Norma Legal Oficial del día 31 de mayo del año 2013 (31/05/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano Viernes 31 de MORDAZA de 2013

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Capitulo 5: Contiene las reflexiones finales de la actuacion de la Defensoria del Pueblo. Anexos: Recogen informacion sobre presupuesto institucional y cooperacion internacional, politica de recursos humanos, las relaciones internacionales, opiniones sobre normas en MORDAZA de elaboracion, procesos constitucionales, resoluciones defensoriales elaboradas y publicaciones editadas durante el periodo, asi como la difusion de derechos a traves de los medios de comunicacion. Articulo Segundo.- REMITIR el «Decimosexto Informe Anual de la Defensoria del Pueblo al Congreso de la Republica. Enero­diciembre 2012», al senor Presidente del Congreso de la Republica, asi como a los senores Presidentes de la Comision de Constitucion y Reglamento y de la Comision de Justicia y Derechos Humanos del Congreso de la Republica. Articulo Tercero.- PONER EN CONOCIMIENTO del senor Presidente Constitucional de la Republica, el «Decimosexto Informe Anual de la Defensoria del Pueblo al Congreso de la Republica. Enero­diciembre 2012». Articulo Cuarto.- DISPONER la publicacion del «Decimosexto Informe Anual de la Defensoria del Pueblo al Congreso de la Republica. Enero­diciembre 2012» en el MORDAZA Web de la Institucion (www.defensoria.gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Defensor del Pueblo (e) 943529-1

CONSIDERANDO: Que, conforme a lo senalado en el articulo 162º de la Constitucion Politica del Peru y en el articulo 27º de la Ley Nº 26520, Ley Organica de la Defensoria del Pueblo, el Defensor del Pueblo debe presentar anualmente al Congreso de la Republica, durante el ano de una Legislatura Ordinaria, un informe que de cuenta de la gestion realizada en el periodo y de las conclusiones correspondientes, el cual debe ser puesto en conocimiento del Presidente Constitucional de la Republica; Que, en cumplimiento de dicho mandato constitucional y legal, el Defensor del Pueblo (e), encargado segun Resolucion Defensorial Nº 004-2011/DP desde el 1 de MORDAZA de 2011, ha elaborado el «Decimosexto Informe Anual de la Defensoria del Pueblo al Congreso de la Republica. Enero­Diciembre 2012», a fin de, por su intermedio, informar al Congreso de la Republica y a la sociedad de la gestion realizada por la Defensoria del Pueblo durante el referido periodo; Que, el Decimosexto Informe Anual recoge la labor realizada por la Defensoria del Pueblo en cumplimiento de su mandato constitucional de defensa de los derechos fundamentales de la persona y la comunidad, asi como de supervision del Estado y de la prestacion de los servicios publicos, llevada a cabo en el ultimo periodo; Que, uno de los objetivos del Informe Anual es contribuir con la labor legislativa y fiscalizadora del Congreso, asi como con el desarrollo de las funciones del Poder Ejecutivo; Que, conforme al articulo 94º del Reglamento del Congreso de la Republica, el Informe del Defensor del Pueblo debe ser presentado al Congreso de la Republica, por intermedio de su Presidente, debiendo efectuarse la sustentacion ante la Comision de Constitucion y Reglamento y la Comision de Justicia y Derechos Humanos, reunidas en sesion conjunta. Posteriormente, el Informe debera ser presentado ante el Pleno del Congreso de la Republica en la primera sesion que se realice despues de la MORDAZA realizada ante la sesion conjunta de las referidas comisiones; Que, de conformidad con el articulo 27º de la Ley Nº 26520, Ley Organica de la Defensoria del Pueblo, el Informe Anual debera ser enviado, para su conocimiento, al Presidente Constitucional de Republica; y En uso de las atribuciones conferidas por los articulo 161º y 162º de la Constitucion Politica del Peru, la Ley Organica de la Defensoria del Pueblo, el literal d) del articulo 7º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Defensoria del Pueblo, aprobado por la Resolucion Defensorial Nº 012-2011/DP, y de acuerdo con la Resolucion Defensorial Nº 004-2011/DP; SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR el «Decimosexto Informe Anual de la Defensoria del Pueblo al Congreso de la Republica. Enero-Diciembre 2012», y su MORDAZA al Congreso de la Republica, segun el procedimiento establecido. Dicho informe desarrolla los siguientes capitulos: Capitulo 1: Presenta los aspectos institucionales, la vision y la mision institucionales, la organizacion de la Defensoria del Pueblo, los datos estadisticos a nivel nacional. Capitulo 2: Incorpora las intervenciones defensoriales relevantes en las lineas prioritarias de salud, educacion, discriminacion, medio ambiente, pueblos indigenas, conflictividad social, seguridad ciudadana, derecho a la MORDAZA, integridad y MORDAZA personal, trata de personas, acceso a la justicia, identidad, migrantes, memoria y reparaciones, descentralizacion, seguridad social, servicios publicos, etica publica, prevencion de la corrupcion, transparencia y acceso a la informacion publica. Capitulo 3: Contiene datos estadisticos e informacion relevante de la labor de la Defensoria del Pueblo en cada una de las regiones del pais. Capitulo 4: Presenta la evaluacion del cumplimiento del deber de cooperacion por parte de las instituciones y los casos significativos de incumplimiento de este deber.

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan a Financiera Edyficar S.A. la conversion de oficina especial en agencia y de agencia en oficina especial, ubicadas en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION SBS Nº 3054-2013 MORDAZA, 21 de MORDAZA de 2013 EL INTENDENTE GENERAL DE BANCA (a.i.) VISTA: La solicitud presentada por Financiera Edyficar S.A. para que esta Superintendencia autorice la conversion de una oficina especial en agencia, y de una agencia en oficina especial, segun se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la referida Financiera ha cumplido con presentar la documentacion pertinente que sustenta dicha solicitud; Estando a lo informado por el Departamento de Supervision Bancaria "C"; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 30° de la Ley N° 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Resolucion N° 775-2008 y, en uso de las facultades encomendadas mediante la Resolucion SBS N° 12883-2009, asi como la Resolucion SBS N° 3762013;.

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