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El Peruano Miércoles 24 de diciembre de 2014 540935 demás documentación anexada, se sustenta y recomienda la aprobación de la propuesta normativa. Que, la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social del Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, luego de analizar y debatir el tema, procedió a emitir el Dictamen Nº 007-2014-CODS-CR de fecha 14 de marzo del 2014, a través del cual se aprueba la propuesta de Ordenanza Regional: “CREAR EL CONSEJO REGIONAL DE CIENCIA, TECNOLOIA E INNOVACION TECNOLOGICA DE LA REGION DE TACNA”, dictamen que se puso a consideración del Pleno del Consejo Regional, en Sesión Ordinaria de fecha 24 de marzo del 2014. Que, el Pleno del Consejo Regional, en mérito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los artículos 15 literal a), 36, 37 literal a) y 38 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968 y 29053; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, en Sesión Ordinaria de la fecha, ha aprobado por unanimidad la siguiente; ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- CREAR el Consejo Regional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica de la Región de Tacna - CORCYTEC TACNA como un órgano impulsor en materia de Ciencia, Tecnología e Innovación en la Región de Tacna, competente en materia de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica. Artículo Segundo.- ESTABLECER como competencia del CORCYTEC TACNA el fomentar, impulsar y coordinar, las actividades planes y proyectos de ciencia, tecnología e innovación en el ámbito de la Región de Tacna, en concordancia con los Planes Nacionales formulados por el CONCYTEC, en el marco de los principios fundamentales de las actividades de ciencia, tecnología e innovación tecnológica de la Ley Nº 28303, Ley Marco de Ciencia Tecnología e Innovación Tecnológica. Le corresponde al CORCYTEC TACNA cumplir con las siguientes funciones: a) Formular la política y planes regionales de desarrollo científico y tecnológico, articulando las propuestas sectoriales regionales de ciencia, tecnología e innovación, con los planes de desarrollo socioeconómico, ambientales y culturales de la Región Tacna. b) Formular, ejecutar y administrar, a través de sus integrantes, programas y proyectos regionales de ciencia, tecnología e innovación, gestionados como CORCYTEC. c) Armonizar, concretar y promover las actividades de ciencia, tecnología e innovación para el desarrollo regional. d) Aprobar, monitorear y evaluar programas y proyectos regionales de ciencia, tecnología e innovación, a través de comisiones especiales o por encargo expreso a uno o varios de sus integrantes. e) Promover y desarrollar mecanismos de protección de los derechos de propiedad intelectual, propiedad, industrial y sus derechos conexos. f) Desarrollar y ejecutar programas especiales orientados a la formación, perfeccionamiento, retención y colaboración de científicos y tecnólogos, así como para el apoyo a la investigación universitaria y para la promoción de proyectos de innovación, transferencia, difusión, intercambio y divulgación de la ciencia, tecnología e innovación. g) Promover y apoyar la formación, capacitación, actualización y perfeccionamiento de capacidades humanas e institucionales para proponer iniciativas que resuelvan y apoyen a la resolución de problemas o situaciones que limiten el desarrollo de la ciencia, tecnología y la innovación tecnológica. h) Promover la investigación, la transferencia de tecnológica y la innovación, orientadas a incrementar la competitividad regional y el impulso al empleo productivo en todos los niveles. i) Promover el desarrollo de una red regional de información científi ca e interconexión telemática, para un manejo ágil, oportuno y efi ciente de la estadística científi ca – tecnológica que permita la obtención de la información necesaria para el planeamiento, operación y promoción de ciencia, tecnología e innovación. j) Promover y orientar las relaciones con organismos nacionales e internacionales de cooperación técnica y fi nanciera para proyectos y actividades científi cas y tecnológicas. Artículo Tercero.- El Consejo Regional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica de la Región de Tacna - CORCYTEC TACNA estará integrado como sigue: a) Presidente del Gobierno Regional de Tacna, o en su efecto su representante quien la Presidirá. b) Un representante de la Gerencia Regional de Desarrollo Económico del Gobierno Regional de Tacna. c) Un representante de la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Tacna. d) Un Representante de la Municipalidad Provincial de Tacna. e) Un Representante de la Dirección Regional de Educación del Gobierno Regional de Tacna. f) Un Representante de la Dirección Regional de la Producción del Gobierno Regional de Tacna. g) Un Representante del Consejo Regional de los Decanos de los Colegios Profesionales De Tacna. (CONREDE). h) Un Representante de la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann. i) Un Representante de la Universidad Privada de Tacna. j) Un Representante de la Cámara de Comercio de Tacna. k) Un Representante de la Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI - TACNA). l) Un Representante del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI - Tacna). m) Un Representante del Servicio Nacional de Adiestramiento y Trabajo Industrial (SENATI). n) Un Representante del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA). o) Un Representante del Instituto Nacional de Recursos Naturales (INRENA). p) Otras instancias y/o instituciones públicas, privadas que soliciten su incorporación, la que será evaluada de acuerdo a la reglamentación. Artículo Cuarto.- La Secretaria Técnica será asumida por la Dirección Regional de la Producción de Tacna. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Tacna, la responsabilidad de gestionar los recursos económicos que permitan el correcto funcionamiento del CORCYTEC TACNA y la elaboración del Plan y Programa Regional de Ciencia, Tecnología e Innovación, en cumplimiento de la Ley Nº 28303, Ley Marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica. Artículo Sexto.- DISPONER que el Consejo Regional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica de la Región de Tacna - CORCYTEC TACNA elaborará su Reglamento Interno en un plazo de sesenta (60) días calendarios después de entrada en vigencia de la presente Ordenanza Regional. Artículo Sétimo.- DEJAR SIN EFECTO toda disposición regional que se oponga a la presente Ordenanza Regional. Artículo Octavo.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional y a la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Tacna la responsabilidad en la coordinación e implementación de la presente Ordenanza Regional. Artículo Noveno.- DISPONER que la presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Décimo.- PUBLICAR Y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial El Peruano en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, disponiendo que dicha publicación sea efectuada por la Gerencia General Regional. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- El Consejo Regional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica de la Región de Tacna,- CORCYTEC TACNA, trabajará coordinadamente con las Comisiones Ordinarias correspondientes del Consejo Regional de Tacna, debiendo brindar informe anual cuando el Consejo Regional lo solicite.