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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 24 de diciembre de 2012 482017 de la fruta u otros productos, el SENASA podrá autorizarlo, siempre y cuando haya sido solicitado y supervisado favorablemente. Luego de ello se emitirá otro CFTI bajo las condiciones inspeccionadas y suscribiendo en el recuadro de observaciones el número de CFTI con el que venía. Artículo 5º.- Todos los vehículos que tienen como destino o tránsito las áreas reglamentadas comprendidas en las regiones de Arequipa e Ica, así como en las zonas de producción de Cañete (Lima), Olmos (Lambayeque) y Ayacucho, deben detenerse para sus correspondientes inspecciones en los Puestos de Control del SENASA, así como en otros lugares que el SENASA lo disponga. Artículo 6º.- El incumplimiento por parte de los conductores, transportistas, tripulantes y pasajeros en general a la presente norma es pasible de multas y sanciones, por lo que se invoca su cumplimiento y prestamiento de las facilidades necesarias a los Inspectores del SENASA para que realicen los controles correspondientes. Artículo 7º.- La presente norma entrará en vigencia el 14 de enero de 2013. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE BARRENECHEA CABRERA Director General Dirección de Sanidad Vegetal Servicio Nacional de Sanidad Agraria 881488-3 ECONOMIA Y FINANZAS Prorrogan la vigencia de los “Lineamientos para la Administración del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público” para el Año Fiscal 2013 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 700-2012-EF/10 Lima, 20 de diciembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Ley Nº 25650 se creó el Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público, destinado a compensar adecuadamente el asesoramiento califi cado que se brinde a las diferentes reparticiones del Estado; Que, con Decreto de Urgencia Nº 053-2009 se dictan medidas urgentes sobre la Administración del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público, el cual tendría vigencia hasta el 31 de diciembre de 2009, la misma que mediante la Sexagésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, se amplía hasta el 31 de diciembre de 2010 y mediante la Septuagésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, se amplía hasta el 31 de diciembre del 2011; Que, la Centésima Décima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29812, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, dispone la vigencia permanente del Decreto de Urgencia N° 053-2009; Que, por Resolución Ministerial Nº 238-2009-EF/10, se aprueban los “Lineamientos para la Administración del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público 2009”; Que, por Resolución Ministerial Nº 644-2010- EF/10, se modifi ca la denominación y numerales de los “Lineamientos para la Administración del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público” aprobados por Resolución Ministerial N° 238-2009-EF/10; Que, por Resolución Ministerial Nº 700-2010-EF- 10, se prorroga la vigencia de los “Lineamientos para la Administración del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público” para el año 2011, y se modifi can los Anexos 4 y 5 de los referidos Lineamientos; Que, por Resolución Ministerial Nº 952-2011-EF/10, se prorroga la vigencia de los “Lineamientos para la Administración del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público” para el año 2012; Que, consecuentemente resulta necesario prorrogar los “Lineamientos para la Administración del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público”, con la fi nalidad de continuar las acciones relacionadas a la administración del referido Fondo durante el año 2013; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25650, la Ley Nº 29812 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; y la Resolución Ministerial Nº 223-2011-EF-43 que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Prorrógase la vigencia de los “Lineamientos para la Administración del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público ” para el Año Fiscal 2013. Artículo 2º.- La presente Resolución Ministerial entra en vigencia a partir del 1º de enero de 2013. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas 881648-1 SALUD Designan Supervisora II de la Dirección de Servicios de Salud de la Dirección Ejecutiva de Salud de las Personas de la Dirección de Salud II Lima Sur RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 992-2012/MINSA Lima, 20 de diciembre del 2012 Visto, el Expediente Nº 12-118336-001, que contiene el Ofi cio Nº 3005-2012-DG-DISA-II-LS/MINSA, remitido por el Director General de la Dirección de Salud II Lima Sur del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 550-2011/ MINSA, de fecha 17 de julio de 2011, se designó, entre otros, a la Médico Cirujano Margot Patricia Retamozo Pacheco, en el cargo de Directora, Nivel F-3, de la Dirección de Servicios de Salud de la Dirección Ejecutiva de Salud de las Personas de la Dirección de Salud II Lima Sur del Ministerio de Salud; Que, mediante Resolución Ministerial N° 180-2012/ MINSA, de fecha 14 de marzo de 2012, se designó, entre otros, a la Médico Cirujano Blanca Elizabeth Asenjo Fernández de Valencia, en el cargo de Supervisora II, Nivel F-3, de la Dirección de Promoción de Vida Sana y Participación Comunitaria en Salud de la Dirección Ejecutiva de Promoción de la Salud de la Dirección de Salud II Lima Sur del Ministerio de Salud; Que, mediante Resolución Ministerial N° 443-2012/ MINSA, de fecha 5 de junio de 2012, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal de la Dirección de Salud II Lima Sur y sus Órganos Desconcentrados: Dirección de Red de Salud Villa El Salvador-Lurín-Pachacámac-Pucusana, de la Dirección de Red de Salud San Juan de Mirafl ores- Villa María del Triunfo y de la Dirección de Red de Salud Barranco-Chorrillos-Surco, en el cual, al cargo de Director/ a de la Dirección de Servicios de Salud de la Dirección Ejecutiva de Salud de las Personas de la citada Dirección de Salud, se le ha denominado como Supervisor/a II, y se encuentra califi cado como cargo de confi anza; Que, con el documento del visto, el Director General de la Dirección de Salud II Lima Sur del Ministerio de Salud, solicita dar término a la designación de la Médico Cirujano Margot Patricia Retamozo Pacheco, en el cargo de Supervisora II de la Dirección de Servicios de Salud de la Dirección Ejecutiva de Salud de las Personas y designar en su reemplazo a la Médico Cirujano Blanca Elizabeth Asenjo Fernández de Valencia, dejando sin efecto la designación de la citada profesional, en el cargo de Supervisora II de la Dirección de Promoción de Vida Sana y Participación Comunitaria en Salud de la Dirección Ejecutiva de Promoción de la Salud, efectuada con Resolución Ministerial N° 180-2012/MINSA;