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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 27 de junio de 2012 469092 7F-02164.07, con vigencia del 1 de mayo de 2010 al 31 de diciembre de 2011, hecho el 3 de marzo de 2011, en la ciudad de Lima, República del Perú. Artículo 2°.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores. Artículo 3º.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de junio del año dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 807070-11 Ratifican la Enmienda al Acuerdo de Cooperación entre Suiza y Perú relativo al “Proyecto de Transferencia para Fortalecer la Gestión Regional y Local en Agua y Saneamiento (PROPILAS)” Fase Nº 5 DECRETO SUPREMO Nº 033-2012-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Enmienda al Acuerdo de Cooperación entre Suiza, representada por la Embajada de Suiza - Agencia Suiza para el Desarrollo y la Cooperación (COSUDE) y la República del Perú, representada por el Ministerio de Relaciones Exteriores - Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI) relativo al “Proyecto de Transferencia para Fortalecer la Gestión Regional y Local en Agua y Saneamiento (PROPILAS)” Fase Nº 5 Nueva Vigencia: del 1 de enero de 2009 al 30 de setiembre de 2011, fue suscrita el 27 de octubre de 2011, en la ciudad de Lima, República del Perú; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento jurídico internacional; Que, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 57 y 118 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2 de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y ratifi car Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase la Enmienda al Acuerdo de Cooperación entre Suiza, representada por la Embajada de Suiza - Agencia Suiza para el Desarrollo y la Cooperación (COSUDE) y la República del Perú, representada por el Ministerio de Relaciones Exteriores - Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI) relativo al “Proyecto de Transferencia para Fortalecer la Gestión Regional y Local en Agua y Saneamiento (PROPILAS)” Fase Nº 5 Nueva Vigencia: del 1 de enero de 2009 al 30 de setiembre de 2011, suscrita el 27 de octubre de 2011, en la ciudad de Lima, República del Perú. Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores. Artículo 3º.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de junio del año dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 807070-12 Ratifican el Plan de Acción del Programa País 2012 - 2016 (CPAP), entre el Gobierno de la República del Perú y el PNUD DECRETO SUPREMO N° 034-2012-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Plan de Acción del Programa País 2012- 2016 (CPAP), entre el Gobierno de la República del Perú y el PNUD, fue suscrito el 30 de marzo de 2012, en la ciudad de Lima, República del Perú; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento jurídico internacional; Que, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 57º y 118º de la Constitución Política del Perú y el artículo 2 de la Ley No. 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y ratifi car Tratados o adherirse a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el Plan de Acción del Programa País 2012-2016 (CPAP), entre el Gobierno de la República del Perú y el PNUD, suscrito el 30 de marzo de 2012, en la ciudad de Lima, República del Perú. Artículo 2°.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de junio del año dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 807070-13 Ratifican el Acuerdo del Proyecto GCP/ GLO/194/MUL “Inventario Nacional Forestal y Manejo Forestal Sostenible del Perú ante el Cambio Climático” suscrito entre Perú y la FAO DECRETO SUPREMO N° 035-2012-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el “Acuerdo del Proyecto GCP/GLO/194/MUL “Inventario Nacional Forestal y Manejo Forestal Sostenible del Perú ante el Cambio Climático”, fue suscrito entre la República del Perú y la FAO, el 03 de marzo de 2011, en la ciudad de Lima, República del Perú; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento jurídico internacional; Que, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 57 y 118 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2 de la Ley No. 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y ratifi car Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el “Acuerdo del Proyecto GCP/ GLO/194/MUL “Inventario Nacional Forestal y Manejo Forestal Sostenible del Perú ante el Cambio Climático”, suscrito entre la República del Perú y la FAO, el 03 de marzo de 2011, en la ciudad de Lima, República del Perú.