Norma Legal Oficial del día 04 de mayo del año 2013 (04/05/2013)


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interesado dos (02) originales debidamente suscritos de la documentacion correspondiente. De haber observaciones en la Verificacion Administrativa, se procedera segun lo previsto en el respectivo Reglamento. 36.3 En caso se detecten variaciones que impliquen modificaciones sustanciales generando la disminucion de las areas del cuadro de aportes con las cuales fue autorizada la licencia de habilitacion MORDAZA y que cumpla con lo establecido en el numeral 36.2.2, la municipalidad debera declarar la improcedencia de lo solicitado y de ser el caso, dispondra las acciones pertinentes. 36.4 En cualquiera de las modalidades de aprobacion contempladas en la Ley, transcurrido el plazo establecido sin que se otorgue la Recepcion de Obras de Habilitacion MORDAZA, se aplica el silencio administrativo positivo. Los administrados podran presentar una Declaracion Jurada ante la propia entidad que configuro dicha aprobacion ficta, con la finalidad de hacer MORDAZA el derecho conferido ante la misma o terceras entidades de la administracion, constituyendo el cargo de recepcion de dicho documento, prueba suficiente de la resolucion aprobatoria ficta de la solicitud o tramite iniciado. 36.5 La inscripcion registral de las habilitaciones urbanas se realizara posterior al otorgamiento de la recepcion de obras, a excepcion de las habilitaciones urbanas con construccion simultanea y venta garantizada de lotes, una vez obtenida la licencia de edificacion se realiza la anotacion preventiva de la pre-declaratoria y la pre-independizacion. Esta inscripcion se realizara conforme a lo establecido en el articulo 20 de la Ley. Sin embargo, el proyecto de habilitacion MORDAZA aprobado por la Municipalidad puede ser inscrito, de ser el caso, bajo responsabilidad del promotor, no autorizandose la venta de los lotes, inscribiendose esta restriccion en la partida registral. El Registrador Publico no podra exigir mayores requisitos a los previstos en la Ley y el presente Reglamento. Articulo 37.- Recepciones Parciales El administrado podra solicitar la recepcion parcial de obras de habilitacion MORDAZA, siempre que se hayan ejecutado todas las obras proyectadas y autorizadas con la licencia para la etapa respectiva. Se podra inscribir en el Registro de Predios la etapa recepcionada, permaneciendo el area pendiente de ejecucion de obras en la Partida Registral Matriz. CAPITULO VI REGULARIZACION DE HABILITACIONES URBANAS EJECUTADAS Articulo 38.- Ambito de la regularizacion de habilitaciones urbanas ejecutadas 38.1 Mediante Resolucion de la Municipalidad Distrital o Provincial, segun corresponda, podran aprobarse en via de regularizacion las habilitaciones urbanas ejecutadas con anterioridad a la vigencia de la Ley y, de ser el caso, la recepcion de las obras. Solo podran ser regularizadas, las habilitaciones ejecutadas hasta el 25 de septiembre del 2007, debiendo acreditarse con documento de fecha cierta. 38.2 Los administrados que hubieran ejecutado obras de habilitacion MORDAZA sin contar con la autorizacion municipal correspondiente, podran solicitar la regularizacion de la misma, siempre que cuente con: a) Obras de distribucion de agua potable y recoleccion de desague, y de distribucion de energia e iluminacion publica, segun corresponda. b) Edificaciones permanentes con un area techada minima de 25 m2., de las edificaciones construidas con cimientos, muros y techos. Articulo 39.- Requisitos y procedimiento para solicitar la regularizacion de habilitaciones urbanas ejecutadas 39.1 En caso que el administrado requiera solicitar la regularizacion de una habilitacion MORDAZA ejecutada,

El Peruano Sabado 4 de MORDAZA de 2013

iniciara el procedimiento presentando a la Municipalidad respectiva, ademas de los documentos que se indican en el articulo 25, los siguientes: a) Certificado de zonificacion y vias b) Plano de ubicacion y localizacion del terreno; c) Plano de lotizacion, conteniendo el perimetro del terreno; el diseno de la lotizacion, de las vias, aceras y bermas; y las areas correspondientes a los aportes. La lotizacion debera estar en concordancia con el Plan de Desarrollo MORDAZA aprobado por la Municipalidad Provincial correspondiente; d) Memoria descriptiva, indicando las manzanas de corresponder, las areas de los lotes, la numeracion y los aportes. e) MORDAZA legalizada notarialmente de las minutas y/o MORDAZA de los comprobantes del pago por la redencion de los aportes que correspondan. Para el caso de redencion de aportes, las entidades receptoras emitiran los documentos que faciliten su cancelacion en un plazo no mayor a diez (10) dias habiles. f) Declaracion jurada suscrita por el solicitante de la habilitacion y el profesional responsable de la obra, en la que conste que las obras han sido ejecutadas, total o parcialmente. g) Plano que indique los lotes ocupados y las alturas de las edificaciones existentes. En caso que se cuente con estudios preliminares aprobados, no corresponde presentar los documentos de los literales a), b) y c), debiendo presentar en su reemplazo: i. Resolucion y planos de los estudios preliminares aprobados. ii. Planos de Replanteo de la Habilitacion MORDAZA, de corresponder. 39.2 Presentada la solicitud de habilitacion MORDAZA en via de regularizacion, el organo competente realizara la Verificacion Administrativa y la Verificacion Tecnica en un plazo que no excedera de veinte (20) dias habiles; en dicha verificacion se evaluara y/o realizara: - El cumplimiento de requisitos reglamentarios; - La autenticidad y/o veracidad de los documentos presentados; - El cumplimiento de los parametros establecidos en el Certificado de Zonificacion y Vias aplicables al predio en la fecha de ejecucion de la habilitacion MORDAZA o en el caso que le sea favorable, los parametros vigentes. - En caso el predio se encuentre afectado por vias nacionales, metropolitanas y/o reservas para equipamiento MORDAZA e intercambios viales seran de cumplimiento obligatorio los parametros vigentes relacionados con dichas afectaciones. - La entrega y/o redencion de los aportes reglamentarios; - El cumplimiento de las normas de diseno establecidas en el RNE; y, - La verificacion de la ejecucion de la obra la cual debe coincidir con los planos presentados. 39.3 De existir observaciones al expediente, estas seran comunicadas expresamente y por escrito al recurrente, quien podra subsanarlas en el plazo MORDAZA de siete (07) dias habiles. De no ser subsanadas, se emitira la Resolucion denegatoria del tramite solicitado. 39.4 De ser conforme la solicitud, la Municipalidad, emitira la Resolucion de aprobacion dentro de los dos (02) dias habiles siguiente, la misma que constituye titulo suficiente para su inscripcion en el Registro de Predios. 39.5 El FUHU y su anexo "G" con el numero de la Resolucion de autorizacion, conjuntamente con los documentos tecnicos respectivos, debidamente sellados y visados, seran entregados por duplicado al interesado para su inscripcion en el Registro de Predios. 39.6 La Municipalidad Distrital remitira a la Municipalidad Provincial la informacion correspondiente conforme a lo establecido en el articulo 18.

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