Norma Legal Oficial del día 17 de octubre del año 2013 (17/10/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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carga procesal que dejaran de tramitar por reubicacion los organos jurisdiccionales MORDAZA referidos, entre sus organos jurisdiccionales homologos permanentes de la sede de Corte Superior. - El actual 2°, 3° y 4° Juzgados Penales Transitorios Reos Libres del Callao, a partir del 1 de noviembre del ano en curso pasaran a denominarse 1°, 2° y 3° Juzgados Penales Transitorios Reos Libres del Callao, respectivamente. Corte Superior de Justicia de Canete: Respecto de la reubicacion del Juzgado Mixto Transitorio de MORDAZA, se precisa lo siguiente: - Se reubicara el Juzgado Mixto Permanente de Mala al Distrito de MORDAZA y ocupara las instalaciones de este ultimo. - A partir del 1 de noviembre del presente ano el actual Juzgado Mixto Permanente de Mala ampliara su competencia territorial a los Distritos de MORDAZA y Mala y pasara a denominarse Juzgado Mixto Permanente de Chilca-Mala. - Seguira avocandose al tramite de su carga actual a la que le sumara la carga procesal que dejara el Juzgado Mixto Transitorio de Chilca. Corte Superior de Justicia de Huaura: Respecto de la conversion y reubicacion del Juzgado Mixto Civil-Constitucional-Laboral Transitorio de MORDAZA, Corte Superior de Justicia de Huaura, como 2º Juzgado Mixto Transitorio de MORDAZA El MORDAZA, Corte Superior de Justicia de MORDAZA Sur, se precisa lo siguiente: - A partir del 1 de noviembre del presente ano el actual Juzgado Mixto Transitorio de MORDAZA El MORDAZA, pasara a denominarse 1° Juzgado Mixto Transitorio de MORDAZA El Salvador. Corte Superior de Justicia de MORDAZA Norte: Respecto de la reubicacion del 2° Juzgado Penal Transitorio de San MORDAZA de Porres, en 2º Juzgado Penal Transitorio de San MORDAZA de MORDAZA ores, Corte Superior de Justicia de MORDAZA Sur, se precisa lo siguiente: - A partir del 1 de noviembre del presente ano el actual 1° Juzgado Penal Transitorio de San MORDAZA de Porres, pasara a denominarse Juzgado Penal Transitorio de San MORDAZA de Porres. Corte Superior de Justicia de Piura: Respecto a la conversion y reubicacion de la Sala Mixta Transitoria de Ventanilla, Corte Superior de Justicia del Callao, que ha sido reubicada y convertida como 2° Sala Laboral Transitoria de MORDAZA, se precisa lo siguiente: -A partir del 1 de noviembre del presente ano la actual Sala Laboral Transitoria de MORDAZA, pasara a denominarse 1° Sala Laboral Transitoria de Piura. Articulo Quinto.- Los organos jurisdiccionales transitorios que son materia de prorroga, reubicacion y/o conversion recibiran expedientes en tramite que esten por resolver de los organos jurisdiccionales permanentes en cantidad proporcional al tiempo de plazo de funcionamiento, de modo que puedan liquidarlos en su totalidad. Por ninguna razon pueden conocer procesos nuevos, y de la carga en tramite que reciban deberan priorizar los mas antiguos y de menor complejidad a n de conseguir el objetivo de maximizar la capacidad resolutiva en bene cio de los justiciables y acercarse a la meta de lograr mayor cantidad de expedientes resueltos respecto a los ingresos. El incumplimiento de esta disposicion determinara la reubicacion del organo jurisdiccional transitorio a otro Distrito Judicial. Articulo Sexto.- Exhortar a los Presidentes de las Comisiones Distritales de Descarga Procesal de las Cortes Superiores de Justicia, a n de supervisar la distribucion equitativa y aleatoria de expedientes nuevos en los organos jurisdiccionales, la correspondiente asignacion de personal jurisdiccional asegurando que se encuentre debidamente capacitado; asi como efectuar el seguimiento y monitoreo de los organos jurisdiccionales permanentes y transitorios a n de incrementar el nivel de resolucion de expedientes, contribuyendo a una e caz descarga procesal, labor que sera supervisada y evaluada por la Comision Nacional de Descarga Procesal a efectos de determinar la continuidad y/o reubicacion de las respectivas dependencias judiciales transitorias. Articulo Setimo.- Las Comisiones Distritales de Descarga Procesal velaran por el estricto cumplimiento de las normas y procedimientos establecidos en el MORDAZA

El Peruano Jueves 17 de octubre de 2013

de las disposiciones dictadas por la Comision Nacional de Descarga Procesal, dando cuenta de los resultados a n de determinar la continuidad de los organos transitorios o disponer su reubicacion a sedes de mayor congestion y oportunidad de descarga procesal efectiva. Para tal efecto, coordinaran con la Comision Nacional de Descarga Procesal y su Gerencia Operacional. Articulo Octavo.- Disponer que cada n de mes, sin perjuicio de la informacion que debe descargarse en los sistemas informaticos de la institucion, los jueces informaran directamente al Presidente de la Comision Nacional de Descarga Procesal sobre los siguientes aspectos: a) Numero de autos que ponen n al MORDAZA y sentencias expedidas; b) Numero de expedientes en tramite, pendientes de resolucion nal; c) Numero de expedientes en ejecucion; y, d) Di cultades presentadas en el ejercicio de sus funciones. Articulo Noveno.- Transcribir la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, O cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencias de las Comisiones Distritales de Descarga Procesal involucradas en la presente resolucion, Comision Nacional de Descarga Procesal, asi como a los Presidentes de los Equipos Tecnicos de Implementacion del MORDAZA Codigo Procesal Penal y de la Nueva Ley Procesal de Trabajo y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y nes pertinentes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente

1001101-1 RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 220-2013-CE-PJ
MORDAZA, 2 de octubre de 2013 VISTOS: El O cio N° 517-2013-ETI-NLPT-P/PJ, cursado por el Presidente del Equipo Tecnico Institucional de Implementacion de la Nueva Ley Procesal del Trabajo; O cios Nros. 2575-2013-P-AL-CSJCA-PJ, 7828-2013P-CSJCL/PJ, 3018-2013-P-CSJI/PJ, 034-2013-CDDPCSJJU/PJ, 1496-2013-P/CSJLI-PJ y 6388-2013-P-CSJSA/ PJ, de las Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia de MORDAZA, Callao, Ica, MORDAZA, MORDAZA y El MORDAZA, respectivamente; y los Informes Nros. 59, 60, 61, 62, 63 y 64-2013-ETI-NLPT-ST/PJ, elaborados por la Secretaria Tecnica del mencionado equipo tecnico. CONSIDERANDO: Primero. Que por Resolucion Administrativa N° 1302011-CE-PJ, de fecha 11 de MORDAZA de 2011, se dispuso, entre otros, que los organos jurisdiccionales transitorios de los Distritos Judiciales en los que se encuentra implementada la Ley N° 29497, son evaluados y supervisados por el Equipo Tecnico Institucional de Implementacion de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, con la nalidad de efectuar su seguimiento y monitoreo. Segundo. Que este Organo de Gobierno mediante Resoluciones Administrativas N° 074-2013-CE-PJ, N° 097-2013-CE-PJ y N° 146-2013-CE-PJ, de fechas 25 de MORDAZA, 31 de MORDAZA y 24 de MORDAZA del presente ano, dispuso la prorroga de funcionamiento de organos jurisdiccionales transitorios en materia laboral de las Cortes Superiores de Justicia de MORDAZA, Callao, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA e Ica, hasta el 30 de setiembre del ano en curso. Tercero. Que, al respecto, en los referidos informes la Secretaria Tecnica del Equipo Tecnico Institucional de Implementacion de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, concluye en la necesidad de prorrogar el funcionamiento de los organos jurisdiccionales anteriormente mencionados. Cuarto. Que, de otro lado, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA solicita la conversion del 5° y 23° Juzgados Especializados de Trabajo Transitorios en Juzgados de Trabajo Transitorios con subespecialidad previsional, con carga cero y turno abierto. Quinto. Que, en cuanto a este extremo, se considera que dichos organos jurisdiccionales poseen menor carga en tramite a MORDAZA de 2013, y que ante la conversion a la sub

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