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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2014 (24/12/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 71

El Peruano Miércoles 24 de diciembre de 2014 540929 Ordenanza Regional que establece la participación de todas las dependencias de la administración pública en la jurisdicción de la Región Piura para la difusión y promoción de información de interés para la ciudadanía ORDENANZA REGIONAL Nº 301 - 2014/GRP-CR El Consejo Regional del Gobierno Regional Piura; POR CUANTO: De conformidad con lo previsto en los artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú modifi cada por Ley de Reforma Constitucional Nº 27680; en la Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27783; en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modifi catorias - Ley Nº 27902, Ley Nº 28013, Ley Nº 28926, Ley Nº 28961, Ley Nº 28968, Ley Nº 29053 y demás normas complementarias y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, modifi cada por Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y; el artículo 192º en su inciso 1) establece que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto; Que, el artículo 15º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, modifi cada por la Ley Nº 27902, establece como atribuciones del Consejo Regional, aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de su competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, mediante Decreto Supremo Nº 036-2003-PCM, se aprueba el cronograma de transferencias para el año 2003 a los Gobiernos Regionales de los Proyectos de Inversión enmarcado en Infraestructura Productiva de alcance regional, entre los cuales se encuentra el Proyecto Especial Chira - Piura, a cargo del Instituto Nacional de Desarrollo; Que, el Decreto Supremo Nº 029-2003-VIVIENDA de fecha 28 de octubre de 2003, considera efectuada la transferencia del Proyecto Especial Chira - Piura, del Instituto Nacional de Desarrollo - INADE al Gobierno Regional Piura, en el marco del procedimiento establecido por el Consejo Nacional de Descentralización; Que, según información de la Gerencia General del Proyecto Especial Chira Piura, la última medición de sedimentación en el reservorio de Poechos, determinó que después de 37 años de funcionamiento, esta represa tiene un volumen de sedimentación de 478 MMC, que representa el 53.6 %, por lo que ha reducido su capacidad a 392 MMC; ante esta problemática, el Gobierno Regional Piura ya remitió al Ministerio de Economía y Finanzas el expediente para que declare la viabilidad del proyecto de afi anzamiento del reservorio de Poechos, que permitirá aumentar la capacidad con el que actualmente cuenta, es decir elevar el dique en 5 metros, a lo largo de toda la estructura, y así llegar a mil millones de metros cúbicos de agua de almacenamiento, permitiendo que en etapa de lluvia, el agua no se desperdicie; Que, como Gobierno Regional, existen otros temas de interés regional que deben ser conocidos por la ciudadanía para que ejerza su plena labor de fi scalización en conjunto con los estamentos de la sociedad civil y de los órganos Constitucionalmente facultados para ejercer esta atribución; programas como el señalado en el considerado anterior que implica una mayor concientización en el cuidado del líquido elemento; estrategias de prevención en materia de salud, así como en materia de prevención de riesgos frente a desastres, campañas educacionales en temas diversos, entre otros; Que, a fi n de promover y generar compromisos específi cos entre los diferentes sectores que permitan que la ciudadanía de la Región conozca las actividades, proyectos, obras, y otros asuntos de interés regional; para que así puedan ejercer su derecho a reclamar y solicitar las oportunas rendiciones de cuenta de las diferentes Instituciones Públicas con sede en nuestra Región, se hace necesario que el Consejo Regional establezca mecanismos que coadyuven a empoderar a la población con la información necesaria; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesión Extraordinaria Nº 20 - 2014, de fecha 03 de diciembre del 2014, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú y la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE ESTABLECE LA PARTICIPACIÓN DE TODAS LAS DEPENDENCIAS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA EN LA JURISDICCIÓN DE LA REGIÓN PIURA PARA LA DIFUSIÓN Y PROMOCIÓN DE INFORMACIÓN DE INTERÉS PARA LA CIUDADANÍA Artículo Primero.- Establecer la obligatoriedad, para las entidades del sector público en el ámbito regional, que cuenten con espacios de atención al público en general equipados con medios audiovisuales y en sus respectivas páginas web institucionales, la difusión de los spots y anuncios promocionales de los diferentes proyectos, obras u otro asunto de interés público que permitan el conocimiento y participación de la ciudadanía regional. Artículo Segundo.- Encargar a la Ofi cina de Comunicaciones e Imagen Institucional del Gobierno Regional Piura, la coordinación con las personas jurídicas de derecho privado que cuenten con salas de atención al público en donde se emita material audiovisual, para que de acuerdo a sus planes, misión y visión, prioricen la difusión de spots y anuncios promocionales de los diferentes proyectos, obras u otro asunto de interés público que permitan el conocimiento y participación de la ciudadanía regional. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia General Regional, en coordinación con la Ofi cina de Comunicaciones e Imagen Institucional, la identifi cación del material audiovisual, y la elaboración de una Estrategia de Comunicaciones que permitan la implementación de la presente Ordenanza Regional. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Comuníquese al Señor Presidente del Gobierno Regional Piura para su promulgación. En Piura, a los tres días del mes de diciembre del año dos mil catorce. VANESSA PERICHE BOULANGGER Consejera Delegada Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla Dado en Piura, en la Sede del Gobierno Regional Piura, a los once días del mes de diciembre del año dos mil catorce. JAVIER ATKINS LERGGIOS Presidente 1180720-1 Aprueban procedimientos administrativos del Centro de Exportación, Transformación, Industria, Comercialización y Servicios de Paita - CETICOS PAITA, incorporándolos en el TUPA del Gobierno Regional Piura ORDENANZA REGIONAL N° 302-2014/GRP-CR El Consejo Regional del Gobierno Regional Piura;