Norma Legal Oficial del día 31 de mayo del año 2013 (31/05/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 72

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herencia, dado que se encuentra sujeta a determinados requisitos establecidos en la ley y que, solo una vez que hubiesen sido satisfechos, podria generar el derecho de goce de su titular o de sus beneficiarios. 91. Lo que si ha establecido este Tribunal es que la pension es parte del patrimonio de la persona, pero no es una forma de propiedad (STC 0050-2004-AI/TC y otros). Ahora bien, se ha establecido normativamente que existe "(...) la propiedad sobre los fondos acumulados en su Cuenta Individual de Capitalizacion (...)" (articulo 45 del Decreto Supremo 054-97-EF). El fondo manejado por las AFP definitivamente es parte del patrimonio del afiliado, pero no goza de los atributos de la propiedad como derecho, sino por el contrario es salvaguardado por el derecho a la pension (articulo 11 de la Constitucion), y por lo tanto, su posible vulneracion debe ser examinada a partir de la garantia institucional de la intangibilidad de los fondos pensionarios (articulo 12 de la Constitucion). B.3. LA SUPUESTA VULNERACION DE LA INTANGIBILIDAD DE FONDOS A TRAVES DE LA COMISION POR SALDO 92. Tal como lo precisa el articulo 1 de la Resolucion 080-98-EF-SAFP, la afiliacion es una relacion juridica que se produce entre un trabajador, cualquiera que fuere su condicion, y la AFP, estando el primero obligado a cancelar a la MORDAZA por sus servicios. Lo que corresponde determinar en esta parte de la sentencia de inconstitucionalidad es si dicha retribucion pudo haber sido fijada como un porcentaje del saldo de la CIC o si, por el contrario, la disposicion pertinente de la Ley 29903 es contraria a la Constitucion. (a) La comision por saldo para los nuevos afiliados 93. Una comision por saldo es cobrada sobre los activos administrados, es decir, una parte de los activos en la CIC es recaudada periodicamente como pago de comision, normalmente a traves de un porcentaje anualizado. Al respecto, este Tribunal analizara si las normas impugnadas afectan la garantia institucional de la intangibilidad de los fondos pensionarios y ademas, como consecuencia de ello, el interes de los consumidores y usuarios. 94. Para los congresistas demandantes, la comision por saldo deslegitima la naturaleza constitucional de la intangibilidad de fondos, pues solo pueden ser utilizados para fines pensionarios y no pueden ser reducidos mes a mes por mandato legal (apartado 4.3. de la demanda). Asi, el articulo 13 del Decreto Supremo 054-97-EF, modificado por el articulo 1 de la Ley 29903 impugnada, estaria haciendo alarde de la abierta inconstitucionalidad de la comision por saldo al senalar que los fondos son intangibles, salvo el caso de la comision por saldo, MORDAZA si el articulo 3 de la misma Ley 29903, que modifica el articulo 71 del Decreto Supremo 007-2008TR, Texto Unico Ordenado de la Ley de Promocion de la Competitividad, Formalizacion y Desarrollo de la Micro y Pequena Empresa y del Acceso al Empleo Decente, al hablar del Fondo de Pensiones Sociales, solo senala su caracter intangible, sin mencionar ninguna excepcion. 95. En el debate de la Comision Permanente de los Proyectos de Ley 30-2011-CR, 54/2011-CR, 59/2011-CR, 63/2011-CR, 68/2011-CR, 71/2011-CR, 251/2011-CR, 252/2011-CR, 253/2011-CR, 254/2011-CR, 474/2011-CR y 1213/2011-PE, de MORDAZA de 2012, se apunto que este MORDAZA de comision contradice abiertamente tal dispositivo porque la comision nada tiene que ver con el aseguramiento y la garantia del pago de una pension (congresista MORDAZA Luz MORDAZA Rubianes), pues al atender gastos de la propia AFP, estan siendo sustraidos y derivados a fines distintos para los que fueron constituidos (congresista don MORDAZA Bedoya de Vivanco) con independencia de que pueda ser mas competitivo que cobrar por flujo (congresista don MORDAZA Galarreta Velarde), por lo que quien los toque incurriria en infraccion constitucional (congresista don Yonhy MORDAZA Ancieta). 96. El accionado, por su parte, opina que la retribucion a traves de una comision (sea sobre el flujo

El Peruano Viernes 31 de MORDAZA de 2013

o saldo) tiene por finalidad garantizar el pago de las pensiones futuras, por lo que no estaria utilizandose para fines distintos del aseguramiento y garantia del pago de una pension, toda vez que la MORDAZA constitucional fue emitida en la busqueda de "(...) que no se repitan experiencias de malversacion en la gestion generada por debilidades de las administraciones y la escasa calidad moral de sus directivos, en perjuicio de sus asegurados" (acapite IV de la contestacion de demanda). 97. Segun el congresista don MORDAZA Galarreta MORDAZA, solo Bolivia y Mexico tienen comision por saldo, pues MORDAZA ya abandono este modelo y hoy en dia solo cobra por flujo, agregando ademas que en el caso mexicano, las Administradoras de Fondos para el Retiro (AFORE) no son equivalentes a las AFP del MORDAZA, pues "(...) son como agencias de inversion de valores, son como los agentes de bolsa. O sea, solamente estan encargados de invertir los fondos de los afiliados y obviamente cobran porque su saldo va creciendo (...)" (intervencion en el debate de la Comision Permanente de los Proyectos de Ley 30-2011-CR, 54/2011-CR, 59/2011-CR, 63/2011-CR, 68/2011-CR, 71/2011-CR, 251/2011-CR, 252/2011-CR, 253/2011-CR, 254/2011-CR, 474/2011-CR y 1213/2011PE, de MORDAZA de 2012). Frente a ello, el superintendente de Banca, Seguros y AFP, don MORDAZA Schydlowsky Rosenberg, ha expresado que "Los unicos tres paises en los que no habia un alineamiento de intereses eran MORDAZA, Colombia y Peru. Ahora nosotros hemos cambiado y Colombia lo esta considerando (...) En MORDAZA ahora se esta pensando de MORDAZA, pues no se fue suficientemente lejos manteniendo el pago por flujo, cuando lo sano es pagar por saldo", resaltando que lo que se esta haciendo en el MORDAZA difiere de lo sucedido recientemente en Mexico, donde se traslado a todos los afiliados del pago de la comision por flujo a la del saldo, cobrando de MORDAZA sobre lo ya comisionado, con la reforma materia de cuestionamiento constitucional se busco proteger y excluir todas las contribuciones anteriores, pues se estaba legislando para la gran mayoria (Vid. http:// gestion.pe/economia/sbs-defiende-reforma-afp-lo-sanopagar-saldo-2062198). 98. Al respecto, en los siguientes MORDAZA puede observarse en que paises existe comision sobre el saldo, a fin de comprobar que su utilizacion es una experiencia ya utilizada en otras partes del MORDAZA, y es de uso comun en la gestion de planes de pensiones voluntarios o complementarios. Segun presenta la OCDE y la Asociacion Internacional de Organismos de Supervision de Fondos de Pensiones (AIOS), a nivel internacional existen diversos tipos de cobro de comisiones por la administracion de fondos de pensiones. Cuadro 5.- Tipos de comisiones por administracion cobradas en paises de la region. Al 2006.
COMISIONES POR FLUJO Proporcional MORDAZA Bolivia MORDAZA Colombia Costa Rica El MORDAZA Costa Rica Mexico Peru Republica Dominicana Uruguay X X X X X X X X X X X X X X X X X X Fijo COMISIONES SOBRE SALDO (ACTIVO ADMINISTRADO) COMISIONES SOBRE RENTABILIDAD (RENDIMIENTOS) Nominales Excedentes

MORDAZA

Elaboracion: Propia. Fuente: AIOS (Vid. http://www.aiosfp.org/ informacion_institucional/pdf/Comparaci%C3%B3n%20de%20Comisi ones.pdf).

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