Norma Legal Oficial del día 04 de mayo del año 2013 (04/05/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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previsto en el numeral 60.2 del articulo 60 y siempre que estas cumpla con las normas aplicables o en el caso que le sea favorable, las normas vigentes, el administrado podra solicitar la conformidad de obra con variaciones. 64.2 Modalidades A y B 64.2.1 Para las obras contempladas en las Modalidades A y B, deben presentarse los siguientes requisitos: a) La seccion del FUE - Conformidad de Obra y Declaratoria de Edificacion, debidamente suscrito y por triplicado. b) Los requisitos senalados en los literales b) y c) del articulo 47, en caso que el titular del derecho a edificar sea una persona distinta a quien obtuvo la Licencia de Edificacion. c) MORDAZA del comprobante de pago por la tasa municipal respectiva. d) Planos de replanteo por triplicado: planos de ubicacion y de arquitectura (plantas, cortes y elevaciones) con las mismas especificaciones de los planos del proyecto aprobado y que correspondan a la obra ejecutada, debidamente suscritos por el solicitante y el profesional responsable o el profesional en arquitectura o ingenieria designado por el solicitante como profesional constatador de la obra. e) Carta que acredite la autorizacion del proyectista original para realizar las modificaciones, en caso este no sea el responsable de la obra. f) Declaracion jurada de habilidad del profesional responsable o constatador de la obra. 64.2.2 La dependencia municipal correspondiente, en un plazo no mayor a cinco (05) para la Modalidad A y a diez (10) dias habiles para la modalidad B realizara los siguientes actos: a) Efectuar la inspeccion de las obras ejecutadas verificando que los planos de replanteo correspondan a las mismas; el cumplimiento de la normativa aplicable o en el caso que le sea favorable, las normas vigentes y emitir el Informe correspondiente. b) En caso que los planos de replanteo no correspondan a la obra y/o de existir otras observaciones subsanables, estas deberan ser comunicadas al administrado dentro del plazo establecido, pudiendo subsanarlas en un plazo MORDAZA de cinco (05) dias habiles prorrogables por diez (10) dias adicionales. Con el ingreso de la subsanacion de observaciones se renueva el plazo. c) En caso que las variaciones transgredan las normas, se comunicara al administrado la improcedencia de lo solicitado y, de ser el caso, dispondra las acciones pertinentes. d) De corresponder los planos de replanteo con la obra ejecutada y de cumplir la normativa, el funcionario municipal designado para tal fin, dentro del plazo establecido en el numeral 64.2.2, debe sellar y firmar los planos de replanteo presentados, asi como la parte del FUE correspondiente a la Conformidad de Obra y Declaratoria de Edificacion, consignandose en el mismo la respectiva Resolucion. Dos juegos del FUEConformidad de Obra y Declaratoria de Edificacion y de la documentacion tecnica se entregara al administrado, los cuales constituyen titulo suficiente para su inscripcion registral. No se aplicaran multas, moras o intereses por las modificaciones ejecutadas. 64.3 Modalidades C y D 64.3.1 Para las obras contempladas en las Modalidades C y D, deben presentarse los siguientes requisitos: a) La seccion del FUE - Conformidad de Obra y Declaratoria de Edificacion, debidamente suscrito y por triplicado. b) Los requisitos senalados en los literales b) y c) del articulo 47, en caso que el titular del derecho a edificar sea una persona distinta a quien obtuvo la Licencia de Edificacion.

El Peruano Sabado 4 de MORDAZA de 2013

c) Planos de replanteo por triplicado: planos de ubicacion y de arquitectura (plantas, cortes y elevaciones) con las mismas especificaciones de los planos del proyecto aprobado y que correspondan a la obra ejecutada, debidamente suscritos por el solicitante y el profesional responsable o el profesional en arquitectura o ingenieria designado por el solicitante. d) Carta que acredite la autorizacion del proyectista original para realizar las modificaciones, en caso este no sea el responsable ni el constatador de la obras. e) Declaracion jurada de habilidad del profesional responsable o constatador de la obra. f) MORDAZA del comprobante de pago por derecho de revision, correspondiente a la especialidad de Arquitectura. g) MORDAZA del comprobante de pago por la tasa municipal respectiva. 64.3.2 En un plazo no mayor a quince (15) dias habiles, se realizaran los siguientes actos: a) En los primeros los cinco (05) dias habiles de iniciado el tramite, la Municipalidad realizara la preverificacion del expediente, la verificacion de la habilidad del profesional que suscribe los planos de replanteo; la inspeccion de las obras ejecutadas, verificando que se hayan realizado conforme a los planos de replanteo y emitira el informe respectivo. Durante este plazo el Presidente de la Comision convocara a la Comision Tecnica y de ser el caso a los Delegados Ad Hoc. b) En un plazo MORDAZA de ocho (08) dias habiles la Comision Tecnica emitira su dictamen considerando, en lo que corresponda, lo establecido en los articulos 8 y 11, debiendo confrontara los planos de replanteo con el proyecto aprobado y con el informe mencionado en el literal a). En este caso la Comision Tecnica verificara el cumplimiento de la normativa aplicable y/o vigente en lo que favorezca a la edificacion. c) Obtenido el dictamen Conforme, el funcionario municipal designado para tal fin, en un plazo MORDAZA de dos (02) dias habiles de haberse dictaminado debe sellar y firmar los planos de replanteo presentados, asi como la parte del FUE correspondiente a la Conformidad de Obra y Declaratoria de Edificacion, consignandose en el mismo la respectiva Resolucion. Dos juegos del FUEConformidad de Obra y Declaratoria de Edificacion y de la documentacion tecnica se entregaran al administrado, los cuales constituyen titulo suficiente para su inscripcion registral. d) En caso que la Comision Tecnica dictamine No Conforme, el funcionario municipal comunicara al administrado la improcedencia de lo solicitado y, de ser el caso disponiendo las acciones pertinentes. 64.4 En cualquiera de las modalidades de aprobacion contemplados en la Ley, transcurrido el plazo establecido sin que se otorgue la Conformidad de Obra y Declaratoria de Edificacion, se aplica el silencio administrativo positivo. Los administrados podran presentar una Declaracion Jurada ante la propia entidad que configuro dicha aprobacion ficta, con la finalidad de hacer MORDAZA el derecho conferido ante la misma o terceras entidades de la administracion, constituyendo el cargo de recepcion de dicho documento, prueba suficiente de la resolucion aprobatoria ficta de la solicitud o tramite iniciado. Articulo 65.- Subsanacion de observaciones 65.1 En los casos que las observaciones formuladas por la Municipalidad, para las obras contempladas en las modalidades A y B; y por la Comision Tecnica, para las obras contempladas en las modalidades C y D; demanden de una intervencion fisica en la obra, el plazo para subsanarlas no excedera de los treinta (30) dias habiles, prorrogables por quince (15) dias mas. 65.2 EI propietario debera subsanar las observaciones MORDAZA del termino del plazo otorgado. Realizadas las correcciones, solicitara a la municipalidad que efectue la nueva inspeccion. 65.3 Vencido el plazo otorgado sin subsanarse las observaciones efectuadas, o de existir transgresiones a

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