Seguros, debiendo de cumplir con todos los demas requisitos contenidos en el procedimiento Nº 131 del MORDAZA del Ministerio de la Produccion; Que, el articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 0232011-PRODUCE de fecha 25 de enero del 2011, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 26 de enero del 2011, autorizo el inicio de la Primera Temporada de Pesca del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta MORDAZA (Anchoa nasus), en la MORDAZA comprendida entre los 16º 00' 00'' Latitud Sur y el extremo sur del dominio maritimo del Peru, correspondiente al periodo enero ­ junio del 2011, la misma que rige a partir de las 00:00 horas del 17 febrero del 2011; y, asimismo, se establece el Limite MORDAZA Total de Captura Permisible ­ LMTCP de anchoveta para el consumo humano indirecto de 400 mil toneladas metricas; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 093-2011 PRODUCE/DGEPP de fecha 15 de febrero de 2011, se aprobo el Listado de Asignacion de los Limites Maximos de Captura por Embarcacion - LMCE-Sur, correspondiente a la Primera Temporada de Pesca 2011 de la MORDAZA Sur, la misma que entrara en vigencia a partir de las 00:00 horas del 17 de febrero del 2011, conforme a la autorizacion establecida en la Resolucion Ministerial Nº 023-2011PRODUCE; Que, a traves de la Resolucion Ministerial Nº 0832011-PRODUCE/DGEPP de fecha 08 de marzo del 2011,

se autorizo el inicio de la primera temporada de pesca del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta MORDAZA (Anchoa nasus), correspondiente al 2011, en la MORDAZA comprendida entre el extremo norte del dominio maritimo del Peru y los 16º00' Latitud Sur, a partir de las 00:00 horas del 01 de MORDAZA del 2011; Que, con la Resolucion Ministerial Nº 105-2011PRODUCE/DGEPP de fecha 23 de marzo del 2011, se establecio el Limite MORDAZA de Captura Permisible de la MORDAZA Norte-Centro del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta MORDAZA (Anchoa nasus), para consumo humano indirecto es de tres millones seiscientos setenta y cinco mil (3'675,000) toneladas para la MORDAZA autorizada en la Resolucion Ministerial Nº 083-2011PRODUCE/DGEPP, la misma que no podra excederse hasta el 31 de MORDAZA del 2011; Que, mediante la Resolucion Directoral Nº 211-2011PRODUCE/DGEPP de fecha 30 de marzo del 2011, se aprobo el Listado de Asignacion de los Limites Maximos de Captura por Embarcacion - LMCE-Norte-Centro, correspondiente a la Primera Temporada de Pesca 2011 de la MORDAZA Norte-Centro, la misma que entro en vigencia a partir de las 00:00 horas del 01 de MORDAZA del 2011 y no podra exceder del 31 de MORDAZA del 2011, conforme con las autorizaciones establecidas en las Resoluciones Ministeriales Nºs 083 y 105-2011-PRODUCE; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 336-2005PRODUCE/DNEPP de fecha 11 de noviembre de 2005, se otorgo a favor de PESQUERA MORDAZA MORDAZA S.A., autorizacion de incremento de flota via sustitucion de la embarcacion pesquera siniestrada ILENA I con matricula cancelada Nº CO-20780-PM y 297 m3 de capacidad de bodega, para dedicarse a la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina para consumo humano indirecto; Que, a traves de la Resolucion Directoral Nº 2132008-PRODUCE/DGEPP de fecha 21 de MORDAZA de 2008, en el MORDAZA de la Ley General de Pesca Nº 25977, se otorgo a favor de la PESQUERA MORDAZA MORDAZA S.A., permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera de denominada ILENA I de matricula CO-28571-PM con 297m3 de volumen de bodega, con sistema de preservacion a bordo RSW, en la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto, utilizando para ello redes de cerco de ½ pulgada (13 mm) y 1½ pulgadas (38 mm) de longitud de abertura de malla, respectivamente, en el ambito nacional y fuera de las cinco (5) millas marinas adyacentes a la costa; Que, con Resolucion Directoral Nº 316-2009PRODUCE/DGEPP de fecha 29 de MORDAZA del 2009, se modifico la Resolucion Directoral Nº 213-2008PRODUCE/DGEPP del 21 de MORDAZA de 2008, con el que se otorgo permiso de pesca a favor de la PESQUERA MORDAZA MORDAZA S.A., para operar la embarcacion pesquera ILENA I de matricula CO-28571-PM y 297.00 m3 de capacidad de bodega, con sistema de preservacion RSW a bordo, en el extremo referido a la capacidad de bodega de la embarcacion; entendiendose que actualmente la embarcacion ILENA I de matricula CO-28571-PM cuenta con 479.60 m3 de capacidad de bodega, con acceso a la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina para consumo humano indirecto; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 014-2011PRODUCE/DGEPP del 10 de enero del 2011, se MORDAZA a favor de la empresa PESQUERA MORDAZA S.A. el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera ILENA I de matricula CO-28571-PM, en los terminos y condiciones en que fue otorgado; Que, a traves de la Resolucion Ministerial Nº 02395-PE de fecha 17 de enero de 1995, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado en el ambito del litoral peruano, entre otros, a la empresa RODGA S A., para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional denominada RODGA con matricula Nº CO-9906-PM, con una capacidad de bodega de 450 TM, la cual se dedicara a la extraccion de recursos hidrobiologicos de Consumo Humano Indirecto, utilizando redes de cerco con longitud minima de malla de ½ pulgada (13 mm); Que, con Resolucion Ministerial Nº 321-96-PE de fecha 17 de junio de 1996, se autorizo a la empresa MORDAZA S.A., el cambio de nombre del titular del permiso de pesca para operar la embarcacion de bandera nacional MORDAZA II (Ex - Rodga) de matricula Nº CO-9906-PM, en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado;

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