Norma Legal Oficial del día 01 de diciembre del año 2012 (01/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 75

El Peruano MORDAZA, sabado 1 de diciembre de 2012

NORMAS LEGALES

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Que, el articulo 1º de la Ley Nº 28585 Ley de creacion del Programa de Riego Tecnificado senala: Declarese la necesidad y utilidad publica la creacion del Programa de Riego Tecnificado que promocione el reemplazo progresivo de los sistemas de riegos tradicionales en el sector MORDAZA en general. Asimismo en su articulo 2º establece: Los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales son responsables de planificar y promover la ejecucion del Programa de Riego Tecnificado en su jurisdiccion, coordinando con las organizaciones agrarias de riego y otras. Los Gobiernos Regionales y Locales gestionaran los recursos provenientes del funcionamiento externo, interno y otros para atender la ampliacion del programa de Riego Tecnificado (...). Que, el Articulo 4º de la Ley Nº 28585 Ley de la Creacion del Programa de Riego Tecnificado, en su MORDAZA parrafo senala: "Los Gobiernos Regionales dictaran las medidas necesarias para la implementacion en su jurisdiccion." Asi mediante Resolucion Directoral Nº 560-2011-AG-PSI, se constituye la Oficina Zonal del Programa sub-sectorial de irrigacion: Oficina de Gestion Zonal Cusco. Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-006-AG, el 21 del enero del 2006, se aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28585 Ley que crea el Programa de Riego Tecnificado, el mismo que establece que los Gobiernos Regionales y Locales tienen a cargo, planificar y ejecutar programas y proyectos para la Promocion del uso de riego tecnificado entre los productores y organizaciones agrarias, asi como ejecutar las estrategias y modalidades mas competitivas para la tecnificacion de riego, como tambien presentar proyectos de riego tecnificado en los concursos promovidos por el Programa de Riego Tecnificado del Ministerio de Agricultura, financiar y/o brindar coberturas con sus propios recursos de acuerdo al citado reglamento. Asi mismo llevar a cabo los concursos publicos para la ejecucion de programas de riego tecnificado, aprobar los expedientes tecnicos asi como supervisar y dar conformidad a la ejecucion de los proyectos. Que, la Region de MORDAZA, tiene la necesidad de automatizar y racionalizar eficientemente el recurso hidrico, a traves de la promocion y utilizacion del Riego Tecnificado, mediante el reemplazo progresivo de los sistemas de riego tradicional. Por lo que; El Consejo Regional del MORDAZA en uso de las atribuciones conferidas por la Constitucion Politica del Estado, Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y Leyes Modificatorias; y el Reglamento Interno de Organizacion y Funciones. HA DADO LA SIGUIENTE: ORDENANZA REGIONAL Articulo Primero.- DISPONER la promocion del reemplazo progresivo de los Sistemas de Riego Tradicional en el Sector MORDAZA, en el ambito de la Region MORDAZA, mediante Sistemas de riego tecnificado de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 28585 Ley que crea el Programa de Riego Tecnificado y su Reglamento D.S Nº 004-2006-AG. Articulo Segundo.- DISPONER que los nuevos Proyectos de Inversion Publica, para la ampliacion de la frontera MORDAZA en el ambito Regional del MORDAZA, se realicen con Riego Presurizado, de conformidad con lo establecido en la Ley y Reglamento mencionado en el Articulo Primero de la presente Ordenanza Regional. Articulo Tercero.- DISPONER, La suscripcion del Convenio MORDAZA entre el Gobierno Regional del MORDAZA y el Programa Sub-Sectorial de Irrigacion (PSI - Cusco), con la finalidad de establecer la Cooperacion mutua para alcanzar los principios y desarrollar la estrategia de Intervencion, establecidos en el Decreto Supremo Nº 0042006-AG- Reglamento de la Ley Nº 28585. Articulo Cuarto.- ENCARGAR, a la Gerencia General Regional, disponga a la Gerencia Regional de Desarrollo Economico, Gerencia Regional de Recursos Naturales

y Gestion del Medio Ambiente, Direccion Regional de Agricultura y a los Proyectos Especiales IMA y Plan Meriss, adopten las acciones necesarias para el cumplimiento de la presente Ordenanza Regional. Articulo Quinto.- DISPONER, que la Gerencia General Regional, en un plazo no mayor de cuarenta y cinco (45) dias habiles, reglamentara la presente Ordenanza Regional a traves de un Decreto Regional. Articulo Sexto.- La presente Ordenanza Regional entra en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion conforme a Ley. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. Dado a los doce dias del mes de octubre del ano dos mil doce. MORDAZA MORDAZA MORDAZA SIKUY Consejero Delegado del Consejo Regional de MORDAZA POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la sede central del Gobierno Regional de MORDAZA, a los 30 dias del mes de octubre del ano dos mil doce. MORDAZA ISAACS MORDAZA MORDAZA Presidente Regional del Gobierno Regional de MORDAZA 872738-2

Declaran como prioridad del Gobierno Regional de MORDAZA promover el Derecho a la Salud de la Maternidad Saludable y MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 044-2012-CR/GRC.CUSCO POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, en Decima Sesion Ordinaria de fecha quince de octubre del ano dos mil doce, ha debatido y aprobado emitir la presente Ordenanza Regional que: ¨Declarar como Prioridad del Gobierno Regional de MORDAZA, Promover el Derecho a la Salud de la Maternidad Saludable y MORDAZA, mediante acciones de promocion y prevencion de la mortalidad materna y neonatal, priorizando las poblaciones vulnerables". CONSIDERANDO: Que, en el articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por la Ley Nº 27680 Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XVI del Titulo IV, establece: Los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia (...), La estructura organica basica de estos Gobiernos Regionales la conforman el Consejo Regional como organo normativo y fiscalizador (...). Que, el articulo 6º de la Ley de Bases de Descentralizacion Objetivos precisa: La descentralizacion cumplira, a lo largo de su desarrollo, con los siguientes objetivos: Objetivos a Nivel Social inciso d) Promover el desarrollo humano y la mejora progresiva y sostenida de las condiciones de MORDAZA de la poblacion para la superacion de la pobreza. Que, el articulo 8º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Ley Nº 27867, precisa Principios rectores de las politicas y la gestion regional. La gestion de los gobiernos regionales se rige por los siguientes principios: numeral 4) Inclusion.- El Gobierno Regional desarrolla

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